24 de abril de 2024
24 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Se conocieron los fundamentos de la condena a 16 años de prisión para Lucas Ariel Silvera por intento de femicidio
El tribunal tuvo por probado que la pareja de Aylín Silvera se dirigió a su casa "con la clara intención de matarla"
“Coincidimos en un todo con lo sostenido por el Fiscal General”, afirmaron los integrantes del Tribunal Oral en lo Criminal Nº22 al referirse al modo en que se desarrollaron los hechos. El representante del Ministerio Público había manifestado que se trató de un “fusilamiento”.

“Toda la actividad desplegada ese día por Silvera nos habla a las claras de un sujeto que se dirigió a la casa de la víctima con la clara intención de matarla”, señaló el Tribunal Oral en lo Criminal Nº22 en los argumentos de la sentencia del juicio que culminó el 20 de abril pasado con la condena a 16 años de prisión de Lucas Ariel Silvera por el intento de femicidio de su ex pareja, Aylín Silvera, a quien disparó siete veces en junio de 2014.

Uno de los balazos le destrozó la vejiga. El fiscal Marcelo Martínez Burgos había solicitado 18 años de cárcel. En la causa, intervinieron desde la etapa de instrucción la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres y la Dirección General de Acompañamiento, Orientación y Protección a las Víctimas.

El 25 de junio de 2014, cerca de las 20.00, cuando Aylín llegaba a su domicilio, el acusado la interceptó y quiso entrar a la casa. Para ese momento, Silvera y la víctima ya estaban separados y el único diálogo que tenían era para arreglar cuestiones relacionadas con el hijo que tienen en común. Tal como dijo describió el fiscal, los jueces Patricia Elisa Cusmanich, Ángel Gabriel Nardiello y Sergio Paduczak remarcaron que cuando la joven intentó frenar el ingreso de su ex pareja a la casa, el hombre sacó una pistola y le apuntó a la cabeza.

“¿Otra vez?”, le preguntó ella, refiriéndose a un ocasión anterior donde él la había agredido con un arma de fuego. Aylín se fue hacia atrás y Silvera entró. Inmediatamente, y a menos de un metro de distancia, comenzó a dispararle en dirección a sus piernas. En un momento, la joven intentó cubrirse la cara con una silla de plástico para protegerse. Según los informes de la causa, la silla quedó dañada con la impronta de una bala.

A pesar de que Aylín ya tenía tres tiros en la pierna, Silvera continuó disparándole. Una de las balas entró por su pelvis, le destrozó la vejiga y le tocó el nervio ciático. A partir de ese momento, la víctima no sintió las piernas. Fue hasta el dormitorio y, mientras ella estaba en el suelo, siguió con su ataque.

La última escena fue observada por los hermanos de la joven, que habían estado minutos antes del ataque en la puerta de la casa. “No te metas porque te tiró a vos también”, le dijo el acusado al hermano. Cuando la hermana de Aylín le preguntó por qué había disparado, Silvera respondió: “por atrevida”.

Una ambulancia del SAME trasladó a Aylín al Hospital Santojanni, donde quedó internada por cuarenta días. Debió ser operada de la vejiga; tardó un año en caminar y aún tiene alojadas en su cuerpo varias de las balas que ingresaron en su cuerpo ese día. Silvera estuvo prófugo hasta el 30 de marzo de 2016, cuando fue detenido luego de las numerosas diligencias realizadas durante la instrucción de la causa a pedido de los fiscales Carlos Vasser y Mariela Labozzeta.

“Le apuntaba y le disparaba sin dejar de mirarla fijamente", indicaron los jueces en base a las pruebas, y remarcaron: "Colegimos que efectivamente su intención era la de matarla”.

 

Hasta que se acabaron las balas

“Coincidimos en un todo con lo sostenido por el Fiscal General”, indicó el Tribunal y, al igual que Martínez Burgos, valoró los testimonios de la víctima y sus dos hermanos. Lo relatado por los tres coincidió con el informe realizado por el Cuerpo Médico Forense sobre las heridas de Aylín, el escrito aportado por la Unidad de Criminalística Móvil sobre las vainas encontradas y la inspección ocular realizada en la vivienda, donde se observaron las improntas que dejaron las balas.

Desestimaron la versión que dio el hombre en su indagatoria, cuando manifestó un “estado de locura” después de preguntarle a Aylín quién era el hombre que lo había atendido por teléfono. Este hecho fue negado por la víctima, que contó que Silvera la llamaba insistentemente todos los días y especificó que la voz de ese hombre al que se refiere el ahora condenado jamás existió. “Esto demuestra que los dichos de Silvera en torno a esta cuestión no son más que vanos intentos para tratar de mejorar, sin éxito por cierto su situación procesal”, afirmaron los jueces.

