20 de abril de 2024
20 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Está alojado en un sanatorio psiquiátrico de la ciudad de Córdoba
Médicos forenses nacionales deberían evaluar el estado de salud de Patricio Fontanet antes de trasladarlo al penal de Ezeiza
Lo dictaminó Eduardo Casal en el marco de una competencia que se trabó entre el tribunal oral porteño que lo había condenado y el juzgado cordobés que dio curso a la internación psiquiátrica en esa provincia. Para el procurador fiscal ante la Corte Suprema, antes de efectuar cualquier decisión sobre el traslado del cantante de “Callejeros”, resulta necesario contar con la evaluación de los médicos forenses de la justicia nacional.

Luego de que quedara firme la condena contra el músico Patricio Fontanet, el músico fue internado en un sanatorio psiquiátrico de la ciudad de Córdoba. A raíz de esto, el tribunal oral porteño que lo había condenado solicitó al juzgado de Control de Séptima Nominación de Córdoba la extradición y traslado del músico al Complejo Penitenciario Federal I de Ezeiza.

En abril de este año, el juez cordobés suspendió el traslado “hasta tanto el estado de salud mental [de Fontanet] lo permita”. Con esto, agregó el magistrado, buscaba cumplir con el pedido del tribunal porteño sin poner en riesgo la salud del condenado. El tribunal oral, sin embargo, consideró que el cuadro psicofísico de Fontanet no impedía llevarlo de un lugar a otro, y que el juez de Córdoba excedía su competencia al no permitirlo.

Al momento de dictaminar, el Procurador Fiscal ante la Corte Suprema, Eduardo Ezequiel Casal, consideró que antes de hacerse efectiva cualquier decisión acerca del traslado, resultaba necesario contar con un examen de los médicos forenses de la justicia nacional. Allí debería analizarse el estado de salud física y psíquica actual del cantante de “Callejeros”. El informe médico, según el magistrado del MPF, además debería considerar las implicancias y riesgos concretos que habría en el caso de concretarse el traslado, así como también sobre el lugar de alojamiento. Con esto, para Casal, se podría proveer lo que correspondiera en el penal de Ezeiza para alojar a Fontanet. Al mismo tiempo, no se vulnerarían derechos humanos de las personas privadas de su libertad consagrados en la Constitución Nacional.

El procurador fiscal tomó esa decisión luego de evaluar los antecedentes del caso. A partir de ese estudio, comprobó que si bien uno y otro tribunal habían adoptado decisiones contradictorias, ambas resoluciones se basaban en el mismo informe médico. De esta manera, para Casal, la diferencia de criterio sólo se explicó en virtud de las posibles interpretaciones divergentes que cada órgano había realizado del único informe médico que existía.

Más adelante, el procurador fiscal entendió que, como el músico se encuentra a disposición del órgano judicial porteño, sólo este tribunal podría evaluar las recomendaciones médicas para resolver su traslado y lugar de alojamiento. Sin embargo, añadió Casal, esto recién lo podrían hacer luego de la evaluación del Cuerpo Médico Forense de la Justicia Nacional. De esta manera, para el magistrado del MPF, se actuaría del modo más adecuado para asegurar tanto los derechos del condenado como el interés social en que Fontanet cumpla la pena de acuerdo con la ley.