24 de abril de 2024
24 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
Menu
Tras un fallo de la justicia de Corrientes
Dictaminan que no prescribió la causa contra el diputado Aguad por administración fraudulenta
El Procurador Fiscal ante la Corte, Eduardo Casal, recomendó al máximo tribunal que desestime el recurso presentado por el diputado nacional Oscar Aguad, a quien la justicia investiga por el destino dado a un crédito cuando se desempeñaba como interventor de la capital correntina.

Casal consideró que la Corte debería desestimar el recurso en queja presentado por el diputado Aguad, en el marco de una causa en la que es investigado por posibles delitos cometidos en perjuicio de la administración pública cuando se desempeñó como interventor de la ciudad de Corrientes.

La causa llegó hasta esta instancia luego del fallo del Superior Tribunal de Justicia de Corrientes que hizo lugar a un recurso interpuesto por la Municipalidad–en carácter de querellante-, mediante el cual dispuso el procesamiento del legislador nacional.

La defensa del diputado cordobés buscó impugnar el fallo del Tribunal provincial al señalar que se mantuvo una persecución penal “ilegítima”, luego de que una resolución de los jueces de Cámara (la instancia previa) lo sobreseyera por prescripción. Además, desechó la idea de que se trate de un caso “excepcional”, y alegó que resultaría “dogmático pretender fundamentar la gravedad del delito exclusivamente en el presunto perjuicio de la administración pública provincial”.

Pero sobre la prolongada duración de la causa invocada por la defensa de Aguad, Casal consideró que ese proceder permite inferir que “estuvo supeditada al resultado de las decisiones jurisdiccionales adoptadas en las distintas instancias, más que a demostrar que la demora que le atribuye a la instrucción tendría, por sí sola, entidad suficiente para generar una restricción del derecho constitucional a no sufrir dilaciones indebidas”.

“Repárese en este contexto, que el recurrente [por la defensa] no alcanza a explicar por qué entiende que el lapso transcurrido desde el inicio de la causa podría resultar excesivo”, agregó Casal. Y añadió: “Más allá de esa defectuosa demostración, no puede pasarse por alto que el a quo [en referencia al Tribunal correntino], sin desconocer el dilatado trámite de la causa (…), encomendó al juzgado de origen la adopción de los recaudos procesales necesarios para resolver la situación” de los imputados.

Así, tras reseñar los antecedentes de la causa, el representante del Ministerio Público Fiscal convalidó la sentencia del Superior Tribunal de Corrientes, al afirmar en que entre sus fundamentos incluye un “análisis desde la óptica del convenio internacional en materia de corrupción suscripto por el país (ley 24.759), aspecto que ni siquiera refutó el apelante”.