29 de marzo de 2024
29 de marzo de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Alegatos del fiscal Horacio Fornaciari
Caso Bulacio: fiscal pide dos años de prisión y cuatro de inhabilitación para Espósito
Es por considerarlo penalmente responsable de la privación ilegal de la libertad de Walter, detenido durante un recital el 19 de abril de 1991, que luego derivó en su muerte por los golpes sufridos mientras estuvo en la comisaría. El debate se reanudará el próximo 24 de octubre con los alegatos de la defensa.

El titular de la Fiscalía General N° 27 ante los Tribunales Orales en lo Criminal de la Ciudad de Buenos Aires, Horacio Fornaciari, solicitó que el ex comisario Miguel Ángel Espósito fuera condenado a  la pena de dos años de prisión y cuatro de inhabiltación para el ejercicio de la función pública, por considerarlo responsable de la  privación ilegal de la libertad perpetrada por el ejercicio abusivo de las funciones (Art. 144, inc.1° C.P.), en perjuicio de Walter Bulacio, el joven de 17 años detenido durante un recital de Los Redonditos de Ricota en el Estadio Obras Sanitarias, en abril de 1991.

En los fundamentos de la pena, el representante del Ministerio Público consideró que “Walter Bulacio fue privado ilegalmente de la libertad por Miguel Ángel Espósito”, al tiempo que agregó que no podía descartar la participación de “otros involucrados, no perseguidos penalmente, pero que también tienen una cuota de responsabilidad”. Para Fornaciari, Espósito debe responder por que, al momento del hecho, “era el titular de la Comisaria N° 35, y a su cargo estuvo la decisión de convalidar la detención ilegal que de origen presentaba el caso de Bulacio, manteniéndola en esas condiciones, cuando bien podría haberlo cesado inmediatamente”.

En su alegato -que se extendió por casi seis horas-, el fiscal manifestó que estaba probado que “la aplicación del Memorando 40 dependía del atinado criterio del jefe de la dependencia policial, en cada caso. No conciliándose una aplicación genérica, masiva. El texto remarca el carácter excepcional, y de examen riguroso, que implicaba la aplicación del Memorando 40. A tal punto que señala que está práctica únicamente podía ser decidida y llevada a cabo  por el titular de la dependencia, para que no se desnaturalizara. Es decir, ponía en cabeza del responsable de la dependencia policial, evitar que esa facultad, esa atribución que se le daba, pudiera ser utilizada para fines distintos para los cuales fuera pergeñada”.

Respecto a la detención del joven, Fornaciari sostuvo que “cierto es que Espósito no fue el autor material de la aprehensión, pero al momento de justificar la detención de Bulacio, y su permanencia en la dependencia, lo hizo en función del Memorando 40 y, en ese marco, debe responder penalmente”. Luego, agregó que “no hay una versión oficial que indique en qué razones, motivos o circunstancias fue detenido Bulacio, ya que la sola mención que surge, en cuanto se consigna en forma genérica la Ley 10.903, es una invocación que no resulta suficiente para avalar la privación de la libertad ambulatoria del menor”.

Asimismo, el fiscal manifestó que “no se advertía que Bulacio se encontrara en una situación de peligro moral o material, que justificara, por su calidad de menor, ser conducido a la dependencia policial”, y agregó que la invocación del Memorando 40 -por parte de Espósito- sólo pretendió “otorgarle algún viso de legitimidad a una actuación, a todas luces, ilegal, en lo atinente a la privación ilegal de la libertad del nombrado Bulacio”.

Tras la jornada de hoy, el Tribunal Oral en lo Criminal N° 29 -presidido por Gustavo Goerner e integrado por María Deluca Giacobini y Alejandro Litvack- dispuso pasar a un cuarto intermedio hasta el próximo jueves 24 de octubre a las 11, ocasión en la que el abogado defensor de Espósito, Pablo Argibay Molina, expondrá sus alegatos.

Walter Bulacio tenía 17 años cuando, el 19 de abril de 1991, concurrió al Estadio Obras Sanitarias a ver un recital de la banda Patricio Rey y los Redonditos de Ricota. Al no conseguir entradas, el joven -junto a un amigo- habría intentado acceder al estadio por las canchas de hockey del club, donde habría sido detenido -sin orden judicial- por un oficial de la Policía Federal, que lo llevó a un micro de la línea 151, para luego trasladarlo a la Comisaría N° 35. En esa seccional, entonces a cargo del ex Comisario Miguel Ángel Espósito, el joven habría permanecido privado de su libertad, sin darse aviso a sus padres o al juez de instrucción de turno, al tiempo que también lo habrían golpeado, lo que -tras cinco días de agonía- produjo su muerte.