25 de abril de 2024
25 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Dictamen ante la Corte Suprema
La Cámara Federal de Seguridad Social debe resolver sobre jubilaciones de la Armada
Así lo dictaminó la Procuradora General de la Nación, quien destacó que las demandas sobre aplicación de regímenes de retiro, jubilaciones y pensiones deben ser en todos los casos resueltas por ese tribunal. Los demandantes pedían un ajuste de sus jubilaciones.

La Procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó, dictaminó que la Cámara Federal de Seguridad Social debe resolver cuestiones vinculadas con haberes jubilatorios que reclama el personal retirado de la Armada Argentina, ya que se trata de cuestiones íntimamente relacionadas con la seguridad social.

El caso se inició cuando el personal retirado de la Armada inició una causa contra el Estado Nacional, el Ministerio de Defensa, la Armada Argentina y el Instituto de Ayuda Financiera por el pago de retiros y pensiones militares. Los demandantes pretendían que se recalculara su haber jubilatorio y se le abonaran las sumas que resultarían adeudadas a raíz del reajuste reclamado.

En un primer momento, intervino la justicia federal de San Martín, que se declaró incompetente y remitió la causa a la Cámara Federal de Seguridad Social. Este último tribunal consideró que el tema que se debatía excedía a su competencia, por lo que también resolvió que no le correspondía tratar la causa.

Sin embargo, la Procuradora entendió que las causas que versan sobre la materia de evidente naturaleza previsional, "entre ellas, las demandas que versen sobre la aplicación de los regímenes de retiros, jubilaciones y pensiones de las fuerzas armadas y de seguridad", es la Cámara Federal de la Seguridad Social el tribunal de alzada que debe resolverlas. Lo anterior, para la titular del MPF, se debe, entre otras cosas, a que "es a partir de los recursos de casación, inconstitucionalidad y revisión que se deduzcan contra sus sentencias que intervendrá la nueva Cámara Federal y Nacional de Casación del Trabajo y la Seguridad Social”.

Asimismo, Gils Carbó sostuvo que, en caso de decidir lo contrario, "resultaría que un gran número de causas en las que se debaten cuestiones íntimamente relacionadas con la seguridad social —como acontece en este caso— quedarían fuera de la órbita de conocimiento de ese tribunal de casación, por haber sido resueltas por las cámaras federales del interior". Y esas sentencias, destacó la procuradora, no serán revisadas por la Cámara Federal y Nacional de Casación del Trabajo y la Seguridad Social.