29 de marzo de 2024
29 de marzo de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Bienes culturales protegidos por convenciones internacionales
Recuperaron en Recoleta un libro de 1748 que era buscado por autoridades italianas
Se trata de un ejemplar editado en Padua y hurtado de una biblioteca de Roma. La Procelac e Interpol realizaron una investigación conjunta que culminó con una presentación de Carlos Gonella para que se secuestre la obra de manera urgente, ya que estaba a la venta en un local de la calle Junín.

La División Protección del Patrimonio Cultural de la Interpol secuestró un libro antiguo que data de 1748 y se encontraba ofrecido a la venta en una librería del barrio porteño de Recoleta, en el marco de una investigación originada tras su robo, en octubre de 2014, de una biblioteca privada italiana. La medida se concretó luego de que esa dependencia elevara un pedido de cooperación internacional de su par europea a la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (Procelac), donde se inició una pesquisa que devino en una presentación de su titular, el fiscal general Carlos Gonella, en la justicia nacional para que ordene la medida de manera urgente.

En el documento presentado ante el Juzgado Nacional en lo Criminal N°18 -donde tramita la causa, con intervención de la Fiscalía N°38, a cargo de Betina Vota- Gonella solicitó el secuestro para evitar su “enajenación a terceros” y resguardo hasta tanto las autoridades judiciales de Italia soliciten su restitución por las vías formales, es decir, mediante rogatoria internacional.

Una obra de gran valor

La obra se titula “Memorie istoriche della gran cupola del Tempio Vaticano, e de' danni di essa, e de' restoramenti loro – stamperia del Seminario”, fue elaborada por el autor italiano Poleni Giovanni y editada en Padua en 1748. Según la denuncia de su dueño, “ha sido publicado por la imprenta del seminario y tiene una cubierta de cartón con ribete de piel oscura”, “tiene el símbolo que indica la ubicación dentro de la biblioteca 'O. VII 3' (número de identificación de la estantería  por columnas), en la hoja de guardia o en el interior de la cubierta, mientras que en el interior de la publicación hay grabados, plantas y secciones relacionadas con la cúpula del templo”.

La investigación se inició a partir de una solicitud de cooperación que las autoridades policiales italianas cursaron a la Sección Investigación de Delitos Culturales - División Protección del Patrimonio Cultural de la Interpol de la Policía Federal Argentina, por el hurto de 120 libros antiguos -valuados en un millón de euros- que tuvo lugar en una biblioteca privada de Roma. En el curso de la investigación, la policía italiana pudo establecer que el libro ahora recuperado se ofrecía para la venta en un sitio web especializado en obras de ese tipo. De acuerdo a la información recolectada, el usuario oferente era una librería ubicada en la ciudad de Buenos Aires. Por ese motivo, la oficina especializada elevó a la Procelac el pedido de cooperación internacional, donde se inició una pesquisa para localizar efectivamente el lugar y determinar si allí se encontraba el libro requerido.

A partir  del trabajo coordinado de investigación se estableció que estaba a la venta por 3.500 dólares en el negocio de la calle Junín al 1200. El fiscal Gonella se presentó ante el mencionado juzgado solicitando como medida urgente el secuestro del libro. La intervención de la Procuraduría fue en base a las  facultades que tiene para actuar en materia de tráfico ilícito de bienes culturales -conforme a lo dispuesto en la Resolución N° 76/07 de la Procuración General de la Nación- y su participación junto con otras autoridades nacionales en el Comité Argentino de Lucha Contra el Tráfico Ilícito de Bienes Culturales, creado por los decretos del Poder Ejecutivo Nacional 1166/2003 y 1073/2004.

Bienes culturales

La búsqueda internacional y secuestro de este libro -y de otros que fueron  objeto de apoderamiento ilegítimo- como un “volumen antiguo de inestimable valor”, editado hace casi 270 años, se funda en que se trata de un bien cultural que forma parte del catálogo de objetos protegidos por distintas convenciones internacionales ratificadas por nuestro país y vigentes en materia de lucha contra el tráfico ilícito de bienes culturales.

En primer lugar, la Convención de la UNESCO de 1970 sobre las medidas que deben adoptarse para prohibir e impedir la importación, la exportación y la transferencia de propiedad ilícita de bienes culturales (de la cual son Estados parte tanto la República Argentina como la República Italiana) establece que “se considerarán como bienes culturales los objetos que, por razones religiosas o profanas, hayan sido expresamente designados por cada Estado como de importancia para [...] la historia, la literatura, [...] o la ciencia y que pertenezcan a las categorías enumeradas a continuación: [...]  h) Manuscritos raros e incunables, libros, documentos y publicaciones antiguos de interés especial (histórico, artístico, científico, literario, etc.), sueltos o en colecciones”.

En el mismo sentido, la Convención del Unidroit de 1995 sobre Objetos Culturales Robados o Exportados Ilegalmente (que también cuenta, entre sus Estados parte, a Italia y Argentina) dispone que los objetos culturales son aquellos que, “por motivos religiosos o laicos, son importantes para la [...] historia, literatura, [...] o ciencia” y pertenecen a una de las categorías siguientes: “[...] h) manuscritos e incunables peculiares, libros antiguos, documentos y publicaciones de interés especial (históricos, artísticos, científicos, literarios, etc.) individuales o en colecciones”

  • “A tomar medidas apropiadas para decomisar y restituir, a petición del Estado de origen parte en la convención, todo bien cultural robado e importado después de la entrada en vigor de la presente convención en los 2 Estados interesados, a condición de que el Estado requirente abone una indemnización equitativa a la persona que lo adquirió de buena fe o que sea poseedora legal de esos bienes”
  • “A impedir por todos los medios adecuados, las transferencias de propiedad de bienes culturales que tiendan a favorecer la importación o la exportación ilícitas de esos bienes”
  • “A hacer que sus servicios competentes colaboren para efectuar lo antes posible la restitución, a quien corresponda en derecho, de los bienes culturales exportados ilícitamente”.

Desde la Procelac destacaron que el hallazgo y secuestro del bien cultural a partir de la investigación realizada junto a la División Protección del Patrimonio Cultural de la INTERPOL de la Policía Federal, en contacto a su vez con autoridades policiales de otros países, demuestra una vez los buenos resultados que se obtienen a partir del trabajo coordinado y eficiente de organismos especializados.