18 de abril de 2024
18 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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La Cámara Federal de San Martín deberá dirimir la situación procesal
Apelaron el sobreseimiento de dos personas acusadas de trata de personas para explotación sexual
El fiscal Leonel Gómez Barbella y el titular de la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas, Marcelo Colombo, cuestionaron la resolución tomada por el Juzgado Federal N°1 de Morón. En la causa, se investiga si los imputados captaron y trasladaron a una joven desde Chaco hasta Isidro Casanova, para ser “ofrecida para la explotación sexual a una persona u organización”.

Leonel Gómez Barbella, a cargo de la Fiscalía Federal N°2 de Morón, y Marcelo Colombo, titular de la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (Protex), apelaron el sobreseimiento que benefició a dos personas acusadas por el delito de trata de personas con fines de explotación sexual. Para los fiscales, la resolución del juez estuvo dirigida “únicamente a desvirtuar los dichos vertidos en la declaración testimonial de la víctima”. La Cámara Federal de Apelaciones de San Martín es quién debe decidir si confirma el fallo o si hace lugar al pedido de los representantes del Ministerio Público.

La causa se inició el 28 de noviembre de 2013, cuando una mujer se presentó ante la Policía Metropolitana y relató que una joven, amiga de su sobrina, había sido engañada y estaba en ese momento encerrada en  una casa en Buenos Aires desde el 26 de noviembre. A través de mensajes de texto, la mujer se enteró que la víctima era de Macalle, Chaco y que le habían prometido ir hasta Rosario pero que finalmente había terminado en Isidro Casanova.

Cuando arribó, uno de los imputados la llevó a su casa, donde continuaba retenida. En el momento en que se estaba por entregar su celular para que se descarguen los mensajes, la denunciante recibió un nuevo texto. Allí, una persona les indicó que “devolverían” a la víctima a Resistencia y que luego “informarían cuándo y cómo”. Esa persona resultó ser una de las imputadas.

Luego de comprobarse los registros, el juzgado ordenó el allanamiento del inmueble, donde la víctima le contó a los policías que los imputados la habían amenazado con maltratar a su familia y que no la dejaban salir del cuarto. Refirió, además, que había sido abusada sexualmente por un hombre y que fue éste quién le dijo que iba a trabajar prostituyéndose.

No obstante, el juez en el sobreseimiento desvinculó a las dos personas ya que “no logró demostrarse que el hecho haya sucedido”, con referencia al abuso sexual.  Para los fiscales, no puede afirmarse que los imputados no estén relacionados con los hechos. “Los argumentos vertidos en la resolución no responden a una correcta aplicación de las normas jurídicas pertinentes” expresaron.

Aclararon, además, que aún en el caso de que no pudiera confirmarse el delito sexual, “quedaría subsistente la comisión del delito de trata de personas imputado a ambos, en virtud del proceso previo de captación, traslado y acogimiento de la víctima”. Es decir, que aún no se ha profundizado la investigación en torno a la posible trata de personas. Indicaron que la resolución del juez “estuvo dirigida únicamente a desvirtuar los dichos vertidos en la declaración testimonial de la víctima” y que se realizó una “inadecuada valoración de la prueba obtenida”.

Gómez Barbella y Colombo se refirieron al informe confeccionado por el Programa de Rescate y Acompañamiento a las Personas Damnificadas por el Delito de Trata dependiente del Ministerio de Justicia de la Nación, donde se especifica que la víctima "se encontraba en una situación de vulnerabilidad socio económica en el momento en el que aceptó la propuesta de viaje de uno de los imputados”.

“No se advierte que se haya profundizado la investigación sobre la manera en que fue captada y/o transportada y/o acogida y/o recepcionada la víctima; ni en relación a corroborar si existió engaño y/o fraude y/o violencia y/o amenaza y/o coerción y/o abuso de autoridad y/o abuso de una situación de vulnerabilidad” manifestaron los funcionarios del MPF.

Por último, los fiscales citaron un dictamen de la Procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó, donde manifiesta que “no es posible descartar, sin más ni más, que en un presunto hecho de esas características no haya existido un proceso de captación o reclutamiento previos e, incluso, un traslado rotativo”. En ese escrito, la Procuradora  explica que “más allá de los dichos de las propias víctimas, circunstancias tales como, por ejemplo, la nacionalidad o provincia de origen (…), de qué modo (…) llegaron hasta allí, cómo fueron contactadas, quién las recibió y en qué circunstancias permanecen en esos lugares”.