23 de abril de 2024
23 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Violencia de género
La Fiscalía pidió tres años de prisión efectiva para un hombre acusado de lesionar y amenazar a su pareja
Lo hizo el fiscal Oscar Ciruzzi. Los hechos ocurrieron entre marzo de 2013 y el mismo mes de 2014. Alejandro Luján Peccatiello ya había sido condenado por otros episodios de amenazas y lesiones.

El fiscal Oscar Ciruzzi pidió tres años de prisión de efectivo cumplimiento para un hombre acusado de lesionar y amenazar a su ex pareja. Ante el juez Gustavo Rofrano, integrante del Tribunal Oral en lo Criminal Nº7, solicitó también que se unifique este pedido con una condena anterior que tiene Alejandro Luján Peccatiello y que se le fije una pena única de cinco años de prisión.

Peccatiello llegó a juicio acusado por cuatro hechos pero durante el alegato el fiscal pidió condena por tres. El primero es por amenazar a su pareja en la calle y desobedecer la restricción de acercamiento en febrero de 2013. El segundo es por golpear a la víctima en febrero de 2014 y, pocos días después, amenazar también a su padre.

El 26 de marzo de 2013, cerca de las 09:30, el hombre se aproximó a su por entonces ex pareja mientras estaba en una parada de colectivos ubicada en la Avenida San Juan y Pichincha. Allí, comenzaron a discutir y él la amenazó: “si no estas conmigo te voy a matar, no importa que me denuncies, tenes que estar conmigo”. El fiscal indicó que ese acercamiento violaba la orden de restricción de acercamiento que tenía el imputado.

Indicó que la víctima dijo en su declaración ante los jueces que Peccatiello nunca cumplió con la prohibición de acercamiento y que aquél día le pegó una cachetada. El fiscal explicó que por ese motivo le costó a la mujer precisar una fecha ya que no fue el único episodio de este tenor que tuvo que afrontar. Tomó en cuenta, además, el acta de intervención policial donde figura el altercado que mantuvieron.

El segundo hecho sucedió el 15 de febrero de 2014, dentro del domicilio que compartieron en un momento ambos, sobre la calle Alberti, en Balvanera. “Te voy a matar, no le digas a nadie”, le advirtió Peccatiello y luego comenzó a golpearla en el ojo, el rostro y la zona de las costillas. Instantes después, la mordió, la agarró del pelo y le golpeó la cabeza contra la pared mientras le decía: “te voy a matar a vos y a tus padres, no me metas preso porque salgo y te mato”.

Ciruzzi le requirió al juez que tenga en cuenta las generalidades y el contexto en el que se produjeron los hechos. Destacó la adicción a las drogas y  al alcohol del acusado, así como citó un informe de las lesiones que presentaba la víctima luego del ataque y que se corresponden con lo relatado.

Hizo hincapié el Ministerio Público Fiscal en la evaluación realizada por la Oficina de Violencia Doméstica de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que evaluó la situación como de “altísimo riesgo”. Allí, se mencionó la violencia física sufrida (empujones, golpes, que no le permitiera cuidarse cuando mantenían relaciones); la violencia verbal (insultos, expresiones humillantes); violencia económica (al no dejarla trabajar). “El agresor presenta un cuadro de hombre violento con una personalidad toxicofílica”, manifestó.

En su alegato, Ciruzzi destacó la evaluación realizada por la OVD de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que evaluó la situación como de “altísimo riesgo”.

Consideró que los tres hechos constituían los delitos de amenazas coactivas y desobediencia (primer hecho); lesiones leves agravadas por haber sido cometidas contra una persona con la que mantuvo una relación y amenazas coactivas (segundo hecho). A esto le sumó la imputación por “amenazas simples”: a fines de febrero de 2014, Peccatiello amenazó al padre de la víctima.

En su alegato, entendió que había una frase de la víctima que resultaba determinante: “no hacía falta que se drogara para que me golpeara”. Indicó que, de acuerdo a los testimonios de la mujer y sus padres, Peccatiello “vivía pegándole” y que nunca cumplió con las órdenes para no acercarse.

"No hacía falta que se drogara para que me golpeara”, declaró la víctima.

Al momento de solicitar la pena, recordó que el acusado ya había sido condenado por los delitos de amenazas, amenazas simples, lesiones leves y amenazas coactivas. La pena de dos años y seis meses de prisión en suspenso quedó firme en abril de 2013. Es por ello que pidió que se revoque la condicionalidad y que se le unifiquen las penas, por lo que requirió finalmente cinco años de prisión para Peccatiello.

No obstante, solicitó que lo absuelva por un cuarto hecho: una privación ilegítima de la libertad por más de 3 días. En el requerimiento de elevación a juicio, se había especificado que Peccatiello había obligado a su ex pareja a retirarse del hospital donde estaba con su hijo y la habría mantenido encerrada en su casa hasta que los padres se presentaron con la policía. El fiscal consideró que no se pudo probar cómo habría sido la manera en que no la dejaba recuperar su libertad, por lo que el juez Rofrano lo absolvió por ese delito.

La defensa oficial, por su parte, cuestionó el testimonio de la víctima, a la cual tildó de mentirosa. Dudó sobre el vínculo de pareja que mantenían y afirmó: “esta causa no está ceñida por cuestiones de violencia de género sino por problemas de adicciones de ambos”.