29 de marzo de 2024
29 de marzo de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Resolución de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal
Carbón Blanco: Casación confirmó los procesamientos y millonarios embargos de los imputados por lavado de activos
Los recursos habían sido interpuestos por el fiscal Federico Carniel, el representante de la Unidad de Información Financiera (UIF) y las defensas de Salvatore y su círculo íntimo. El máximo tribunal penal ratificó los embargos por un total mayor a 1600 millones de pesos a los miembros de la organización.

La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar parcialmente al recurso de casación interpuesto por el fiscal general Federico Carniel y confirmó los procesamientos y embargos dispuestos respecto de Carlos Alberto Salvatore, Silvia Valles Paradiso, Santiago Valles Ferrer, Ricardo Gassan Saba y Carla Yanina Salvatore, en orden al delito de lavado de activos. La investigación se encuentra a cargo del fiscal Carlos Sansserri, titular de la Fiscalía Federal de Roque Sáenz Peña, con la colaboración de la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (Procelac), a cargo de los fiscales Gabriel Pérez Barberá y María Laura Roteta.

El 15 de abril de 2015, la titular del Juzgado Federal de Presidencia Roque Sáenz Peña, Zunilda Niremperger, dictó el procesamiento con prisión preventiva de Carlos Salvatore, Silvia Valles, Santiago Valles Ferrer y Gassan Saba y les trabó embargos sobre sus bienes, por sumas que van desde los 265.816.296 hasta los 759.653.024. Asimismo, en relación a Yanina Salvatore y Mariano Castelucci, los procesó sin prisión preventiva y trabó embargo sobre sus bienes por 6 millones y 16 millones de pesos, respectivamente.

Las defensas apelaron el decisorio ante la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia, la cual resolvió confirmar los procesamientos de los imputados, dictar la falta de mérito en favor de Castelucci y reducir los montos de los embargos.

Contra ello, el fiscal general Federico Carniel interpuso recurso de casación, que al ser denegado motivó su queja, la cual fue admitida y mantenida por el fiscal general ante la Cámara Federal de Casación Penal, Javier De Luca.

La Cámara Federal de Resistencia había bajado el monto de los embargos, que iban desde los 265.816.296 hasta los 759.653.024. La Cámara de Casación revocó aquella decisión y los ratificó.

En su presentación, el fiscal Carniel custionó la modificación del encuadre efectuada por el tribunal de alzada. También se agravió de que se haya dejado sin efecto la imputación a Salvatore, respecto del delito de asociación ilícita y que se le haya dictado la falta de mérito a Castellucci por la comisión de lavado de activos de origen ilícito.

Al mantener la impugnación, el fiscal De Luca consideró que la calificación legal de los hechos es una cuestión provisoria que puede ser modificada y que el objeto procesal quedará definitivamente fijado en el juicio oral

Otros recursos.

Asimismo, y en similares términos, el apoderado de la Unidad de Información Financiera (UIF), Alejandro Emanuel de Dios Montiel, interpuso recurso contra la decisión de la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia.

El querellante se agravió porque el tribunal de Alzada incurrió en una errónea aplicación de la ley penal sustantiva, pues correspondía la subsunción al tipo penal vigente al momento del último tramo de la conducta. También cuestionó que se hubieran disminuidos los montos de los embargos y el criterio adoptado respecto a Castelucci.

Paralelamente, la defensa de Gassan Saba recurrió la decisión al considerar que la misma carecía de una debida fundamentación con relación al juicio de subsunción típica de los hechos. Señaló que los hechos de contrabando de estupefacientes que se le atribuyeron a Salvatore no generaron ganancias que permitiesen la adquisición de patrimonio, al tiempo que consideró como antojadiza, arbitraria e infundada la acusación respecto a que Saba dotaba de carácter legal a maniobras que no lo eran. A su presentación adhirió la defensa de los restantes imputados.

¿Qué dijo la Sala IV?

Al resolver la cuestión, la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, presidida por Gustavo Hornos e integrada por Mariano Borinsky y Ángela Ledesma, resolvió hacer lugar parcialmente a las presentaciones efectuadas por el Ministerio Público Fiscal y la UIF y confirmar los procesamientos y embargos dispuestos oportunamente por la jueza Niremperger.

En su voto, al que adhirieron sus colegas, el juez Borinsky recalcó el carácter provisorio de la calificación jurídica y recordó que “la etapa de juicio es el ámbito donde aquellas cuestiones deben ser definidas con el límite establecido por el principio de congruencia, en cuanto impone, que ‘cualquiera sea la calificación jurídica que en definitiva efectúen los jueces, el hecho que se juzga debe ser exactamente el mismo que el que fue objeto de imputación y debate en el proceso, es decir, aquel sustrato fáctico sobre el cual los actores desplegaron su necesaria actividad acusatoria o defensiva’”.

Agregó que la decisión de la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia “implicó una reducción de la materia imputativa que el juzgado de primera instancia determinó de conformidad con el alcance de la provisoria y razonable pretensión punitiva de la UIF –en calidad de parte querellante- y del Ministerio Público Fiscal ante las diferentes instancias jurisdiccionales”.

En relación con la reducción de los embargos, Borinsky señaló que “el ‘a quo’ disminuyó los montos de los embargos dispuestos en primera instancia sin fundamentos suficientes. En efecto, omitió indicar en qué cuestiones fácticas y normativas se sustentó dicha modificación, por lo que también resulta arbitraria”.

Por otra parte, la Sala IV rechazó la presentación efectuada por la defensa de los imputados, por cuanto “las críticas ensayadas por los recurrentes sólo evidencian su discrepancia con la valoración de los hechos y el derecho aplicable”.

El caso

El 8 de marzo de 2012, cerca de la localidad portuguesa de Cabanas do Chao, se halló un cargamento de carbón, que había sido despachado por la empresa Carbón Vegetal del Litoral S.R.L., desde la ciudad chaqueña de Quitilipi. En el mismo había ocultos 380 kilos de clorhidrato de cocaína.

Cinco días después, al requisarse dos contenedores de la misma firma, que estaban en el puerto de Buenos Aires a la esperaba de ser embarcados hacia Portugal, se hallaron 519 kilos de cocaína.

El 11 de abril de ese año, en el puerto de Lisboa se secuestraron casi 152 kilos de cocaína, del interior de un contenedor de la empresa, los cuales habían sido acondicionadas dentro de bolsas de carbón vegetal.

Las investigaciones efectuadas permitieron establecer que los envíos fueron hechos por la banda que encabezaba Carlos Salvatore e integraban Silvia Susana Valles, Santiago Valles Ferrer, Ricardo Gassan Saba, Carla Yanina Salvatore y Mariano Jesús Castellucci.

Asimismo, se los investiga por conformar una organización que adquiría o creaba sociedades –que no tenían operatividad- con diversos objetos societarios, cuya finalidad era inyectar en el mercado lícito de capitales, sumas de dinero cuyo origen ilícito provenía del narcotráfico.