24 de abril de 2024
24 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Se lo investiga por su actuación en detenciones ilegales durante la dictadura
Causa Hooft: la grabación aportada por el juez es ilícita
Luciano Bianchi, interinamente a cargo del juzgado Federal de Primera Instancia, consideró que el audio que dio origen a la denuncia presentada por el magistrado y su hijo por “conspiración” afecta el “derecho a la intimidad” del fiscal Claudio Kishimoto. En base a esto, desestimó la presentación, tal como lo habían solicitado los representantes del MPF que intervienen en la causa.

En una resolución fechada ayer, el magistrado Luciano Bianchi consideró ilícita la grabación aportada por el juez Pedro Hooft y su hijo, el abogado Federico Hooft, y desestimó la denuncia realizada por ambos por una supuesta “conspiración”. En su dictamen, los fiscales intervinientes habían solicitado la desestimación, con el argumento de que Hooft “ejerció efectivamente su derecho de defensa”.

Cabe resaltar que Bianchi es secretario de Derechos Humanos ante la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata y participa en el expediente por una resolución del Consejo de la Magistratura. Allí, se lo designó como subrogante en la causa debido a que todos los jueces federales de primera instancia se excusaron de intervenir.

Según habían denunciado Hooft y su hijo, existía en su contra una “connivencia pergeñada” por funcionarios del MPF, por el juez Federal Martín Bava, por la Secretaria de Derechos Humanos de la Nación y por organizaciones sociales. Esto se habría dado en el marco del expediente donde se investiga su actuación en detenciones ilegales de víctimas de la dictadura cívico-militar.

Como prueba de la supuesta conspiración habían aportado una grabación “clandestina” realizada en las inmediaciones de la casa de quién era por entonces fiscal Federal Claudio Kishimoto. Allí, el representante del Ministerio Público era increpado por Federico Hooft por la forma en que era llevado el expediente en donde se investigaba a su padre.

Bianchi excluyó el audio porque consideró que las frases dichas por el fiscal afectan “el derecho a la intimidad y privacidad de éste”. Sostuvo que la conversación fue generada de modo “sorpresivo” y no tienen entidad suficiente para probar los delitos formulados en la denuncia. Además, consideró que “las consideraciones personales privadas que un fiscal pudiera hacer sobre el trámite de una investigación” nunca podrán ser tenidas como ciertas.

El análisis de la validez de la grabación

Bianchi consideró en su fallo varias aristas para decretar que la grabación era ilícita.  “¿Qué diferencia cabe entre la circunstancia en que un juez se sirva de prueba ilícita obtenida por un funcionario o por un órgano estatal a que lo haga sobre un elemento también ilícito pero obtenido por un particular? No hay ninguna diferencia, esto es inconcebible”, reflexionó.

También, explicó que el encuentro “sorpresivo” (solo para Kishimoto) en las inmediaciones de su casa, afectó la intimidad y privacidad del funcionario, haciendo hincapié en la “impronta publicista” que se le dio al audio. Para Bianchi, Hooft hijo buscó que su interlocutor se autoincriminara: “El modo en que se desarrolló el acto fue susceptible de haber generado la expresión de palabras y pensamientos que bajo circunstancias de total libertad y voluntad nunca las hubiera referido”.

Concluyó, entonces, que en una causa no se pueden utilizar métodos de prueba que hayan sido obtenidos en afectación a los derechos y principios constitucionales y excluyó la grabación de la investigación.

Sobre la denuncia de conspiración en sí, Bianchi manifestó que no surgen “de las circunstancias denunciadas relato alguno que pudiera encuadrar los tipos penales señalados”. Indicó que tampoco se señalan los jueces que habrían actuado delictivamente. “Resulta contradictorio pensar en la existencia del avance de una causa maliciosamente formada y por otro lado sostener que existe retardo de justicia”, cerró Bianchi.