29 de marzo de 2024
29 de marzo de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
Menu
Requerimiento de elevación a juicio de la Unidad Fiscal Federal de La Plata
Pidieron juicio oral para Smart, Etchecolatz y otros policías por los crímenes en la Brigada de Lanús
La Fiscalía solicitó que se juzgue a seis acusados en total -entre ellos, el ex ministro bonaerense y el ex comisario- por los delitos cometidos contra 62 víctimas que estuvieron secuestradas en el centro clandestino de detención conocido como "El Infierno", a los que calificó como "genocidio y crímenes de lesa humanidad".

La Unidad Fiscal que interviene en los juicios por crímenes de lesa humanidad en La Plata requirió el juicio oral y público del ex ministro de Gobierno bonaerense, el abogado Jaime Lamont Smart; del ex director de Investigaciones de la Policía, Miguel Etchecolatz; de otros tres ex jefes policiales y de un cabo por los hechos de los que fueron víctimas 62 personas que estuvieron secuestradas durante la última dictadura cívico militar en la Brigada de Investigaciones de Lanús, situada en Avellaneda, conocida en el léxico de los represores como "El Infierno".

"'El infierno' se destacó por ser un lugar donde se practicó la tortura sistemática en condiciones de detención inhumanas, siendo la violencia sexual una modalidad integrada en el elenco de actos que convergieron en el intento deshumanizante de la persona detenida", describieron en la acusación -formulada el 9 de febrero pasado ante el Juzgado Federal N°3 de La Plata- los fiscales generales Marcelo Molina y Hernán Schapiro, y el fiscal ad hoc Juan Martín Nogueira.

La Brigada de Investigaciones de Lanús tenía su sede en la calle 12 de octubre N°234 de Avellaneda, donde hoy funciona el Espacio Municipal de la Memoria. "Se encontraba ubicada estratégicamente, de manera más o menos equidistante entre los centros clandestinos de detención que funcionaron en la subcomisaría de Don Bosco (“Puesto Vasco”) y la Brigada de Investigaciones de Quilmes (“Pozo de Quilmes”). De hecho, las detenidas y detenidos desaparecidas/os que pasaron por estos dos últimos centros clandestinos de detención, también estuvieron confinados en 'El Infierno'", remarcaron los fiscales. La dependencia policial se encontraba además bajo la jurisdicción militar del Regimiento de Infantería Mecanizada 3 de La Tablada, cuyo personal de inteligencia participaba de los interrogatorios a los prisioneros.

La Brigada de Investigaciones de Lanús tenía su sede en la calle 12 de octubre N°234 de Avellaneda, donde hoy funciona el Espacio Municipal de la Memoria.

Además de Smart (81 años) y de Etchecolatz (87), están acusados el ex director de la Dirección de Investigaciones Zona Metropolitana y ex jefe del Pozo de Bafienld, Juan Miguel Wolk (83); los ex jefe y subjefe de la Brigada de Lanús, Bruno Trevisán (87) y Rómulo Jorge Ferranti (80); y el ex cabo que trabajaba a sus órdenes, Miguel Ángel Ferreyro.

La Fiscalía los acusó de privación ilegal de la libertad, de aplicación de tormentos y de homicidio agravado. Por esta última calificación llegan acusados sólo Etchecolatz, Wolk y Smart. Molina, Schapiro y Nogueira señalaron que esos delitos tipificados en el derecho interno "alcanzan la categoría de crímenes contra el Derecho de Gentes, ello teniendo en cuenta el carácter atroz, masivo y sistemático de las violaciones a los derechos humanos cometidas contra la población civil, y el interés universal en su persecución y castigo". Y, por ese motivo, los calificaron como "actos de genocidio y crímenes de lesa humanidad" y formularon una acusación alternativa sobre ambas figuras, que estipulan que los hechos son imprescriptibles.

Trevisán y Ferranti ya fueron condenados por crímenes en "El Infierno". En 2013 el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°1 de La Plata los encontró responsables de las severidades y vejaciones sufridas en ese lugar por los hermanos Carlos, Rodolfo y Alejandro Iaccarino, calificación que fue modificada por tormentos dos años más tarde por la Cámara Federal de Casación. Estos hechos también se analizarán en este debate, pero por la responsabilidad que le cupo al resto de los imputados.

Entre las 62 víctimas cuyos casos se tratarán en este juicio, la Fiscalía identificó tres grupos particulares por la pertenencia: hay doce directivos y empleados del Hotel Liberty de Buenos Aires, dos trabajadores -Víctor Ventura y Esteban Reimer, ambos desaparecidos- de la Comisión Interna de Mercedes Benz y cinco de la fábrica de calefones SAIAR, de las cuales dos fueron desaparecidos: Héctor Alberto Pérez y Luis Adolfo Jaramillo. El cuerpo de este último fue identificado en 1990 en una tumba NN del cementerio de Avellaneda y este caso es el único de homicidio agravado que se abordará en el juicio.

"Las condiciones de detención padecidas en dicho lugar, incluían de manera sistemática la desnudez forzada y otras formas de violencia sexual", señaló la Fiscalía.

En el requerimiento de elevación a juicio los fiscales puntualizaron el caso de tres trabajares de SAIAR secuestrados que integraban un grupo que se resistía a la realización de horas extra no remuneradas. Narraron que, cuando los privaron de la libertad, los torturadores les preguntaban si se llamaban "Juan" o "Pedro". "El testigo refirió que en la época de los sucesos había una publicidad del régimen militar sobre el Plan Económico donde se mostraban a dos personajes, Juan y Pedro, quienes hacían y no hacían horas extras, respectivamente, y por tanto, obtenían o no progresos en términos económicos", citó la Fiscalía el testimonio de un sobreviviente.

Si bien los fiscales no acusaron a los imputados por delitos de índole sexual -hay otra causa en trámite en la que se investigan esos hechos-, remarcaron la necesidad de visibilizar en esta presentación prácticas "inescindibles de la propia situación de cautiverio en la que se encontraban las víctimas", pues "las condiciones de detención padecidas en dicho lugar, incluían de manera sistemática la desnudez forzada y otras formas de violencia sexual".

Citaron al respecto la declaración de una testigo víctima que refirió que los represores la "utilizaban como mujer en todo sentido" y que refirió que la puerta de su calabozo permanecía siempre abierta. "Esto implicó múltiples violaciones habituales por parte de los cabos de guardia y de los integrantes de la 'patota', y de otros abusos sexuales, como masturbaciones sobre su cuerpo", describieron los representantes del Ministerio Público Fiscal, y destacaron: "La víctima relató que en una oportunidad fue utilizada para probar un dispositivo de tortura que se introducía en la vagina y causaba quemaduras en el endometrio, con el fin de que 'no nazcan más hijos de puta'".

Al tratar la responsabilidad de Smart, único civil acusado, los fiscales repararon en su calidad de "funcionario de facto", que supo o debió saber "de la ilegitimidad de su nombramiento y de la ilegitimidad de los actos ejecutados en ocasión de su función, puesto que la Constitución histórica del Estado califica de sediciosa la acción de toda fuerza armada que se atribuya los derechos del pueblo".

"La contribución de la gobernación local y su ministerio -cuya función y ejercicio detentaron los imputados [el fallecido Ibérico] Saint Jean y Smart, respectivamente- fue indispensable para aumentar la plena eficacia de capacidad ofensiva del plan de represión y exterminio, habida cuenta que ambos no fueron sino un sub-sistema disponible y permanente encaminado a concretar, táctica y estratégicamente, la actividad ilícita y criminal organizada", acusaron.