16 de abril de 2024
16 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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La Cámara Federal declaró inadmisible un recurso extraordinario federal
Salta: rechazaron otro recurso del ex juez Lona contra la actuación del fiscal Azzolín
El ex magistrado imputado por crímenes de lesa humanidad pretendía el apartamiento del fiscal de la Procuración General, Horacio Azzolín, cuya actuación en la causa por la Masacre de Las Palomitas fue dispuesta por el ex procurador Righi y ratificada en dos instancias el año pasado.

La Cámara Federal de Salta rechazó otro recurso del ex juez federal Ricardo Lona por el que intentaba llegar a la Corte Suprema de Justicia para pedir el apartamiento y la nulidad de la actuación del fiscal de la Procuración General, Horacio Azzolín, en la causa donde se investiga la responsabilidad del ex magistrado en la matanza de once prisioneros políticos durante la denominada Masacre de Las Palomitas, en 1976.

El tribunal de alzada, que ya había confirmado la actuación del fiscal Azzolín en este caso, declaró inadmisible el recurso extraordinario interpuesto por la defensa oficial de Lona. Con la firma de los camaristas Carlos Jiménez Montilla, Juan Carlos Reynaga y Renato Rabbi Baldi Cabanillas, la Cámara consideró el 9 de diciembre pasado que "los motivos del recurso sólo trasuntan la mera disconformidad del recurrente por la suerte adversa que éste obtuvo" en su planteo y sostuvo que la defensa no había logrado demostrar ninguno de los supuestos para que fuera admitido el recurso extraordinario federal: que la resolución "genere un agravio o perjuicio de imposible reparación ulterior, como así tampoco que lo decidido ponga fin a la causa, ni que la sentencia atacada importe un apartamiento de la normativa aplicable".

Lona pretendía llegar a la Corte con el planteo de que Azzolín no se encontraba legalmente facultado para participar de manera autónoma en el expediente. La designación del fiscal había sido dispuesta por el ex procurador General Esteban Righi mediante la Resolución MP 66/2010, ante la contingencia que presentó la excusación o recusación de tres fiscales de aquella jurisdicción.

Al momento de convalidar la actuación del fiscal en la causa, tal como lo hizo en primera instancia el juez Fernando Poviña, los camaristas sostuvieron que la designación de Azzolín fue "de conformidad con las normas" y que "no se avizora" que su intervención "constituya una extralimintación o exceso en las facultades conferidas para actuar como representante del Ministerio Público Fiscal, máxime si, como es de público conocimiento, los fiscales que estarían en condiciones de actuar en causas que tienen a Ricardo Lona como imputado, se excusaron o fueron recusados de intervenir".

Los camaristas además ponderaron la calidad de Azzolín como fiscal de la Procuración General de la Nación. La Ley Orgánica del MPF en su artículo 33 inciso G habilita especialmente a ese tipo de magistrados a intervenir sin los fiscales titulares.

Azzolín intervino por primera vez en la causa en noviembre de 2012 pero fue cuestionado recién por la defensa de Lona el 27 de febrero de 2014, cuando el imputado compareció frente al juez Poviña y al propio fiscal en el marco de su primera declaración indagatoria. En aquél momento Azzolín advirtió que ese cuestionamiento era "un nuevo intento de impedir el avance de la investigación".

El sometimiento a juicio del ex juez federal, actualmente detenido y procesado, es parte de un largo proceso de siete años, en el que llegó a intervenir hasta la Corte Suprema de Justicia, que ordenó a la Cámara Federal que declare nulo el sobreseimiento con el que el ex magistrado había sido beneficiado en 2007.