24 de abril de 2024
24 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Presentación del fiscal Carlos Schaefer y de la Dirección General de Recuperación de Activos y Decomiso de Bienes de la PGN
Caso Pyramis: solicitaron anular la resolución que dispuso la devolución del dinero incautado a los imputados
Los representantes del MPF consideraron que la medida es arbitraria y carente de fundamento.

En una presentación conjunta, el titular de la Fiscalía General ante la Cámara Federal de Apelaciones de Corrientes, Carlos Schaefer, y la responsable interina de la Dirección General de Recuperación de Activos y Decomiso de Bienes de la Procuración General de la Nación, Daniela Sodini, presentaron un informe e interpusieron un recurso de casación contra la resolución de la Cámara Federal de esa jurisdicción en el marco de la causa “Cooperativa Pyramis”. Schaefer y Sodini solicitaron que se haga lugar al recurso de apelación interpuesto por el fiscal federal de Corrientes, Flavio Ferrini, contra la resolución que dispuso el levantamiento de la inhibición general de bienes de Ana María Alonso y Adolfo Siverio, procesados por intermediación financiera no autorizada. Los fiscales atacan la medida por considerarla arbitraria y carente de fundamento, al tiempo que consideraron que ello atenta contra la posibilidad del Estado de decomisar los bienes y aplicar una multa, y de los particulares de obtener una indemnización civil.

Días después, los representantes del Ministerio Público Fiscal interpusieron un recurso de Casación contra la resolución de la Cámara Federal de Apelaciones de Corrientes, mediante la cual se disponía la devolución, a Ana Karina Alonso, de 1 millón de pesos que le fueran decomisados en los allanamientos realizados en el inmueble de la calle Mendoza 1017, de la ciudad de Corrientes, donde funcionaba el local “Negocios Inmobiliarios”

En su dictamen, Schaefer y Sodini requirieron dejar sin efecto tal resolución “por errónea aplicación de la ley sustantiva y por tratarse de un claro apartamiento a las reglas de la sana crítica y de una valoración arbitraria de los hechos”. En ese sentido, consideraron que el Tribunal efectuó una valoración arbitraria de la prueba que señalaba a Alonso como autora del delito de intermediación financiera no autorizada, que además de prisión contempla una multa de entre dos y ocho veces el monto de las operaciones efectuadas.

Según los representantes del Ministerio Público, el dinero restituido a Alonso habría sido utilizado como instrumento para realizar las maniobras ilícitas que se le atribuyen: haber realizado actividades de intermediación financiera sin la autorización legal del Banco Central de la República Argentina (BCRA); convertir, transferir, administrar, vender, gravar, disimular o poner en circulación en el mercado bienes provenientes de un ilícito pena con el fin de otorgarle apariencia de origen licito; e integrar una asociación ilícita operando bajo la fachada de sociedades legalmente constituidas.

En este sentido, opinaron que era procedente el decomiso del dinero por haber sido utilizado como instrumento de delito y concluyeron que debía revocarse la restitución del dinero a Alonso y ordenarse su embargo.

La investigación se inició en el año 2012, cuando se descubrió que los directivos de la Cooperativa Pyramis, Mario, Lisandro y Horacio Boschetti y César Gelmi; junto a Alonso, Alfonso Siviero y Carlos Contreras, quienes operaban el local de negocios inmobiliarios, se escudaban en dichas sociedades para captar y colocar recursos financieros, intercambiando títulos valores por dinero en efectivo y otorgando préstamos de dinero por fuera del circuito legal.

A principios de mes, los siete imputados fueron procesados en orden al delito de intermediación financiera no autorizada, por el titular del Juzgado Federal de Corrientes, Juan Carlos Vallejos, quien les trabó embargo sobre sus bienes, y ante lo cual Alonso y Siviero interpusieron incidentes.