28 de marzo de 2024
28 de marzo de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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En la Justicia Nacional de la Ciudad de Buenos Aires y en lo Penal Económico
Salidas transitorias: solo el 7% de los detenidos con sentencia firme están bajo ese régimen
El dato surge de un informe de la Unidad Fiscal de Ejecución Penal a cargo de fiscal Guillermina García Padín.

La Unidad Fiscal de Ejecución Penal (UFEP) presentó un informe en el que analiza la situación de los condenados por la justicia nacional de la ciudad de Buenos Aires y en lo penal económico que se encuentran bajo salidas transitorias. De allí se desprende que, a diciembre de 2016, de las 3107 personas con prisión de efectivo cumplimiento, 212 se encuentran bajo ese régimen, lo que representa un 7% del total.

La ley N°24660 de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad prevé la incorporación de una persona detenida al régimen de salidas transitorias en base a cuatro requisitos fundamentales. El primero de ellos es haber cumplido la mitad de la condena, en penas temporales, o quince años de prisión en penas perpetuas. Tampoco debe tener causas en trámite en la que interese su detención u otra condena pendiente, así como debe tener una conducta ejemplar. Por último, debe poseer la opinión favorable por parte del consejo correccional.

En el caso de personas condenadas por delitos de abuso sexual y corrupción de menores, la ley 26.813 (promulgada el 10 de enero de 2013) agregó otros dos requisitos: la confección de un informe por parte del equipo interdisciplinario del Juzgado de Ejecución y la necesidad de informar a la víctima la situación planteada para poner a su disposición, en caso de que así lo decidiere, la posibilidad de ser escuchada en el marco del proceso, ya sea por sí o a través de su representante legal.

Además, los egresos transitorios pueden ser concedidos para cursar estudios de educación general básica, polimodal, superior, profesional y académica de grado así como también para participar en programas específicos de prelibertad ante la inminencia del egreso por libertad condicional, asistida o por agotamiento de condena. Otro de los motivos es para que el detenido afiance y mejore los lazos familiares y sociales.

En el informe de la UFEP, a cargo de la fiscal Guillermina García Padín, se destaca que, si se tienen en cuenta los objetivos del Ministerio Público Fiscal, sería pertinente que la ley regule de manera concreta la posibilidad de exigir el tránsito previo por salidas transitorias antes de la libertad definitiva, sin que ello genere supuestos de aplicación automática sin el previo cumplimiento de los requisitos antes mencionados. Estos mismos son los que permiten merituar el eficaz avance de las personas detenidas en el marco de la progresividad que justificará, en definitiva, su promoción hacia mayores niveles de autogobierno.

La UFEP resalta en su informe que, al analizar la situación de las personas condenadas por determinados delitos, consideran fundamental atender a la participación de las víctimas, en cuanto a ser escuchadas e informadas. Hace hincapié en que prestan especial atención a quiénes han sido víctimas de delitos que involucran violencia de género y que afectaron su integridad sexual, así como también en los supuestos de delitos especialmente graves. En ese sentido, la Unidad realiza un acompañamiento activo de las víctimas junto con la Dirección General de Acompañamiento, Orientación y Protección a las Víctimas (DOVIC).

El informe: penas, tipo de delitos y género

Del total de las personas con salidas transitorias, el 15% posee penas de hasta cinco años de cárcel, mientras que el 54% cumplen condenas que van de los cinco años y un mes hasta los 15 años. El 23% de las personas que accedieron a este instituto cumplen penas especialmente graves (más de 15 años), mientras que sólo el 8% restante fueron condenadas a prisión perpetua.

Esto implica que este instituto se concede en menor medida a quienes tienen penas cortas que a aquellos que atraviesan condenas de larga duración. Hay que destacar que las penas de hasta cinco años representan el 46% de los condenados analizados, por lo que, según la UFEP, su falta de representatividad es aún mayor.

Para la Unidad Fiscal, las escasas posibilidades de este grupo de acceder a las salidas transitorias impactará de manera negativa de cara a garantizar un eficaz proceso de reinserción social. En los casos de penas intermedias, largas y perpetuas, hay un mayor desarrollo de la progresividad de la pena: pueden cursarse más instancias educativas, desarrollar un entrenamiento mayor para el trabajo y sostener en el tiempo calificaciones altas al momento de encontrarse en la fase de prueba.

