25 de abril de 2024
25 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Los crímenes de la Fuerza de Tareas 5 en Berisso y Ensenada
La Plata: pidieron la condena de marinos y prefectos y novedosas medidas reparatorias
Los fiscales Schapiro y Nogueira solicitaron penas de entre seis años de prisión y perpetua para los ocho acusados. Y requirieron el dictado de una medida cautelar para que los trabajadores víctimas perciban haberes hasta que se dicte una ley que regule su reparación en términos laborales y económicos.

El fiscal general Hernán Schapiro y el fiscal ad hoc Juan Martín Nogueira reclamaron hoy al Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°1 de La Plata que condene a cinco ex jerarcas de la Armada y a tres oficiales de la Prefectura Naval por crímenes de lesa humanidad perpetrados contra trabajadores de la zona industrial de Berisso y Ensenada, y pidieron el dictado de una medida cautelar de carácter reparatorio, dirigida a ordenar a la empresa Astilleros Río Santiago y a los estados nacional y provincial para que en forma solidaria paguen una "dispensa" para las víctimas y los familiares de los fallecidos hasta que se dicte una ley que contemple su debida indemnización por la pérdida de sus trabajos y las consecuencias que ello generó durante los años siguientes.

Los pedidos de los fiscales fueron formulados durante la audiencia que dio inicio a los alegatos en el juicio a los integrantes de la denominada Fuerza de Tareas 5 (FT5), la entente represiva que operó en la zona conducida por la Armada y que además estuvo integrada por miembros de la Prefectura Naval. De sus integrantes dependió el funcionamiento de cuatro centros clandestinos de detención situados en la Base Naval de Río Santiago, la sede de la Prefectura, el Batallón de Infantería de Marina (BIM) 3 y el Hospital Naval Río Santiago.

Los fiscales calificaron los hechos llevados a juicio como delitos "contra el Derecho de Gentes, en particular como crimen de genocidio y delito de lesa humanidad de manera concurrente o, alternativamente, como delito de lesa humanidad". En ese sentido, pidieron la pena de prisión perpetua para el comandante de la Fuerza de Tarea Nº5 (FT5), Jorge Alberto Errecaborde, el comandane del Batallón de Infantería de Marina Nº3 (BIN3), José Casimiro Fernández Carró, y el jefe de Operaciones e Inteligencia del BIN3, Roberto Eduardo Fernando Guitian.

A Errecaborde lo acusaron como autor mediato de dos casos de homicidio calificado, ocho casos de privación ilegal de la libertad agravada y cinco de tormentos agravados. Fernández Carró, en tanto, fue considerado coautor de un caso de homicidio calificado, y de los secuestros y tormentos aplicados a nueve víctimas. Guitián, por su parte, fue imputado por tres homicidios calificados y los secuestros y las tormentos de nueve víctimas.

Los fiscales además solicitaron 25 y 22 años de prisión para los jefes de la Prefectura Naval zona Río de La Plata, Carlos José Ramón Schaller y Luis Rocca, a quienes acusaron como autores mediatos de la privación ilegal de la libertad agravada y la aplicación de los tormentos agravados a 23 y 12 víctimas, respectivamente.

También pidieron 25 años de prisión para el oficial de la Prefectura Eduardo Antonio Meza, a quien acusaron por 15 casos de privación ilegal de la libertad y torturas. Computaron en su contra "varios testimonios [que] lo ubican como ejecutor directo de los hechos, con especial crueldad y perversidad" y "su presencia como infiltrado en asambleas del frigorífico Swift", una de las más grandes empresas de la zona cuyos trabajadores fueron perseguidos.

Finalmente, Schapiro y Nogueira pidieron que se condene a seis años de prisión al ex comandante de Operaciones Navales, Antonio Vañek, y al ex director del Liceo Naval y también comandante de la FT5, Juan Carlos Herzberg, a quienes consideraron autores mediatos de la privación ilegal de la libertad agravada por haberse cometido con violencias o amenazas en perjuicio de una víctima.

