28 de marzo de 2024
28 de marzo de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Recurso de la Unidad Fiscal de La Plata
Pozo de Quilmes: la Fiscalía recurrió en Casación el cese de la prisión preventiva de seis acusados por crímenes de lesa humanidad
El Tribunal Oral Federal N°1 de La Plata dispuso la libertad de cinco ex militares y del ex médico policial Bergés fundado en el tiempo que llevan detenidos y ante la "imposibilidad de momento" de fijar audiencia de debate. Los fiscales, que habían reclamado la convocatoria a juicio, se agraviaron porque no se les permitió dictaminar y advirtieron los riesgos de la libertad de los acusados. 

La Unidad Fiscal que interviene en los procesos por crímenes del terrorismo de Estado en La Plata recurrió ante la Cámara Federal de Casación Penal los ceses de prisión preventiva dispuestos por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°1 de esa ciudad para cinco ex militares de inteligencia y para el ex médico policial Jorge Antonio Bergés en la causa por secuestros, torturas, homicidios y apropiación de niños y niñas en el centro clandestino de detención Pozo de Quilmes.

Con las firmas de los fiscales generales Marcelo Molina y Hernán Schapiro, y del fiscal ad hoc Juan Martín Nogueira, la Unidad Fiscal reclamó ante Casación Federal que se reviertan las libertades dispuestas tanto para Bergés como para los ex integrantes del Destacamento 101 de Inteligencia del Ejército: el entonces segundo jefe de la repartición, Antonio Herminio Simón; el ex Jefe de la Sección de Contrainteligencia y posteriormente del Grupo de Actividades Especiales, Roberto Armando Balmaceda; el ex jefe de la Sección Central de Reunión, Emilio Alberto Herrero Anzorena; el ex jefe del Grupo de Actividades Especiales, Ricardo Armando Fernández; y el ex capitán de la Sección Central de Reunión, Gustavo Adolfo Cacivio.

El cese de las prisiones preventivas de todos ellos fue dispuesto por los integrantes del TOCF N°1 de La Plata Alejandro Esmoris, Pablo Vega y Germán Castelli, pero la medida no se hará efectiva hasta que quede firme. En su consideración, los jueces ponderaron el lapso que llevan de encierro preventivo y la "imposibilidad de momento" para fijar la fecha de debate oral.

La falta de fecha de debate es uno de los puntos centrales del recurso de la Fiscalía, que viene insistiendo hace años con la necesidad de fijar un cronograma y unificar causas que permitan la celebración de estos juicios. La Plata es una jurisdicción que tiene tres tribunales orales, pero el N°3 nunca fue integrado, el N°2 tiene dos jueces titulares y uno subrogante; y el N°1 no tiene jueces titulares.

La causa por los crímenes cometidos en el Pozo de Quilmes, la sede de la Brigada de Investigaciones, fue elevada a juicio el 30 de abril de 2015 y desde el 10 de agosto de ese año se encuentra radicada en el TOCF N°1. Su objeto procesal está compuesto por crímenes de lesa humanidad sufridos por 175 víctimas. En noviembre pasado la Cámara Federal de Casación prorrogó las prisiones preventivas por seis meses y ordenó la fijación de una fecha para la realización del debate. Pero el tiempo pasó y el tribunal no anunció una fecha.

Uno de los agravios fundamentales expresados por la Unidad Fiscal en su recurso tiene que ver con la imposibilidad que tuvieron los fiscales de dictaminar: en vísperas del vencimiento del plazo de seis meses, el TOCF N°1 les corrió traslado y los representantes del Ministerio Público solicitaron a los jueces, previo a expedirse sobre una nueva prórroga, que les informaran si en el transcurso de este año convocarían a audiencia de juicio. En lugar de dar las precisiones solicitadas por la Fiscalía, el tribunal consideró "desistida la voluntad de la parte de requerir la prórroga de la cautelar" (votos de Esmoris y Vega) y usó esa situación entre los argumentos para el cese de las prisiones preventivas.

Los fiscales señalaron que esa decisión "vulnera las facultades constitucionales y legales del Ministerio Público Fiscal dado que, en su carácter de órgano destinado a 'promover la actuación de la justicia en defensa de la legalidad de los intereses generales de la sociedad', requiere necesariamente dictaminar sobre bases verosímiles para fijar su parecer en torno a los derechos fundamentales en juego".

Por otro lado, y en cuanto a la efectiva libertad de los acusados, los fiscales Molina, Schapiro y Nogueira indicaron que "existen peligros de entorpecimiento y obstrucción de la justicia que podrían derivarse de la concesión del cese de prisión preventiva" y, al respecto, subrayaron "la gravedad de los crímenes que se investigan, y las complejas modalidades que se utilizaron para cometerlos, a lo que se suma el hecho cierto de que, si bien no está fijada aún la fecha de debate, procesalmente nos encontramos en los tramos previos a ello, habiéndose ya presentado el ofrecimiento de prueba por parte de los distintos actores".

Asimismo, los representantes del MPF sostuvieron que el tribunal no ponderó que el encierro preventivo de los acusados viene cumpliéndose bajo la modalidad de arresto domiciliario y no ha reparado en la jurisprudencia de la Corte Suprema en el caso "Mulhall", que -conforme a lo dictaminado por la Procuración General- sostuvo que "teniendo en cuenta las graves transgresiones a los derechos humanos que se le atribuyen al imputado, no parece violatorio de sus garantías fundamentales que continúe cumpliendo la prisión preventiva en su domicilio particular".

Por eso, razonaron los fiscales, "la prisión domiciliaria juega como una situación que atenúa las condiciones de encierro preventivo flexibilizando las consideraciones en orden a la razonabilidad del plazo de la detención en función de la gravedad de los crímenes y la proximidad de un juicio oral, al encontrarse la causa en ese estadio procesal".

"Tampoco resulta de recibo sostener, como pretenden los jueces, que en virtud de la etapa procesal en que se encuentra el expediente la libertad del encausado no 'dañaría' la pesquisa, cuando justamente lo que resta es la culminación del proceso, o sea, la realización de las audiencias de debate, situación que amerita el mantenimiento de la medida cautelar", añadieron los fiscales, al tiempo que remarcaron que la libertad de los acusados pondría en riesgo la obligación internacional del Estado Argentino de investigar, juzgar y sancionar los crímenes de lesa humanidad.