25 de abril de 2024
25 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Los camaristas coincidieron con el fiscal Walter Rodríguez
Santa Fe: la Cámara Nacional Electoral resolvió que no prescribió una causa por "violación de normas de financiamiento partidario" por parte del PRO
Los jueces consideraron que el fallo de primera instancia que había declarado la prescripción no consideró que dos de los imputados -Torres (del Sel) y Barreto eran funcionarios públicos, por lo que el trámite judicial debe continuar, según establece el Código Penal.

La Cámara Nacional Electoral revocó una sentencia del Juzgado Federal N°1 de Santa Fe, con competencia electoral, que había dictado la prescripción de una pesquisa llevada adelante contra el partido "PRO Propuesta Republicana" por la "violación de normas de financiamiento partidario". Los jueces Alberto Ricardo Dalla Via y Santiago Concuera consideraron que su colega Reinaldo Rubén Rodríguez nos contempló el segundo párrafo del artículo 63 del Código Penal que establece que la investigación de ilícitos "se suspende en los casos de delitos cometidos en el ejercicio de la función pública, para todos los que hubiesen participado, mientras cualquiera de ellos se encuentre desempeñando un cargo público". Los camaristas coincidieron con el fiscal Walter Rodríguez, quien había destacado que en este caso, "no puede soslayarse la calidad de funcionario público que reviste el imputado pues significaría obviar el texto de la norma".

En la causa, está imputado el presidente del PRO santafesino entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2012, Miguel Ignacio Torres (conocido públicamente como Miguel del Sel), además de Norberto Eduardo Principato y Diego Omar León Barreto, quienes se desempeñaron como tesoreros desde el inicio de 2012 hasta el 14 de diciembre y desde ese día hasta el final del ejercicio, respectivamente.

Concretamente, el fiscal Walter Rodríguez los había acusado al momento de impulsar la acción de "haber omitido informar sobre partidas pendientes de cobro provenientes de aportes públicos del año 2011, (...) aportes públicos para boletas de diputados generales, (...) y aportes asignados por 'Diferencia de Campaña Diputados Primaria', (...) y no acompañar la correspondiente documentación respaldatoria y un listado detallado de los aportes privados percibidos (...) conforme lo estipulado por la normativa". Además, el representante del Ministerio Público los imputó por "la falta de presentación de los extractos bancarios de las dos cuentas declaradas y registradas en el Banco de la Nación Argentina".

El juez Reinaldo Rubén Rodríguez había declarado extinguida la acción, ya que consideró que los hechos se encuentran sancionados "con inhabilitación temporal, por lo que el plazo de prescipción es de un año, de acuerdo con el artículo 62, inciso 4° del Código Penal de la Nación".

Sin embargo, ahora los camaristas siguieron -en un fallo que deberán seguir como jurisprudencia obligatoria todos los juzgados federales con competencia electoral del país- los argumentos del fiscal ya que Torres fue diputado nacional entre el 6 de noviembre de 2013 y el 27 de febrero de 2015. También, Barreto fue concejal de la localidad santafesina de Funes hasta diciembre del año pasado, cuanto tomó posesión de su cargo como intendente.

El balance en cuestión

En agosto del año pasado, el representante del Ministerio Público les atribuyó "la transcripción parcial en el Libro Inventario de los estados contables bajo examen y la falta de suscripción de dicha transcripción, como así también la ausencia de un detalle pormenorizado de las operaciones efectuadas en los asientos registrados en el Libro Diario; al tiempo que se les adjudicó la deficiente sumatoria de los totales declarados en el Estado de Situación Patrimonial, por cuanto se debió informar en el ejercicio analizado la sumatoria de este período y el del año 2011".

En su dictamen, Rodríguez repasó las pruebas y consideró que "nunca se cumplió con la obligación del modo y forma indicado" por la ley de financiamiento de los partidos políticos (N°26215) y subrayó que "sólo fueron presentados ejercicios contables sin que sus 'condiciones' permitan conocer en forma completa y real el origen y destino de los fondos de campaña".

El actual embajador argentino en Panamá, Miguel Torres, calificó en su descargo los incumplimientos formales como "insignificantes" y consideró que en caso de aplicarse las graves sanciones que prevé el artículo 63, inciso b, de la ley N°26215 -inhabilitación de seis meses a diez años para el ejercicio de sus derechos de elegir y ser elegido en las elecciones a cargos públicos nacionales, y en las elecciones de autoridades de los partidos políticos y para el ejercicio de cargos públicos y partidarios- existiría una desproporción entre la falta cometida y la pena.

El fiscal indicó que "la alegada 'insignificancia' no es tal, ya que a través de ese principio se intenta fundamentar por qué ciertas conductas cuya descripción fáctica se adecúan a figuras típicas penalmente reprochables, en realidad no son tales, o de serlo no merecen ser llevadas a juicio, en su caso, ser penadas, por inocuas".

Por su parte, Barreto argumentó asumió el cargo de tesorero del PRO santafesino el 14 de diciembre de 2012 y por lo tanto era Principato quien se encontraba en ejercicio efectivo de funciones al momento de haberse producido las supuestas inconsistencias. En tanto, Principato afirmó que no participó de la elaboración de los balances justamente por haber sido removido.

Walter Rodríguez concluyó en su imputación que "ha quedado a la luz la existencia de un comportamiento deliberado, destinado a ocultar la situación financiera partidaria, máxime cuando además de los claros y taxativos extremos de la norma ritual, existen notificaciones del tribunal de instancia que permitan observar la existencia de incumplimientos que sistemáticamente y sin expresar causal alguna se negaron a cumplir".

El 31 de marzo pasado, la procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó, designó interinamente al fiscal Walter Rodríguez en la Procuraduría de Investigaciones Adminitrativas, por lo que el fiscal Claudio Kishimoto quedó al frente de las fiscalías federales N°1 y N°2 de Santa Fe.