29 de marzo de 2024
29 de marzo de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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La investigación contó con la colaboración del Área Mercado de Capitales de la Procelac
La UFISES denunció al ministro Luis Caputo por presuntas operaciones irregulares en el Fondo de Garantía de Sustentabilidad
El fiscal de la seguridad social advirtió que el Comité Ejecutivo del Fondo de Garantía de Sustentabilidad, del que forma parte el ministro de Finanzas, adquirió LEBACs a través de un fondo de inversión del que el integrante del equipo económico fue director y presidente hasta diciembre de 2015, cuando asumió la función pública. La operación implicó el pago de comisiones para adquirir esos instrumentos financieros, que antes se obtenían de manera directa y gratuita con el Banco Central.

La Unidad Fiscal de Investigaciones de Delitos de la Seguridad Social (UFISES) denunció al ministro de Finanzas de la Nación, Luis Caputo, por supuestas maniobras irregulares realizadas como miembro del Comité Ejecutivo del Fondo de Garantía de Sustentabilidad de la ANSES. A raíz de la investigación realizada, se comprobó que, en virtud de decisiones del funcionario, durante 2016 se invirtieron más de 500 millones de pesos en un Fondo Común de Inversión (FCI), cuya administración estaría vinculada en el ámbito privado al propio Caputo. La presentación quedó radicada ante el Juzgado Criminal y Correccional Federal N°9, a cargo del juez Luis Rodríguez, con intervención del titular de la
Fiscalía Nº3 en lo Criminal y Correccional Federal, Eduardo Taiano.

La inversión realizada habría generado un perjuicio sobre los recursos de la seguridad social ya que, producto de la operación, se abonaron honorarios a favor de la sociedad administradora Axis SGFCI S.A. Asimismo, el fiscal titular de la UFISES, Gabriel de Vedia, solicitó que se investigue a los funcionarios de la ANSES Emilio Basavilbaso, Gustavo Ángel Marconato, Luis María Blaquier y Pedro Lacoste por la presunta comisión de los delitos de negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública; incumplimiento de deberes de funcionario público, y administración infiel en perjuicio de la administración pública.

Según el escrito, Caputo ocupó cargos ejecutivos en el Deutsche Bank S.A, sociedad que actualmente oficia como depositaria del FCI Axis Ahorro Plus. En este sentido, se corroboró que por asamblea general ordinaria de accionistas celebrada el 4 de abril de 2003 fue designado director titular del banco por el plazo de dos años, junto con, entre otros, Carlos Hernán Planas, con quien posteriormente conformaría Axis Sociedad Gerente de Fondos Comunes de Inversión S.A.

Luego, en una asamblea general de accionistas celebrada el 28 de mayo de 2004, fue elegido como presidente de la sociedad, cargo que ejerció hasta la aceptación de su renuncia, el 18 de septiembre de 2008.

Durante 2016 se invirtieron más de 500 millones de pesos en un Fondo Común de Inversión (FCI), cuya administración estaría vinculada en el ámbito privado al propio Caputo.

Por otro lado, la firma Axis Sociedad Gerente de Fondos Comunes de Inversión S.A. fue constituida el 8 de marzo de 2012 por Luis Caputo (director titular y presidente) y Carlos Hernán Planas (director titular y vicepresidente), entre otros. Al componerse el capital de la sociedad, el ahora ministro de Finanzas suscribió 300 mil acciones por la suma de 300 mil pesos, lo cual representaba el 60 por ciento del capital social.

Desde entonces, ejerció la presidencia de la sociedad comercial. Es decir que Caputo era director titular y presidente de Axis SGFCI S.A. al momento en que dicha empresa solicitó y obtuvo por parte de la Comisión Nacional de Valores (C.N.V), la aprobación del reglamento de gestión del Fondo Común de Inversión Axis Ahorro Plus.

El 4 de diciembre de 2015 presentó su renuncia al cargo, fundada en motivos personales. Asumió en su reemplazo Carlos Hernán Planas, mientras que el 16 de diciembre de ese año Caputo fue designado por el Poder Ejecutivo Nacional en el cargo de Secretario de Finanzas.

Además, la Sociedad Anónima publicó en su sitio web una lista actualizada de sus directores, staff e idóneos, entre quienes figura Jimena Caputo.

La operación

En abril del 2016, los entonces miembros del Comité Ejecutivo del FGS decidieron por unanimidad invertir 302.068.620 pesos en el Fondo Común de Inversión (FCI) Axis Ahorro Plus, que tenía como sociedad administradora a la empresa Axis SGFCI S.A. y como agente de custodia al Deutsche Bank S.A. Esta modalidad para suscribir Letras del Banco Central (LEBACs) importó un cambió de criterio para la operatoria habitual del FGS.

