28 de marzo de 2024
28 de marzo de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Dictamen del Procurador Fiscal ante la Corte Suprema
Piden confirmar la condena al ex presidente del Banco Austral por defraudar a ahorristas
Se trata de Carlos María Ganduglia, que había sido sentenciado a la pena de cuatro años y seis meses de prisión. La defraudación también se había extendido contra el Banco Central. Casación confirmó el veredicto y por eso el procurador Casal entendió que el condenado había visto satisfecho su derecho a una revisión amplia de la sentencia.

El procurador Fiscal ante la Corte Suprema, Eduardo Casal, dictaminó que corresponde desestimar el recurso extraordinario presentado por la defensa de Carlos María Ganduglia, ex presidente del Banco Austral, y por lo tanto solicitó que quedara firme la sentencia.

Ganduglia había sido condenado por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°1 de la Ciudad de Buenos Aires a la pena de cuatro años y seis meses de prisión. Los jueces lo habían encontrado culpable de defraudación a ahorristas y al Banco Central.

Ante ese fallo, la defensa del imputado había presentado un recurso ante la Cámara Federal de Casación Penal con el objetivo de que se reviera la pena. El tribunal de alzada hizo lugar parcialmente al pedido y modificó un aspecto de la calificación legal de los hechos correspondientes a la causa en la que se investigaba la defraudación contra el Banco Central. Sin embargo, no varió el monto de la pena.

Por este motivo, los abogados de Ganduglia presentaron un recurso extraordinario, lo que motivó el dictamen de Casal ante la Corte Suprema.

Uno de los argumentos de la defensa del ex presidente del Banco Austral señalaba que el tiempo demorado en arribar a la condena habría violado su derecho fundamental a ser juzgado en un plazo razonable. Sin embargo, Casal entendió que no habían logrado contrarrestar lo establecido tanto por el Tribunal Oral como por Casación en cuanto a que la extensión del proceso se había basado no por la cantidad de acusados, sino por la pluralidad de víctimas afectadas, la diversidad y complejidad de los hechos imputados, las distintas jurisdicciones nacionales involucradas en las maniobras (Argentina, Brasil, Uruguay, Estados Unidos, Gran Caimán), entre otros aspectos relativos al trámite de la causa.

En segundo lugar, la defensa alegó que al modificar parcialmente la calificación legal de la condena dictada por el Tribunal Oral, la Cámara frustró el derecho del condenado a obtener una revisión amplia de la sentencia condenatoria, que garantiza la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Sobre este aspecto, el procurador fiscal explicó que el tribunal de alzada había modificado un aspecto marginal de la sentencia de condena dictada por el Tribunal, “al variar sólo la evaluación de la clase de fraude imputado […] en uno de los dos grupos de hechos atribuidos al condenado. El cambio, a su vez, no tuvo impacto en la escala penal aplicable, pues el artículo 174, inciso 5, del Código Penal, que establece la sanción para quien comete fraude en perjuicio de alguna administración pública, no distingue entre las distintas clases típicas de comportamiento fraudulento”.

En total contraste con los hechos del caso "Chambla" -en el que Casación modificó drásticamente la condena del Tribunal Oral, variando por completo la calificación legal, aumentando en más de tres veces el monto de la pena originalmente impuesta y agravando su forma de ejecución-, en el proceso actual, Casal remarcó que el condenado Ganduglia vio satisfecho su derecho a una revisión amplia de la sentencia por la que se lo condenó.

Para esto, recordó que, efectivamente, “luego de la condena, la defensa instó un procedimiento de casación que, tras revisar todos y cada uno de los puntos sobre los que versó su impugnación, confirmó prácticamente todo el pronunciamiento de mérito y sólo ajustó, en línea con lo solicitado por el apelante, un aspecto parcial de la calificación legal de un grupo de los hechos sobre los que recayó la condena”.