25 de abril de 2024
25 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Pedido de la fiscal Baigún y la Dirección General de Recuperación de Activos y Decomiso de Bienes
IBM-Banco Nación: solicitan que el dinero decomisado sea destinado al Garrahan
Los ex funcionarios accedieron a un juicio abreviado donde, además de las penas de prisión en suspenso, se dispuso el decomiso de casi $18.000.000 y $1.114.000 en concepto de reparaciones. Tras quedar firme la sentencia, las representantes del MPF pidieron que se haga efectiva la medida y que esos fondos sean destinados al Hospital Garrahan o “cualquier otra entidad de bien público que el Tribunal estime”.

Gabriela Baigún, titular de la Fiscalía General n°3 ante los Tribunales Orales en lo Criminal Federal, y María del Carmen Chena, a cargo de la Dirección General de Recuperación de Activos y Decomiso de Bienes, solicitaron la ejecución del decomiso de dinero secuestrado en el marco de la causa “IBM-Banco Nación”, y que fuera ordenado en el juicio abreviado celebrado en la causa y homologado judicialmente en mayo de 2010. En esa oportunidad, se dispuso el decomiso de la suma que había sido objeto de sobornos y que ascendía a casi $18.000.000, de la que respecto de Hugo Gaggero, ex funcionario de la entidad financiera, correspondió el decomiso de U$$ 480.000. Se ordenó, además, que las sumas comprometidas fueran destinadas a reparar el daño causado, más el pago voluntario de $1.114.000 para hacer frente a un fin social.

En esa ocasión, se reconoció expresamente “el efecto reparador del decomiso del dinero y la suma comprometida a abonar por los imputados, para paliar de algún modo, el daño ocasionado a la sociedad por los delitos cometidos”. Luego de una serie de impugnaciones, la sentencia quedó firme en junio del año pasado, tras lo cual el condenado efectuó el correspondiente depósito en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires. En consecuencia, las representantes del MPF indicaron que en la actual etapa conclusiva del proceso sólo resta llevar adelante la ejecución del decomiso previamente ordenado en el expediente y su posterior asignación a los fines previstos en la ley.

La causa

La causa conocida como “IBM-Banco Nación” tuvo su origen en 1994, luego que tomara estado público una investigación periodística que daba cuenta de sobornos por parte de la multinacional informática para quedarse con el “Proyecto Centenario”, a través del cual se buscaba informatizar más de 500 sucursales de la institución financiera. La investigación judicial no sólo corroboró el pago de coimas por unos 21 millones de pesos a distintos funcionarios de la entidad, sino también un sobreprecio que diversos peritajes ubicaron entre 75 y 125 millones de pesos de esa época. En 2009, en el marco de un juicio abreviado acordado con la fiscalía, los acusados reconocieron su responsabilidad en los hechos y se comprometieron a la devolución del dinero de los sobornos.

 Efecto reparador

Al referirse al destino final del dinero, las representantes del MPF recordaron que al celebrarse el juicio abreviado la fiscalía accedió a que los montos incautados en la causa se afectaran al decomiso “en concepto de reparación en la medida de sus posibilidades del perjuicio causado”, lo que debía agregarse a aquella suma que los acusados se obligaron a entregar en concepto de reparación voluntaria y que, para el caso de Gaggero, fue de $350.000.

Asimismo, destacaron que las acciones tendientes al recupero de activos tienen como finalidad arbitrar los medios necesarios para reparar los daños sociales provocados por la corrupción y contribuir a que el Estado cumpla con la satisfacción de los derechos sociales, culturales y económicos a través de sus políticas públicas, cuya efectivización se vio menoscabada por dicha apropiación de fondos públicos. Resaltaron que el daño causado con la corrupción debía ser indemnizado, tal como establece la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción en su artículo 35, instrumento internacional ratificado por nuestro país.

El mecanismo de recuperación de bienes de origen ilícito tiene su correlato de justicia en el destino de los mismos hacia obras de bien público”, señala el texto de la presentación. Baigún y Chena destacaron además que “los actos de corrupción provocan cuantiosos daños económicos y la afectación de intereses de la sociedad y quienes lo sufren no son otros que aquellos que más lo necesitan” y pusieron el acento en que la finalidad del recupero de activos “implica arbitrar los medios necesarios para reparar los daños provocados por el delito y contribuir que el Estado cumpla con la satisfacción de los derechos sociales, culturales y económicos…”, objetivo que podría verse si “…el dinero recuperado a través de la condena hoy firme debe ser destinado a contribuir de algún modo a paliar los recursos de los que el Estado se vio privado..”

Así las cosas, estimaron para el presente caso que las sumas dinerarias sustraídas ilegítimamente al Estado deben volver a aquel en obras de bien público, por lo cual solicitaron que los activos decomisados sean destinados al Hospital de Pediatría “Profesor Dr. Juan Pedro Garrahan”, o cualquier otra entidad de bien público que el Tribunal estime.