28 de marzo de 2024
28 de marzo de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Dictamen de la fiscal Paloma Ochoa
Solicitaron la indagatoria de Juan Carlos Gemignani por privación ilegítima de la libertad
La medida también alcanza a dos suboficiales de la Policía Federal Argentina. El pedido fue realizado a raíz de la detención, en julio de 2016, de la prosecretaria de Casación María Amelia Expucci.

La titular de la Fiscalía Federal N°10, Paloma Ochoa, solicitó al juez federal Rodolfo Canicoba Corral que llame a declaración indagatoria al juez de la Cámara Federal de Casación Penal Juan Carlos Gemignani y los suboficiales de la Policía Federal Argentina, por el delito de privación ilegítima de la libertad agravada. Es en el marco de los hechos ocurridos el 28 de julio de 2016, cuando el juez Gemignani ordenó a los agentes de la PFA la detención e incomunicación de la prosecretaria de la Sala I de ese tribunal, María Amelia Expucci.

El 28 de julio del corriente año –mientras transitaba la segunda semana de la feria judicial-, el juez de la Cámara Federal de Casación Penal ordenó a los suboficiales de la PFA la aprehensión por considerar que María Amelia Expucci se había negado a realizar el inventario de unas cajas existentes en la sala de audiencias, alegando que debía esperarse a la presencia de otro camarista de feria.

Según se desprende del dictamen, la fiscal señaló que la prosecretaria fue, cuanto menos, “víctima de una detención ilegal (…), los malos tratos y la innecesaria urgencia con la cual el Dr. Gemignani compelió a la Dra. Expucci a participar de lo que denominó un procedimiento con el cual se pretendía inventariar unas cajas existentes” no encuentra otra explicación. En este sentido, la representante del MPF manifestó que el juez hizo caso omiso a las dudas de la víctima vinculadas con la “procedencia y formalidades” de aquella actuación, y ordenó  su detención “interpretando tendenciosamente sus preguntas sobre el procedimiento como una desobediencia funcional”.

Ochoa entendió que existió una orden infundada de detención e incomunicación impartida por el camarista Gemignani, respecto de María Amelia Expucci. Asimismo, refirió que no existió un elemento objetivo que validara el accionar del juez y de los agentes policiales, y agregó que dicho comportamiento “sólo puede ser entendido como propio de una situación de abuso de poder en una relación desigual”.

Así también, y a partir de la declaración de algunas personas en el expediente, la representante del MPF señaló los padecimientos que Expucci y otras mujeres sufrieron, por parte del juez Gemignani, precisamente, por la circunstancia de ser mujeres. En este sentido, Ochoa sostuvo,  “este señalamiento remite a los ya conocidos, pero aún lamentablemente no superados, patrones socioculturales de violencia hacia las mujeres, que refuerzan y mantienen la desventaja estructural en la que todavía hoy nos encontramos”.

En el requerimiento de instrucción la Fiscalía Federal N°10 ya había hecho referencia a los mandatos legales de orden nacional e internacional que llaman a resguardar los derechos de las mujeres y protegerlas de toda violencia y en todos los ámbitos. Además, puso de resalto los tratados internacionales en defensa de los derechos de las mujeres y “lo prescripto por la ley 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres”, en la que se define a la violencia contra las mujeres como “toda conducta, acción u omisión, que de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, como así también su seguridad personal. Quedando comprendidas las perpetradas desde el Estado o por sus agentes”.