Un 58% de los que gozan salidas transitorias cometieron delitos contra la propiedad mientras que un 29% tienen una condena por delitos contra la vida. Cabe resaltar que sólo el 2% de las personas que egresan transitoriamente han sido condenadas por delitos contra la integridad sexual y el 1% por violencia de género.

Esto es debido a los nuevos lineamientos de UFEP respecto al tratamiento para quienes han cometido delitos contra la integridad sexual o que involucran violencia de género. Para las personas condenadas por los primeros, se cuenta con el Programa de Tratamiento para Ofensores Sexuales (POS) implementado en el Anexo Senillosa en la provincia de Neuquén.

Para los casos de violencia de género aún no hay programas específicos desarrollados, lo que la Unidad considera “una deficiencia a cubrir por parte del Estado”. Si existen en algunos complejos, por ejemplo Marcos Paz, terapias colectivas para abordar esta temática. Ante estas causas, la UFEP requiere al Servicio Penitenciario Federal una propuesta de tratamiento interdisciplinario en el que se trate la problemática y supla dicha falencia.

En los casos de abuso intrafamiliar y violencia de género, la Unidad Fiscal desarrolla un control respecto del referente y del domicilio, para evitar que se proponga como referente de los egresos a la propia víctima, o que se fije como domicilio uno cercano al sitio en el cual ella reside.

A diciembre de 2016, las mujeres representaban un 8% de las 212 personas con salidas transitorias. Pero, si se tiene en cuenta que son 161 las mujeres condenadas en la órbita de la justicia de Ejecución y la de Penal Económico, esas mujeres dentro del instituto de salidas representan un 11%. Como contrapartida, el informe señala que de los 2949 condenados hombres, 197 están el régimen de salidas transitorias, lo que representa un 7% del total.

Lugares de alojamiento y forma en la que acceden a las salidas

En el informe de la UFEP, se observa que la “Colonia Penal de Ezeiza” (Unidad 19) es la que mayor número de personas con salidas transitorias alberga: 93, lo que representan un 45% del total. Le sigue el Complejo Penitenciario Federal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con 24 personas (12%). Cabe destacar que la Unidad 19 es el único establecimiento con condición semiabierta con que cuenta el Servicio Penitenciario en el ámbito metropolitano.

Según el artículo 16 de la ley 24.660, la forma en la que egresan los detenidos puede ser de varias maneras: con el acompañamiento de un empleado de la administración no uniformado, de un familiar o persona responsable o bien, bajo el compromiso verbal que retornará al establecimiento en el tiempo acordado.

No obstante, mediante una resolución del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, se aprobó el “Protocolo de Acompañamiento de Internos en Salida Transitoria”, en el que se incorporó la “tuición mixta”. Allí, se especifica que el empleado penitenciario acompañará al beneficiario de las salidas hasta el domicilio y el detenido quedará bajo responsabilidad de su referente o familiar.

A criterio de la UFEP, esto debería ser acompañado con la implementación de pulseras o tobilleras con GPS, ya que ambas permitirán mejorar el control respecto del desarrollo de la salida transitoria. Así, se podrá saber si la persona permanece en el domicilio asignado o si, por el contrario, incumple con las pautas de permanencia. Actualmente, los detenidos que egresan bajo esta modalidad representan el 2% del total. El 61% lo hace bajo la tutela de un familiar mientras que el 23% egresa bajo “palabra de honor”.

Visita de UFEP

Para tener un panorama más abarcativo del régimen, la Unidad Fiscal realizó visitas a la  Colonia Penal de Ezeiza, donde se verificaron serios inconvenientes en las tareas de control en el marco del usufructo de las salidas transitorias por parte del personal penitenciario.

La Unidad Fiscal pudo establecer que las supervisiones son realizadas por cinco trabajadoras sociales que se dividen el trabajo. Se supervisan 30 personas por fin de semana, aunque sólo dos son en forma personal a través de visita domiciliaria. En la gran mayoría de los casos, se supervisa de forma telefónica.

En relación a llamados no contestados o ausencia en el domicilio visitado, al siguiente día hábil el Servicio Penitenciario confecciona un informe donde relata lo sucedido y se recibe un “descargo” del condenado. Luego, se notifica al juez a cargo de la ejecución penal.

UFEP constató que en los egresos donde no interviene un agente penitenciario, no se realizan controles respecto al trayecto realizado para llegar al domicilio. También, resaltó que la frecuencia de supervisión suele ser mensual, aunque en algunos casos pueden transcurrir dos o tres meses sin supervisión alguna.