29 de marzo de 2024
29 de marzo de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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El caso de Patricia Roisinblit y José Manuel Pérez Rojo
San Martín: pidieron penas de 25 y 20 años de prisión a tres acusados en el juicio por la desaparición de una pareja
El fiscal Martín Niklison pidió las penas más altas para el ex comandante de la dictadura, Omar Graffigna, y para el jefe de inteligencia, Luis Trillo, y 20 años de prisión para el espía civil Francisco Gómez. Los acusó por privación ilegal de la libertad y tormentos. Remarcó la gravedad de que los familiares de las víctimas nunca pudieron hacer el duelo.

El fiscal Martín Niklison pidió hoy al Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°5 de San Martín que condene a 25 años de prisión al ex comandante de la Fuerza Aérea, Omar Domingo Rubens Graffigna, y al ex jefe de la Regional de Inteligencia de Buenos Aires (RIBA), Luis Tomás Trillo, y la imposición de 20 años de prisión para el ex civil de inteligencia Francisco Gómez, en el marco del juicio oral por la privación ilegal de la libertad y los tormentos que sufrieron los militantes montoneros Patricia Julia Roisinblit y José Manuel Perez Rojo.

Niklison, acompañado por el equipo de trabajo de la Unidad de Asistencia para causas por violaciones a los derechos humanos durante el terrorismo de Estado, culminó así su exposición en el juicio en el que por primera vez podría ser condenado Graffigna, ex miembro de la segunda junta militar de la última dictadura, que salió absuelto en el histórico juicio de 1985. Tanto para el ex comandante como para su subordinado Trillo el fiscal reclamó la revocación de las prisiones domiciliarias que vienen gozando.

La RIBA fue el escenario de los crímenes que padecieron Roisinblit y Pérez Rojo entre octubre y noviembre de 1978. El organismo fue la central de espionaje de la Fuerza Aérea. Funcionó en Morón, en el Oeste del Gran Buenos Aires, en la denominada subzona militar 16.

El organismo estuvo a cargo en ese momento de Trillo. Por sus roles, la Fiscalía consideró a este último y a Graffigna coautores mediatos. En tanto, el agente Gómez fue acusado en carácter de coautor directo de los crímenes. El civil de inteligencia fue quien sustrajo al hijo (recuperado) de la pareja desaparecida, hecho por el que fue condenado en 2005.

En efecto, en su alegato de hoy el fiscal Niklison recordó aquella condena y en el petitorio final requirió "la extracción de testimonios a fin de que se investigue la participación que le cupo al imputado Graffigna en el delito de sustracción, retención y ocultación del entonces menor Guillermo Rodolfo Pérez Roisinblit".

Para octubre de 1978, José Manuel Pérez Rojo y Patricia Julia Roisinblit tenían 25 años y una hija, Mariana, de sólo quince meses de edad. Patricia estaba embarazada de ocho meses y cursaba las últimas materias de la carrera de medicina. Pérez Rojo tenía un negocio de artículos de juguetería y cotillón junto a su socio Gabriel Pontnau, quien también fue secuestrado y por cuyo caso pidió hoy Niklison que se abra una investigación. La pareja militaba en la columna oeste de la organización Montoneros donde a José lo conocían como “Matías” y a Patricia por “Mariana”.

Aviadores represores

Al acusar a Graffigna, Niklison recorrió la trayectoria del acusado en la Fuerza Aérea y remarcó que "su compromiso con la dictadura cívico-militar es indudable y por lo tanto su responsabilidad por el plan sistemático de secuestro-tortura y desaparición de miles de personas también lo es, aunque aquí sólo se lo esté juzgando por estos dos casos". El fiscal atribuyó a "la impunidad de tantos años" y a "la caótica forma en que se han ido tramitando estas causas" el hecho de que el ex comandante llegara a juicio "ahora y sólo por estas dos personas".

El fiscal recordó además que en el juicio por el plan sistemático de apropiación de niños y niñas el objeto procesal contó con tres casos que fueron perpetrados en centros clandestinos de detención de la Fuerza Aérea, entre ellos el de Pérez Roisinblit. "En ese juicio histórico hubo una ausencia muy notoria: los responsables de la fuerza aérea. Hoy Gómez y Graffigna están siendo juzgados por los hechos de que fueron víctimas José Manuel y Patricia, pero Gómez en su momento fue condenado por apropiarse de Guillermo mientras que ningún mando ha sido juzgado por ese hecho", indicó el fiscal.

Niklison calificó los crímenes de los que fueron víctimas Pérez Rojo y Roisinblit como privación ilegal de la libertad triplemente agravada por haber sido cometida por funcionario público y mediar violencia o amenazas y por haberse extendido por más de un mes, y como tormentos doblemente agravados por haber sido cometidos por un funcionario público y por la condición de perseguido político de la víctima.

Al momento de mensurar las altas penas requeridas, el fiscal indicó que los hechos tienen la entidad de crímenes de lesa humanidad, "conductas que la comunidad internacional ha considerado de extrema gravedad por tratarse de actos criminales que afectan a toda la humanidad ya que se está utilizando el poder del aparato estatal creado para asegurar la convivencia entre las personas con un objetivo totalmente opuesto, consistente en dañar severamente diversos bienes en forma sistemática y generalizada, garantizando mediante ese poderío la impunidad de los autores y sus cómplices", describió.

"Quienes han cometido estos gravísimos hechos se encontraban ocupando diferentes cargos en la Fuerza Aérea para brindar seguridad a la población y defendernos de eventuales ataques externos y no sólo usaron esos cargos para imponer su visión de la sociedad y defender a determinados intereses sino que además lo hicieron de la forma más salvaje y brutal que a nadie pudo ocurrírsele", destacó el fiscal en la acusación.

Cosas por su nombre

Niklison se preguntó "cómo mensurar el daño causado a los familiares de las víctimas" y recordó los testimonios de la madre de Patricia, Rosa Tarlovsky, y de los hijos de la víctima Mariana y Guillermo, a quienes se "ha impedido la elaboración plena del duelo".

"Mariana fue elocuente cuando los defensores le preguntaron si consideraba a los imputados sus enemigos. 'Para ellos mi familia era el enemigo, la destruyeron, una destrucción que continúa hasta hoy. Ustedes acá lo que van a ver no es la estampa de una familia feliz buscando justicia, ustedes lo que van a ver acá es una familia destruida, que llega a esta instancia como puede, cada uno de nosotros como puede, ellos nos han tratado a nosotros como el enemigo'", citó el fiscal el testimonio, y en ese sentido remarcó: "Los acusados pudieron mitigar en alguna medida ese dolor, pudieron ayudar a que se complete el duelo, incluso pueden hacerlo ahora luego de haberlos escuchado. Sin embargo no lo han hecho y eso debe ser tenido en cuenta al momento de condenarlos pues el silencio sobre el destino de sus víctimas es también una forma de tortura para sus seres queridos".

El fiscal luego se refirió a la "ficción" de la acusación de privación ilegítima de la libertad -que no puede modificarse a esta altura del proceso sin afectar las garantías de los acusados- de víctimas que están desaparecidas hace 38 años. "No pretendo con lo que estoy diciendo fundar una acusación por homicidio, ni meterla de contrabando. Sé perfectamente que no hay posibilidad alguna en este juicio; ya lo dije, el tema no se mencionó ni siquiera en un breve párrafo de alguna resolución o dictamen. Lo menciono en esta parte, correspondiente a la mensuración de la pena, porque tengo la convicción de que esto no puede ser olvidado al momento de fijar la pena y que unido a los anteriores argumentos justifica que se aplique la máxima pena", señaló.