El FCI realizó casi la totalidad de sus inversiones en LEBACs. Al 30 de junio de 2016, las LEBACs representaban 99,93% de las inversiones del fondo.

A raíz de la operación realizada, el FGS se comprometió al pago de honorarios en favor del agente de administración Axis SGFCI S.A. y el de custodio Deutsche Bank S.A.

“Resulta llamativo que, en un mismo periodo, el Comité del FGS haya suscripto LEBACs a través del FCI Axis Ahorro Plus con la consecuente obligación de abonar los honorarios fijados y también haya adquirido dichas letras en forma directa sin pagar gastos extras”.

Con intermediarios

Desde diciembre del 2015, casi en forma mensual, el FGS había adquirido las LEBACS en forma directa al Banco Central de la República Argentina sin tener que abonar ningún tipo de honorario ni gasto. Esta modalidad se encontraba autorizada por el artículo 74 de la ley 24.241 y por el acta 130 del Comité Ejecutivo.

En este sentido, el fiscal de Vedia consideró que el cambio de criterio adoptado, al obligar al FGS a abonar honorarios de administración injustificadamente, podría haber generado un menoscabo sobre los recursos sociales.

Por otro lado el titular de la UFISES destacó en su denuncia que “resulta llamativo que, en un mismo periodo, el Comité del FGS haya suscripto LEBACs a través del FCI Axis Ahorro Plus con la consecuente obligación de abonar los honorarios fijados y también haya adquirido dichas letras en forma directa sin pagar gastos extras”.

Incompatibilidad

Las circunstancias relevadas permitieron advertir la existencia de fuertes conexiones entre Luis A. Caputo, la empresa Axis SGFCI S.A., y el FCI “Axis Ahorro Plus”. El actual ministro tuvo una activa participación como presidente de la Sociedad Anónima, en cuatro momentos claves:

1) Cuando se constituyó la sociedad (8 de marzo de 2012).

2) Cuando se reformó el objeto social, para adecuarse a la categoría de “agente de administración de productos de inversión colectiva” (24 de abril de 2014).

3) Al crearse el FCI “Axis Ahorro Plus”.

4) Al solicitarse a la C.N.V. la aprobación del reglamento de gestión de dicho fondo, que fue concedida el 18 de septiembre de 2015.

La conducta desplegada por Caputo configuraría el delito de negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública.

La conducta desplegada por Caputo configuraría el delito de negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública. La Ley de Ética Pública enuncia en su artículo 13 que, entre otras cuestiones, resulta incompatible con el ejercicio de la función pública dirigir, administrar, representar, patrocinar, asesorar, o, de cualquier otra forma, prestar servicios a quien gestione o tenga una concesión o sea proveedor del Estado, o realice actividades reguladas por éste, siempre que el cargo público desempeñado tenga competencia funcional directa, respecto de la contratación, obtención, gestión o control de tales concesiones, beneficios o actividades.

Por su parte, el artículo 15 de la misma ley señala que en el caso de que al momento de su designación el funcionario se encuentre alcanzado por alguna de las incompatibilidades previstas, deberá renunciar a tales actividades como condición previa para asumir el cargo y abstenerse de tomar intervención, durante su gestión, en cuestiones particularmente relacionadas con las personas o asuntos a los cuales estuvo vinculado en los últimos tres años o tenga participación societaria.

En el caso, si bien Caputo habría renunciado a sus cargos directivos en Axis SGFCI para prestar funciones en la Administración Pública Nacional (4 de diciembre de 2015), no cumplió, al momento de decidir por las inversiones analizadas, con la obligación de abstención que prescribe el inciso b) del artículo 15 de la ley.

Además de Vedia consideró que en el transcurso de la investigación judicial deberá indagarse si Caputo continuó siendo titular de acciones de la sociedad luego de su renuncia al directorio, ya que ello haría aún más insoslayable su interés personal en las operaciones.

Por último el fiscal de la seguridad social señaló que también deberá determinarse por qué la totalidad del Comité Ejecutivo del FGS optó por invertir en un FCI administrado por una empresa que tenía fuertes vínculos con uno de sus miembros; si no existían en el mercado otros FCI administrados por sociedades cuyos miembros no guardaran vinculaciones con el Comité Ejecutivo del FGS; por qué el Comité decidió invertir específicamente en el Fondo Axis Ahorro Plus para adquirir LEBACs, cuando podía haberlo hecho en forma directa, sin obligarse a abonar honorarios de administración. También, pidió indagar si el Comité Ejecutivo no tenía la posibilidad de acceder a los mismos activos financieros (en su gran mayoría: LEBACs) de un modo que implique menor costo para el FGS.