29 de marzo de 2024
29 de marzo de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
Menu
Interviene el fiscal general Diego Luciani
Pidieron dos años de prisión en suspenso para inspectores acusados de exigir una dádiva
El representante del MPF resaltó la condición de funcionarios públicos de tres integrantes de la Secretaría de Comercio Interior, quienes le sugirieron al dueño de un local que se “podía obviar” una multa “en el caso de que tuviera una atención con ellos”. “Como tales debieron haber tenido una conducta diametralmente diferente”, advirtió el fiscal en su alegato.

El fiscal general Diego Luciani solicitó que tres inspectores de la Subsecretaría de Defensa del Consumidor sean condenados a dos años de prisión en suspenso e inhabilitados por cinco, al encontrarlos responsables de exigirle dinero a los propietarios de un comercio a cambio de no confeccionar un acta de infracción, delito que calificó legalmente como “concusión”.

Durante su alegato, el representante del Ministerio Público Fiscal tuvo por acreditado que en la tarde del 16 de agosto de 2007, Gladys Brunilda Iriarte, Darío Marcelo Rolón y Marcelino Gómez Araujo se presentaron en la panadería “La Sud América”, ubicada en la Av. Rivadavia al 4020 de la Capital Federal, “y abusando de sus cargos de funcionarios públicos” le solicitaron al dueño del local “la entrega de una dádiva con el objeto de omitir confeccionar un acta de infracción”.

De acuerdo a testimonios vertidos en la etapa de instrucción y durante el juicio que lleva a cabo el Tribunal Oral Federal N°6, la imputada Iriarte -acompañada por sus colegas- le indicó al comerciante que su negocio se encontraba en falta por presentar irregularidades en la exhibición de los precios de los productos para la venta al público. Seguidamente, y en el marco de una discusión, le habría dicho al propietario “que debía labrar una multa en razón de las irregularidades detectadas, pero que en  el caso de que éste tuviera una atención con ellos la misma se podía obviar”, repasó Luciani. Ante tal exigencia, el dueño del comercio llamó a la policía y minutos después arribó personal de la Comisaría 10ª, que solicitó a los inspectores que se identificaran.

A pesar de la presencia del subinspector de la Policía Federal que se había acercado tras el llamado del personal de la panadería, los imputados se habrían retirado del local sin su autorización: debió detenerlos a 80 metros del comercio, lo que para la fiscalía evidenció un intento “de darse a la fuga y lograr su impunidad frente al hecho ilícito”. “Recordemos que se trataba de funcionarios públicos y como tales debieron haber tenido una conducta diametralmente diferente y no haberse ido, sin más”, advirtió Luciani.

El representante del Ministerio Público Fiscal, luego de evaluar las pruebas directas e indirectas del delito, consideró que el “accionar desplegado por Rolón, Gómez Araujo e Iriarte, por los que deberán responder en calidad de coautores (artículo 45 del Código Penal), debe ser encuadrado en el tipo penal de concusión (artículo 266 del Código Penal)”. Por ese motivo, al término de su alegato solicitó que se les aplique la pena “de 2 años de prisión, cuyo cumplimiento podrá ser dejado en suspenso, inhabilitación especial por el término de 5 años y el pago de las costas del proceso”. El debate oral y público continuará la semana próxima.