18 de abril de 2024
18 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Intervino la fiscal de Eldorado Liliam Delgado
Condenaron a seis meses de prisión condicional a un hombre por encubrimiento de contrabando
Así lo dispuso el Juzgado Federal de ElDorado en el marco de un trámite de flagrancia. El condenado había sido descubierto con 14 teléfonos celulares en una valija durante controles de equipaje en el Aeropuerto Internacional de Cataratas del Iguazú.

En el marco de un procedimiento de flagrancia, el juez federal de El Dorado, Miguel Ángel Guerrero, condenó anteayer a un hombre a seis meses de prisión condicional por encontrarlo culpable del delito de encubrimiento de contrabando de mercaderías de origen extranjero sin aval aduanero. Además, el juez dispuso su inhabilitación perpetua para que el hombre se desempeñe como miembro de las fuerzas de seguridad o policiales y la inhabilitación absoluta por un año para desempeñarse como funcionario o empleado público. La causa contó con la intervención de la fiscal Liliam Delgado.

El condenado es Gonzalo Adolfo Baldomir quien, el 26 de abril pasado, durante un control rutinario de equipajes de pasajeros en el Aeropuerto Internacional Cataratas del Iguazú, fue descubierto con 14 teléfonos celulares en su valija, equivalentes a un valor en plaza de 191.042,82 pesos, en una de sus valijas.

El juez Guerrero consideró que el imputado reconoció "la real existencia del hecho delictivo que se le atribuye, su intervención en el mismo en calidad de autor y a título doloso, manifestando su conformidad con la calificación legal asignada por la titular de la acción penal". Asimismo, puso de relieve que el acusado y la fiscal "pactaron la pena de seis meses de prisión, conforme artículo 874.1.d. del Código Aduanero, la ley 22.415; inhabilitación especial por el término de seis meses para el ejercicio del comercio; inhabilitación especial perpetua para desempeñarse como miembro de una fuerza de seguridad o policial e inhabilitación absoluta por el término de doce meses para desempeñarse como funcionario o empleado público; y costas". En ese sentido, el juez indicó que no encuentra "obstáculos legales" para el "rechazo en general" de ese acuerdo.

De esta manera, la mercadería y copias de las actuaciones van a ser puestas a disposición de la Aduana de Iguazú para la sustanciación de las actuaciones administrativas correspondientes y la eventual imposición de sanciones previstas en el Código Aduanero.

Respecto a la ejecución de la pena impuesta, el juez estableció que sea de cumplimiento condicional, ya que tuvo en cuenta que el enjuiciado no intentó eludir la acción de la justicia, ni cometió nuevos delitos, “ni se ha anoticiado al tribunal que hubiere cometido actos antisociales; o que hubieren generado alarma social; resultando por ello aconsejable esta modalidad a fin de facilitar una plena reivindicación y reinserción social del encartado”.