24 de abril de 2024
24 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Por la presencia de niños y niñas que podrían tener afectados sus derechos luego del desalojo
Barrio Papa Francisco: dictaminaron que intervenga la justicia nacional en lo Civil
Lo señaló el procurador fiscal ante la Corte Eduardo Casal. Entendió que, luego del desalojo ordenado por la justicia de la ciudad de Buenos Aires, debía averiguarse en qué situación se encontraban los niños y niñas que quedaron en la vía pública en situación de desamparo. Agregó que, de subsistir la situación, deberían tomarse medidas urgentes que aseguren “los derechos de los niños que aparezcan afectados”.

El procurador fiscal ante la Corte Eduardo Casal dictaminó que corresponde al Juzgado Nacional en lo Civil N°4 debe continuar interviniendo en la causa iniciada a raíz del desalojo dispuesto por la justicia de la Ciudad de Buenos Aires de un predio en el que se había asentado el barrio conocido como “Papa Francisco”. Esto, explicó el representante de la Procuración General, se debía a que, luego de ejecutada la medida, “se alertó sobre la situación de un grupo de niños que tras el desalojo permanecía en la vía pública en situación de desamparo, por lo que fueron remitidos testimonios que dejaban constancia de ello a la justicia nacional en lo civil, para que ordenara las medidas de protección que estimara correspondientes”.

En su momento, la juez nacional había declinado la competencia a favor del tribunal de la ciudad que dispuso el desalojo por considerar que era el que, por su más amplio conocimiento de la situación, se encontraba en mejores condiciones de atender a las consecuencias derivadas de la medida que ordenó.

Sin embargo, la magistrada de la ciudad rechazó la atribución. Para esto, tomó los fundamentos expresados por el fiscal de la Ciudad de Buenos Aires que intervino, quien había afirmado que si bien la justicia local se encontraba legalmente habilitada para conocer acerca de esa situación, no correspondía plantear un conflicto con base en una cuestión que ha devenido abstracta, debido a que “en el predio desalojado y sus adyacencias ya no se registra la presencia permanente de personas, ni existen restricciones para la circulación de los vecinos”.

Casal puntualizó que la problemática sobre la que trata este conflicto presenta aspectos que bien pueden dar lugar a la intervención de la justicia nacional en lo Civil de la Capital o al poder judicial de la ciudad y demás instituciones auxiliares de la justicia local. “Tal como es señalado por el señor Defensor de Menores, la presencia en la vía pública de menores de edad separados de sus padres o sin el cuidado de un adulto responsable suscita la competencia del fuero de familia, pero también es el tipo de situación que justifica la intervención de la Asesoría General Tutelar de la ciudad ante los tribunales locales, en especial cuando el conflicto deriva de alguna manera de las medidas adoptadas por los últimos, como acontece en este caso”, agregó.

De esa manera, el procurador fiscal indicó que “para la resolución de este conflicto no corresponde sujetarse en demasía a consideraciones de fondo, sino privilegiar, dentro del margen de apreciación que la ley admite, la solución que asegure una mejor, más expedita y uniforme administración de justicia”.

Por eso, entendió que le correspondía al juzgado nacional “determinar, como parte de las averiguaciones mínimas indispensables que deben preceder a una declaración de incompetencia, si su objeto está referido a una situación subsistente y, en su caso, tomar las medidas urgentes que considere necesarias para asegurar los derechos de los niños que aparezcan afectados”.