25 de abril de 2024
25 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Taller de capacitación de la UFEM y DOVIC
Pautas generales para investigaciones de violencia de género
Las jornadas son organizadas por la Dirección General de Capacitación y Escuela del MPF y el objetivo es adecuar las investigaciones actuales a la Guía de Actuación en Casos de Violencia Doméstica contra las Mujeres.

La Unidad Fiscal Especializada de Violencia contra las Mujeres (UFEM) y la Dirección General de Acompañamiento, Orientación y Protección a las Víctimas (DOVIC) comenzaron días atrás un nuevo taller sobre la implementación de la Guía de Actuación en Casos de Violencia Doméstica contra las Mujeres con el objetivo de adecuar la actuación del MPF en esos casos.

Agustina Calabró, Andrea Bonardo, Cristina del Valle Ochoa, Deborah Rifkin y Josefina Durán participaron como docentes del primer encuentro que se llevó a cabo el miércoles pasado y contó con la asistencia de magistrados, funcionarios y empleados de fiscalías nacionales, de otras áreas del MPF, además de operadores judiciales del Ministerio Público Fiscal de la CABA.

El ciclo tendrá tres clases y su misión es incorporar en la investigación de la violencia de género las pautas que integran la guía de actuación, que fue desarrollada por la UFEM y la Dirección General de Políticas de Género con la colaboración de fiscales nacionales,  de la DOVIC y otras agencias vinculadas con la temática.

La Guía es un instrumento de política criminal orientado a adecuar la actuación del MPF a los estándares internacionales de derechos humanos que el Estado argentino se comprometió a cumplir en la persecución y sanción de la violencia de género y protección de las víctimas.

Su contenido, interdisciplinario, se elaboró en base a la experiencia de las diversas áreas en la intervención en casos, de buenas prácticas de otros sistemas de justicia, de instrumentos comparados y de los lineamientos establecidos por los organismos internacionales de derechos humanos.

El documento es aplicable a todos los casos de violencia doméstica, definida como “aquella ejercida contra las mujeres por un integrante del grupo familiar, independientemente del espacio físico donde esta ocurra, que dañe la dignidad, el bienestar, la integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, la libertad, comprendiendo la libertad reproductiva y el derecho al pleno desarrollo de las mujeres”.

Se entiende por grupo familiar el originado en el parentesco sea por consanguinidad o por afinidad, el matrimonio, las uniones de hecho y las parejas o noviazgos. Incluye las relaciones vigentes o finalizadas, no siendo requisito la convivencia.

Bases y conceptos

Las docentes explicaron que el género es una “construcción histórica, cultural, social y política, un conjunto de características, comportamientos, roles, funciones y valoraciones que se imponen a cada sexo a través de procesos de socialización mantenidos y reforzados por la ideología e instituciones patriarcales”.

Los estereotipos de género, agregaron, “son el conjunto de creencias existentes sobre aquellas características que la sociedad considera apropiadas para varones y para mujeres. Resultan simplificaciones que se basan en prejuicios asumidos como ciertos y naturales”.

“La violencia contra la mujer constituye una violación de los derechos humanos y las libertades fundamentales y limita total o parcialmente a la mujer el reconocimiento, goce y ejercicio de tales derechos y libertades”, señalaron, y afirmaron que “es una manifestación de las relaciones de poder históricamente desiguales entre mujeres y varones,  y se ejerce en todos los ámbitos de las relaciones sociales”.

"El Estado es responsable de prevenir, investigar, sancionar y reparar la problemática en todos los ámbitos donde se produce”, concluyeron.

Ciclo de violencia

La violencia, detallaron, se da en situaciones cíclicas y la comprensión de esta dinámica es fundamental para intervenir adecuadamente desde los organismos estatales. “El concepto de ciclo ayuda también a explicar por qué las mujeres golpeadas continúan en la relación”, dijeron.

El ciclo tiene tres fases que varían tanto en la duración como en intensidad para una misma pareja y entre distintas parejas: la fase de acumulación de tensión, donde el varón acumula enojos y su ira va en aumento; la fase de episodio agudo de golpes o de agresión, que implica la explosión y descarga de la agresividad acumulada sobre la víctima, y la Fase de arrepentimiento o “Luna de Miel”: en esta etapa se suspende la violencia. Generalmente hay un pedido de perdón y arrepentimiento por parte del agresor y la mujer cree en ese cambio.

Por  último, sobre los obstáculos que se presentan en el acceso a la justicia de las mujeres que sufren estos casos, las docentes hicieron hincapié en la multiplicidad de fueros que intervienen en un caso, la ausencia de un delito particular que abarque la problemática, la presencia de estereotipos y prejuicios entre los operadores judiciales, entre otros.

Los siguientes encuentros se llevarán a cabo los días 6 y 13 de septiembre y girarán en torno a los siguientes temas: medidas vinculadas al registro y unificación de causas, los delitos de instancia privada, las medidas de asistencia y protección a las víctimas; los estudios periciales sobre las víctimas y declaraciones testimoniales y medidas vinculadas al juicio.