24 de abril de 2024
24 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
Menu
Primera jornada del alegato de la fiscalía en el juicio por la Operación Cóndor
"Un ejemplo de que la atrocidad no tiene límites geográficos ni de nacionalidades"
El fiscal Ouviña comenzó hoy con la exposición en el juicio a 18 acusados por crímenes de lesa humanidad en el marco de una asociación ilícita sin fronteras integrada por funcionarios de naciones del Cono Sur. "No estamos en presencia de delincuentes comunes", dijo.

En el comienzo de lo que será una extensa exposición, el fiscal general Pablo Ouviña definió hoy la Operación Cóndor como "una creación delictiva de Estados delictivos, que emplearon y coordinaron sus estructuras para la comisión de los más graves crímenes contra la humanidad", en la fase final del juicio que ya lleva más de dos años de audiencias para juzgar las responsabilidades de 18 acusados en el funcionamiento de la asociación ilícita transnacional puesta en marcha por las dictaduras de los '70 en el Cono Sur para perseguir disidentes políticos más allá de las fronteras de cada país.

En el juicio, a cargo del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°1, se juzgan los casos de 174 víctimas -la mayoría de ellas, extranjeras- de las coordinación represiva de las dictaduras argentina, uruguaya, paraguaya y chilena en la década del '70.

En la introducción de su alegato, el fiscal explicó la diferencia entre los delitos "comunes" y los juzgados en este juicio, que "surgieron de un plan sistemático y racional" y que fueron perpetrados a través de "un aparato de poder estatal para aniquilar a un número indeterminado de personas", en el marco de una "asociación ilícita estatal".

"No estamos en presencia de delincuentes comunes", dijo en ese sentido.

Explicó además que en todos los juicios por este tipo de crímenes la justificación de los perpetradores es que estaban "en una guerra sucia", que sus enemigos no respetaban las reglas tradicionales de ese conflicto y que, por ese motivo, "se consideraron liberados de la obligación de respetarlas ellos mismos".

Ouviña citó el alegato del fiscal del Juicio a las Juntas, Julio Strassera, cuando se preguntó si las torturas, la violación de domicilios, el robo de pertenencias y otros delitos eran actos de guerra, y se respondió que fueron "actos criminales comunes que nada tienen que ver con la guerra".

El fiscal agregó que en este caso se trató de "una asociación en la que pese a sus diferencias históricas, intervinieron varios países bajo un objetivo común" para lo cual "desdibujaron sus fronteras, pues eran límites para la persecución". En ese contexto, describió, hubo traslado de víctimas de una nación a otra, lo cual constituyó además "una gravísima violación a la garantía de no devolución consagrada en el derecho de gentes".

Ouviña describió la historia de la causa y las dificultades para avanzar en la pesquisa desde sus inicios en la década del '90 y puso de relieve que para este debate se unieron en un mismo juicio las causas más significativas, se expandió la búsqueda de testigos incluso fuera del país, de miles de documentos y de causas conexas, y se buscó y se obtuvo prueba suplementaria de cientos de delitos elevados a juicio.

Entre los logros de la ardua tarea investigativa, Ouviña ponderó que logró visualizarse cómo la sucesión de golpes militares en la región determinaron "oleadas migratorias de refugiados y exiliados que escapaban de la persecución; y cómo el acoso prosiguió fuera de las fronteras".

El fiscal dijo que con las pruebas se pudieron definir los objetivos de la Operación Cóndor: la especial persecución y búsqueda de aniquilamiento de los dirigentes; la persecución a los cuadros medios y de base de las organizaciones; la búsqueda de la expropiación de sus recursos económicos; y el desprestigio internacional de las organizaciones por medio de campañas de acción psicológica.

Ouviña puntualizó que fue "un ejemplo de particular interacción por un objetivo común, que hizo pasar a segundo plano las históricas hipótesis de conflicto entre diversos países". "Cóndor es un ejemplo de que la atrocidad no tiene límites geográficos ni de nacionalidades", añadió.

Al momento de señalar al tribunal cómo debería valorar la prueba, el fiscal explicó las estrategias ensayadas por los acusados para desvirtuar el valor de las declaraciones testimoniales y adoptó una posición ya validada en diferentes juicios: "Los testimonios prestados en este debate por las víctimas se encuentran, en consecuencia, en un lugar de privilegio como fuente de convicción, tanto por el tiempo transcurrido como, sobre todo, por el marco clandestino de encubrimiento: son los que estuvieron dentro del terror y han sobrevivido para contarlo".

Otro de los puntos que abordó el fiscal fue la incidencia de objetos procesales fragmentados en las declaraciones testimoniales en el marco de la complejidad que tuvo históricamente el abordaje de estos hechos. Explicó al respecto que "la fragmentación de las causas llevó a realizar cuestionarios parciales y a forzar manifestaciones parciales de los testigos" e indicó que que si en declaraciones previas estos no se refirieron a otros aspectos de los hechos o a otras personas "simplemente fue porque no se les preguntó y porque el giro del relato tuvo otra dirección".

Por otro lado, hizo relación al respaldo documental que tuvo la investigación y enumeró las fuentes de información: el archivo de la ex Dirección de Inteligencia de la Policía bonaerense (DIPBA), el Archivo del Terror de los organismos represivos paraguayos, documentos de las fuerzas armadas argentinas, documentos de la ex Secretaría de Inteligencia (SIDE), documentos producidos por organismos de los Estados Unidos, el archivo del ex agente chileno de inteligencia Enrique Lautaro Arancibia Clavel, informes de comisiones investigadoras de todos los países de la región, documentos del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), archivos de organismos de derechos humanos como la Vicaría de la Solidaridad de Chile y causas judiciales.

En ese contexto, el fiscal requirió al tribunal que adopte como pauta de interpretación que "cada hecho traido a debate" no fue individual sino que "formó parte de un todo", es decir, que cada elemento de juicio "es prueba común a todos los hechos", que integraron "el plan de exterminio masivo de una parte de la población de la región".

El fiscal Ouviña recurrió a documentos y a testimonios de expertos para narrar las bases de ideológicas y metodológicas de la Operación Cóndor, y al respecto señaló que se sustentó en dos fuentes "que se complementan": la Doctrina de la Seguridad Nacional y la denominada "Escuela Francesa".

La primera dio basamento ideológico a la teoría del "enemigo interior", mientras que la segunda sirvió para la organización de la represión, el control de la población, la ejecución de tareas de acción psicológica y la comisión de los más variados y graves delitos para la eliminación de aquél enemigo, entre ellos la desaparición de sus cuerpos.

"La ideología y los métodos fueron comunes a estos Estados Terroristas. La identidad de intereses los llevó a coordinar sus acciones en la creación de una asociación criminal", concluyó hoy Ouviña la primera jornada del alegato.