25 de abril de 2024
25 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Presentación de los fiscales generales Carlos Amad y Santiago Francisco Snopek
Salta: la Fiscalía pidió juicio oral para el ex juez Lona en la causa Ragone
El ex juez federal está acusado por prevaricato, encubrimiento y por no perseguir a los responsables, a quienes -indicaron los fiscales- garantizó impunidad. Ragone fue secuestrado y desaparecido el 11 de marzo de 1976. En el procedimiento, un hombre fue asesinado y una mujer fue herida.

Los fiscales generales Carlos Martín Amad y Francisco Santiago Snopek requirieron la elevación a juicio de la causa que tiene como acusado al ex juez federal de Salta Ricardo Lona, por las irregularidades cometidas en la investigación del secuestro y desaparición del ex gobernador de esa provincia Miguel Ragone; el homicidio del testigo del hecho, Santiago Catalino Arredes, y las lesiones de Margarita Martínez de Leal, quien también presenció el procedimiento de secuestro del ex mandatario.

La acusación contra Lona es por los delitos de prevaricato, omisión de promover la persecución y represión de los delincuentes y encubrimiento de los hechos cometidos en perjuicio de las víctimas, en carácter de autor. La calificación de los crímenes va en línea con los pronunciamientos judiciales previos en los que se procesó al acusado y que fueron confirmados en todas las instancias judiciales, aunque la Fiscalía considera que el ex magistrado fue además partícipe de los hechos que afectaron a las víctimas, es decir, de homicidio, privación ilegal de la libertad y de las lesiones.

El dictamen de los fiscales tiene 111 páginas y fue presentado ante el juez federal subrogante Fernando Poviña, que tiene a su cargo las causas que involucran a Lona. En marzo pasado, Amad y Snopek habían pedido al magistrado que clausurara la instrucción y les corriera el traslado previsto en el Código Procesal Penal de la Nación para solicitar la elevación a juicio.

Los fiscales destacaron que Lona cerró la investigación después de recibir el expediente policial, y que omitió pruebas relevantes, como citar a declarar a la testigo baleada durante los hechos.

En la presentación, los representantes el Ministerio Público Fiscal analizaron una serie de irregularidades cometidas en el curso de la investigación del atentado al ex gobernador. Ragone fue interceptado alrededor de las 8:00 del 11 de marzo de 1976 cuando conducía su Peugeot 504 poco después de dejar su casa. Los captores abordaron su automóvil, lo inmovilizaron y luego, desvanecido, lo tiraron en la parte posterior del vehículo. Mientras todo ocurría, la empleada de comercio Margarita Martínez y el comerciante Santiago Arredes, propietario de un almacén, salieron a la calle para ver qué ocurría. Arredes, incluso, salió en defensa de Ragone. Pero los captores dispararon contra ambos: mataron a Arredes de un disparo en el pecho e hirieron a Martínez con una ráfaga de ametralladora.

"Desaparecer o frustrar pruebas"

En concreto, Amad y Snopek concluyeron que Ricardo Lona omitió adoptar medidas procesales trascendentes para la pesquisa, indicaron que su accionar se desplegó mediante el control y selección de las medidas que debían adoptarse y la convalidación de irregularidades policiales, lo cual -explicaron- condujo a "hacer desaparecer o frustrar pruebas relevantes para llegar a identificar a los responsables" del atentado. En esa línea, pusieron de relieve que el ex magistrado clausuró de manera prematura la investigación, a pocas semanas de haber recibido el sumario policial.

Para remarcar la deficiente actuación judicial de Lona, los fiscales precisaron en la acusación que el entonces juez federal -el único que tenía la provincia en esa época- nunca citó al testigo que en la víspera de los hechos había advertido a Ragone que un comando había partido desde Córdoba en la noche anterior con el objetivo de asesinarlo. También remarcaron la omisión de Lona de citar a prestar declaración testimonial a las personas del entorno de Ragone y a la testigo Martínez de Leal, y la falta de investigación de las pistas que surgían de las circunstancias que rodearon los hechos.

Por otra parte, los fiscales sostuvieron que "Lona tenía pleno y pormenorizado conocimiento de las circunstancias históricas que rodearon la persecución y posterior secuestro y desaparición del Miguel Ragone" y que "ese conocimiento previo, aunado a las condiciones y el carácter sistemático de su actuación en la época, reforzaban la hipótesis de que cuanto menos el imputado se adaptó, toleró o prestó su asentimiento al plan criminal, conociendo que su comportamiento omisivo dejaba impune un magnicidio y los delitos conexos". Indicaron que, de esa forma, Lona se colocó "como en engranaje de la maquinaria estatal que posibilitó la concreción de las múltiples infracciones penales que involucraron este tipo de ataques masivos a la población civil".

"El imputado se adaptó, toleró o prestó su asentimiento al plan criminal", consideraron Amad y Snopek en la acusación.

En ese sentido, los fiscales sostuvieron que "la conducta omisiva del imputado" se insertaba "como el último eslabón necesario para el funcionamiento, en todos sus tramos, del plan sistemático de represión ilegal" para el cual el acusado brindó un "aporte de impunidad a los responsables del terrorismo de Estado".

"Su aporte a la empresa criminal es tanto más relevante cuanto que el magnicidio, y la persecución previa y posterior de personas vinculadas al ex gobernador, necesariamente tuvieron que operar como una señal muy potente para el conjunto de la población, y en particular para los grupos operativos que llevaban adelante la persecución de opositores políticos, que podían así tener plena libertad para obrar, desde el momento en que sabían que no serían investigados por el acusado", señalaron Amad y Snopek.

Al respecto, concluyeron que "esta falta de control sobre las fuerzas de seguridad que le hubiera correspondido al ex magistrado en un caso de tamaña relevancia, ocurrido días antes del golpe de estado, puso de manifiesto y significó en los hechos desmontar el último pilar del estado de derecho en la provincia de Salta, en el marco del proceso de descomposición de sus instituciones en aquella época".