24 de abril de 2024
24 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Intervino el fiscal general José Ignacio Candioti
Paraná: condenaron a tres años de prisión al hombre acusado de tráfico de personas
Se trata del juicio que se siguió contra Enrique Scagliola, que fue apresado en abril de 2013 mientras viajaba en un colectivo de línea junto a tres ciudadanos de origen chino desde San Pablo hasta Capital Federal. Dos de ellos eran menores de edad.

Esta tarde, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Paraná condenó a tres años de prisión a Enrique Scagliola, por encontrarlo culpable del delito de tráfico ilegal de personas. El hombre había sido apresado en abril de 2013 mientras viajaba en un colectivo de línea junto a tres ciudadanos de origen chino desde San Pablo hacia la Ciudad de Buenos Aires. Dos de ellos eran menores de edad.

El juicio duró dos días (ayer y hoy) y en la primera audiencia declararon los tres agentes de Gendarmería Nacional que había intervenido en el procedimiento, uno de los testigos civiles (el chofer del colectivo de la empresa "Nuevo Expreso") y dos funcionarias de la Dirección de Migraciones.

Hoy por la mañana, se realizaron los alegatos. Allí, el fiscal general José Ignacio Candioti acusó a Scagliola de ser el autor responsable del tráfico ilícito de tres migrantes de origen asiático, en su modalidad típica de "facilitación", por lo que solicitó que lo condenaran a cinco años y medio de prisión, considerando que además correspondía la aplicación de la agravante del artículo 121 de la ley 25871 por ser dos de las víctimas menores de edad.

El representante del MPF también aclaró que “la ley argentina no persigue penalmente al migrante, sino al traficante, es decir, a la tercera persona que se beneficia a través del ingreso ilegal de otras”. Por esto, dejó sentado que “la gravedad del delito consiste en que, gracias al accionar de esos traficantes, las víctimas luego pueden sufrir la precarización laboral”.

La defensa, por su parte, planteó la nulidad de la indagatoria porque no se le habían explicado correctamente los hechos y además pidió la absolución por no darse por satisfechos los requisitos objetivos y subjetivos del tipo penal. Sin embargo, el tribunal, por unanimidad, rechazó la nulidad y condenó a Scagliola a tres años de prisión en firme por su autoría en el tráfico ilegal de personas.

Los hechos

El 6 de Abril de 2013, Gendarmería Nacional realizaba un control vehicular en la Ruta Nacional 12, en la localidad de Paraná Guazú, provincia de Entre Ríos. Los uniformados detuvieron a un colectivo de la empresa "Nuevo Expreso" que viajaba rumbo a la Ciudad de Buenos Aires. Una vez arriba, los oficiales detectaron la presencia de tres ciudadanos de origen chino que, al ser interpelados, dieron claras muestras de no entender el idioma.

Sin embargo, mediante gestos y aparentemente nerviosos, señalaron a un cuarto hombre que viajaba en un asiento cercano a ellos. Se trataba del imputado, Scagliola. Los cuatro fueron bajados del micro y a partir de la documentación que pudieron recolectar, constataron que dos de los migrantes eran menores de edad. A partir del análisis de los pasaportes de las víctimas, ninguno tenía registrado su ingreso al país.

Los gendarmes primero recuperaron un ticket que habría sido comprado por el acusado en la misma boletería y que a la vez presentaba un número de talón correlativo a los tres pasajes mostrados por los ciudadanos chinos, con diferencia de un número. Además, el pasaje de Scagliola había sido adquirido el mismo día, pero con una diferencia de 10 minutos respecto de los tres anteriores.

Frente a esas coincidencias, los uniformados requisaron a los tres jóvenes asiáticos y a Scagliola. Encontraron que uno de los adolescentes menores de edad tenía un boleto de pasaje de la empresa Pluna, con origen de viaje en San Pablo y destino en Uruguayana, el día 3 de abril a las 22:30, y que había sido emitido el día anterior. Scagliola, por su parte, guardaba en la billetera un boleto similar, con idéntico origen, destino, horario de viaje y fecha de emisión.