29 de marzo de 2024
29 de marzo de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Una investigación iniciada por la Procelac y continuada por la Fiscalía Federal de esa ciudad
San Nicolás: rescataron fósiles del patrimonio paleontológico nacional
Dos domicilios de Ramallo fueron allanados en la búsqueda de material arqueológico y paleontológico que era comercializado por Internet. En uno de los procedimientos fueron encontrados cuatro troncos petrificados o fósiles y al menos un bivalvo. Una ley protege este patrimonio y reprime a quienes lo comercialicen.

Una investigación del Área de Delitos Tributarios y Contrabando de la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (Procelac) y de la Fiscalía Federal de San Nicolás, a cargo de Matías Di Lello, logró dar con al menos seis restos paleontológicos cuya comercialización está prohibida por la ley 25743 de Protección del Patrimonio Arqueológico y Paleontológico. La investigación derivó en una orden de allanamiento dictada por el juez nicoleño, Carlos Villafuerte Ruzo, quien dispuso el registro de dos domicilios de la localidad bonaerense de Ramallo en la búsqueda de un huevo de dinosaurio y de otros elementos de origen paleontológico.

Los allanamientos, que se desarrollaron el 15 de octubre pasado con la presencia de personal especializado de la Policía Federal y del Museo Argentino de Ciencias Naturales Bernardino Rivadavia, arrojaron resultado positivo en una de las dos viviendas: se trata de "cuatro fragmentos de troncos petrificados/fósiles", un bivalvo y "un posible bivalvo", que están siendo peritados para conocer su valor histórico, aunque su importancia fue determinada en el análisis preliminar realizado durante el allanamiento por parte de un experto en biología del Registro Nacional de Yacimientos, Colecciones y Restos Paleontológicos del Museo Bernardino Rivadavia.

Para el fiscal General a cargo de la Procelac, Carlos Gonella, quien en su anterior desempeño en Córdoba impulsaba investigaciones sobre la problemática, el resultado de este procedimiento "constituye un gran avance porque indica que el servicio público de administración de justicia va tomando conciencia de la magnitud de un fenómeno criminal que detrás del tráfico de personas, armas y drogas, es el que más dinero ilegal mueve en el mundo".

La investigación preliminar abierta por el Área de Delitos Tributarios y Contrabando de la Procelac, que coordina Juan Zoni, se inició por una presentación de la Sección Centro Nacional de Protección del Patrimonio Cultural, Departamento Interpol de la Policía Federal. El organismo informó que a través del sitio web español clasificados.st "se habrían ofrecido a la venta, mediante ocho anuncios, fósiles de distintas clases, más un noveno anuncio donde se habría ofrecido a la venta un documento original del acta final cuando Mendoza se convirtió en provincia y la pluma de oro con la que se firmó dicho documento el 18/12/1894".

La pesquisa, que se concentró en varios clasificados de aquél sitio web, dio con las personas que ofrecían los bienes culturales a través de la detección de los números de IP (la dirección de la computadora en Internet), su localización geográfica y el posterior pedido de informes a las empresas prestadoras del servicio de Internet. Uno de esos anuncios fue realizado desde la ciudad de Ramallo, lo que derivó en el requerimiento de instrucción de la causa y el consecuente pedido de los allanamientos por parte del fiscal Di Lello al juez Villafuerte Ruzo.

La Procelac también realizó las correspondientes denuncias en las justicias federales de Mar del Plata, Rosario, Neuquén y Comodoro Rivadavia, según los domicilios de los oferentes detectados en la pesquisa.

La ley que protege

La pesquisa se enderezó entonces a investigar el delito tipificado en el artículo 48 de la ley de Protección de Patrimonio Arqueológico y Paleontológico, que estipula la pena de prisión de dos meses a dos años y con inhabilitación especial de hasta cinco años a quien "transportare, almacenare, comprare, vendiere, industrializare o de cualquier modo pusiere en el comercio piezas, productos o subproductos provenientes de yacimientos arqueológicos y paleontológicos nacionales e internacionales".

En ese sentido, al fundar la denuncia que inició la causa, la Procelac remarcó los conceptos que surgen de aquella ley, que define el ámbito de protección: "Forman parte del Patrimonio Arqueológico las cosas muebles e inmuebles o vestigios de cualquier naturaleza que se encuentren en la superficie, subsuelo o sumergidos en aguas jurisdiccionales, que puedan proporcionar información sobre los grupos socioculturales que habitaron el país desde épocas precolombinas hasta épocas históricas recientes".

En su segundo párrafo, el mismo artículo 2 define como Patrimonio Paleontológico a "los organismos o parte de organismos o indicios de la actividad vital de organismos que vivieron en el pasado geológico y toda concentración natural de fósiles en un cuerpo de roca o sedimentos expuestos en la superficie o situados en el subsuelo o bajo las aguas jurisdiccionales".

La Procelac puso de relieve que esa norma, promulgada el 25 de junio de 2003, dispuso en su artículo 16 un plazo de 90 días para que quienes tuvieran en su poder objetos de ese tipo los denunciaran "a la autoridad competente a los efectos de su inscripción en el Registro Oficial, quedando luego bajo su posesión". El mismo artículo advierte que, vencido ese plazo, se presume que la tenencia es "de procedencia ilegal, dando lugar al decomiso de dichos bienes".

El artículo 19, en tanto, prescribe que los propietarios de ese tipo de bienes inscriptos en el Registro no pueden venderlos ni transferirlos "sin ofrecerlos en forma fehaciente y con carácter prioritario al Estado nacional o provincial, según corresponda".