Hicieron hincapié en los llamados que hizo después del ataque y cuando Aylin todavía estaba en el suelo de la casa y consideraron que eso no coincide con un “trauma con pérdida de memoria” como alegó el defensor sino que es de un sujeto con “pleno dominio de la situación. Por ello recalcaron que “toda la actividad desplegada ese día por Silvera, nos habla a las claras de un sujeto que se dirigió a la casa de la víctima con la clara intención de matarla”.

Tuvieron en cuenta, tal como lo había hecho el fiscal, que se presentó en la casa dos veces antes de encontrar a Aylín y que la llamó incontables veces ese día. Explicaron la secuencia de los disparos, cómo Silvera siguió a la víctima mientras ella trataba de escapar. “Todo esto se desarrollaba mientras el imputado no le quitaba la vista de encima, vale decir que le apuntaba y le disparaba sin dejar de mirarla fijamente, como relató la testigo en la audiencia; aquí, sin dudarlo, colegimos que efectivamente su intención era la de matarla”, repitieron los magistrados.

Desecharon la hipótesis de la defensa de que como todos los disparos fueron en zonas bajas de la vivienda, no hubo intención de matar. “Nada más alejado de la realidad”, explicaron y agregaron: “ya vimos que esos impactos a baja altura, significan ni más ni menos el derrotero de la víctima tratando de huir de su agresor”. Recordaron que Aylin estaba en el suelo y que por ellos Silvera disparó hacia abajo. Y siguió hasta que le acabaron las balas.

Los jueces desecharon la hipótesis de la defensa sobre que no hubo intención de matar, dado que los disparos fueron en zonas bajas: "Esos impactos a baja altura, significan ni más ni menos el derrotero de la víctima tratando de huir de su agresor”

 

Violencia de género

En línea con el alegato fiscal, los jueces destacaron la aplicación al caso de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW); la Convención de Belem do Pará; y la ley 26485 de “Protección integral a las mujeres para prevenir, erradicar y sancionar la violencia contra las mujeres en todos los ámbitos donde desarrollan sus relaciones interpersonales”.

Explicaron que el término “género” no es un sinónimo ni un equivalente de “mujer” sino que se refiere a un sistema de relaciones sociales que involucra o afecta a mujeres y hombres. Citaron la “Guía práctica para la incorporación del enfoque de género en el trabajo legislativo”, elaborada por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) e indicaron que en la mayoría de las sociedades, el sistema sexogénero ha desarrollado relaciones de desigualdad, exclusión y discriminación contra las mujeres en la mayor parte de las esferas de la vida.

El tribunal estableció que Silvera pretendió siempre someter a Aylín y que no la reconocía como una persona libre sino como un objeto del que se podía disponer a voluntad.

Resaltaron que la violencia de género es violencia contra la mujer, pero que no toda violencia contra la mujer es violencia de género. “En este contexto, la violencia es poder y el poder genera sumisión, daño, sufrimiento, imposición de una voluntad, dominación, y sometimiento. La violencia supone, por lo general, posiciones diferenciadas, relaciones asimétricas y desiguales de poder”, destacaron. Consideraron que en la causa la violencia de género quedó acreditada no sólo por el trato recibido por Aylín durante la relación sino también en el contexto del ataque que sufrió: “quedó en evidencia que el imputado no respetó en ningún momento la libertad de elección de su ex pareja”.

En consonancia con lo expresado por el fiscal, establecieron que Silvera pretendió siempre someter a Aylín y que no la reconocía como una persona libre sino como un objeto del que se podía disponer a voluntad. En su alegato, Martínez Burgos había manifestado: “la castigó, la fusiló por atrevida; le vació el cargador del arma porque Aylín se atrevió a no complacerlo, a no atenderle el teléfono, a separarse; quiso doblegar a su ex, pretendía someterla a su voluntad”.

“Cuando Aylín no le atendió el teléfono ratificando de ese modo su voluntad de no volver con él, la reacción del imputado fue justamente atentar contra su vida por considerar que Aylín se comportó como una ‘ATREVIDA’”, expresaron los jueces. Recordaron que la violencia de género ejercida por Silvera “se aprecia sin dificultad” cuando se hace foco en la relación que tenían. Pusieron de ejemplo la amenaza del hombre de quemar a la joven con aceite caliente.