En su alegato, los fiscales tuvieron en cuenta para acusar "la extensión del daño causado por los hechos cometidos" que se expandió "intergeneracionalmente e interfamiliarmente y socialmente hasta niveles difíciles de precisar" y, al respecto, recordaron a "varios hijos y familiares de víctimas que han prestado su testimonio y relatado su dolor por lo sucedido".

"Diversos testigos han visto truncado su futuro en tanto perdieron su fuente de trabajo, su estabilidad económica y su futuro jubilatorio. Se les menoscabó su dignidad al arrebatárseles dos de las bases que la sustentan: la libertad y el trabajo", puntualizaron.

Medidas reparatorias

La zona de Río Santiago, escenario de los crímenes, constituyó uno de los cordones industriales más importantes de la época. Sólo sus tres principales empresas –Destilería La Plata (YPF), Propulsora Siderúrgica La Plata y Astilleros Río Santiago- contaban con aproximadamente 15.000 trabajadores a mediados de los ‘70.

Schapiro y Nogueira pusieron de relevancia el dolor que generó en las víctimas la pérdida de sus fuentes laborales después de que fueron secuestradas, aspecto que fue destacado sucesivamente a lo largo de las audiencias testimoniales por los sobrevivientes en este juicio que comenzó el 13 de julio pasado.

Por ese motivo, en base a la jurisprudencia del Sistema Interamericano de protección de los Derechos Humanos, requirieron una medida cautelar que es novedosa en términos de reparación para las víctimas en juicios por crímenes de lesa humanidad. Los fiscales pidieron que "se disponga una medida cautelar contra el astillero Río Santiago, el Estado de la provincia de Buenos Aires y Estado nacional, para que en forma solidaria mantengan la dispensa con percepción de haberes otorgada a los trabajadores del Astillero víctimas del terrorismo de (1976-1983) con efectos hasta tanto se implemente y se aplique de manera efectiva una jubilación como trabajadores de esa empresa, que tenga como base la máxima categoría que hubiera correspondido en cada caso de haber continuado la prestación laboral con normalidad desde su inicio".

Al respecto, los representantes de la Unidad Fiscal platense que interviene en causas por crímenes del terrorismo de Estado distinguieron los casos de los trabajadores que fueron reincorporados y luego dispensados (15 casos), los que fueron fueron reincorporados y están activos, para el caso que se otorgue una dispensa al llegar a la edad jubilatoria (11 casos), y a "los familiares con derecho a pensión de los trabajadores víctimas fallecidos". Y requirieron que "el Tribunal extienda la medida a todas aquellas personas no mencionadas que demuestren encontrarse un interés común con los trabajadores" afectados.

En el mismo sentido, solicitaron que el tribunal inste a los estados nacional y provincial a que "regulen e implementen los mecanismos necesarios" para que se les otorgue a los trabajadores "una jubilación que tenga como base la máxima jerarquía o categoría a la que se vieron privados de acceder por los años de servicios que no pudieron cumplir por su condición de víctimas, debiendo hacerse cargo el Estado de la integración de los aportes no ingresados desde la interrupción arbitraria de su prestación laboral hasta su reincorporación".

Por otro lado, los fiscales solicitaron que se "exhorte" a los poderes ejecutivos Nacional y Provincial para que señalicen y erijan sitios de memoria en los lugares donde funcionarion centros clandestinos de detención, "dándose participación a las víctimas en esa tarea", y que se requiera a las autoridades de las empresas donde funcionaron en su momento las empresas Propulsora Siderúrgica y la Destilería de YPF, y al Polígono industrial de Berisso, que "permitan erigir en sus instalaciones un monumento recordatorio de los hechos ocurridos".

En la misma línea, Schapiro y Nogueira pidieron que se "exhorte al Poder Ejecutivo Nacional para que en la Escuela Naval de Río Santiago se haga conocer de aquí en más a todos los cadetes que ingresan a realizar sus estudios, los crímenes cometidos en esos lugares durante la etapa del terrorismo de Estado". Y que se ponga en conocimiento la sentencia de las jurisdicciones nacional, provincial y municipal para que "evalúe la posibilidad de incorporar la explicación de los hechos ocurridos que han sido objeto de juzgamiento y los alcances de lo decidido por el Tribunal, del modo que consideren conveniente, en ciclos lectivos de instituciones educativas".