25 de abril de 2024
25 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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El recurso de casación había sido presentado por la PROTEX
Dictamen del fiscal De Luca por una indemnización en una causa por trata de personas con fines de explotación sexual
Se trata de un expediente donde los imputados fueron condenados mediante un juicio abreviado por haber engañado a mujeres en situación de vulnerabilidad oriundas de la República de Paraguay para luego explotarlas sexualmente en departamentos privados y en hoteles alojamiento ubicados en diferentes barrios de Capital Federal.

Javier De Luca, fiscal general a cargo de la Fiscalía Nº1 ante la Cámara Federal de Casación Penal, dictaminó en una causa sobre trata sexual. El representante del MPF, en su presentación, explicó  las razones por las cuales debe prosperar la pretensión de convalidar u homologar la reparación civil acordada por las partes en el pedido de juicio abreviado formulado ante el Tribunal Oral.  En tal sentido,  el fiscal de Casación sostuvo que si las partes acuerdan una reparación en sede penal (en el caso en que exista un daño privado indemnizable) mal pueden los jueces del Tribunal poner  reparos formales al ejercicio de esa acción civil y obligar a la parte damnificada a acudir al fuero civil. Y agregó que la reparación civil, prevista en el artículo 29 del Código Penal,  es un derecho privado disponible por las partes. Finalmente, hizo mención a los instrumentos internacionales que reconocen a la víctima el derecho a reparación mediante un proceso ágil  y expedito, y que exigen a la administración de justicia garantizar el derecho de esa parte a intervenir en forma real y efectiva en acuerdos reparatorios, terminación anticipada del proceso y alternativas de justicia restaurativa.

Los jueces habían condenado a José Luis Quiroga y a Catalina González Figueredo a cinco años de prisión; a Ana Zunilda González Brizuela y José Longo a tres años cada uno; y  a Juan Sebastián Segovia Navone a dos años y medio por el delito de trata de personas con fines de explotación sexual. Sin embargo, ignoraron lo acordado por el representante del MPF con las partes, de pagar la suma total de 200 mil pesos en concepto de reparación para las víctimas. Frente a esa decisión de los magistrados, el fiscal Colombo interpuso un recurso de Casación.

Origen de la investigación

La causa se inició el 12 de diciembre de 2013 a partir de la denuncia efectuada por el Programa de Víctimas contra las Violencias del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación. En esa oportunidad, un hombre llamó a la línea 137 e hizo saber que  cinco o seis meses atrás había solicitado servicios sexuales a través de una página de internet y que el encuentro se había concretado con una joven de 17 años en un albergue transitorio ubicado en la Ciudad de Buenos Aires.  La mujer, oriunda de la República del Paraguay, le manifestó que había llegado engañada a Argentina, ya que le habían dicho que el trabajo consistía en cuidar niños. Además, le detalló que  había tenido que trabajar 28 horas seguidas, que estaba enferma y consumía drogas; y le pidió ayuda.

El denunciante informó también que la actividad se organizaba en un departamento particular y que las personas encargadas habían tenido antes un prostíbulo ubicado en la calle Catamarca al 100 pero que había cerrado luego de un operativo judicial. A través de ese llamado también se pudo saber que las víctimas serían alojadas en un departamento ubicado en la en la calle Anchorena al 300 y que eran trasladas hasta los albergues transitorios o los domicilios privados a través de taxis de la empresa “Buen Viaje” para realizar los denominados “pases”.

Esta información dio origen a la investigación que derivó en un allanamiento y la posterior detención de los cuatro imputados. Por su parte, tres mujeres fueron rescatadas y al momento de declarar agregaron que fueron sometidas a través de engaños, violencia, amenazas y aprovechamiento de la situación de vulnerabilidad.

Cómo funcionaba la banda

Catalina González Figueredo y su marido, José Luis Quiroga, eran quienes recibían a las mujeres en un departamento para informarles en qué iba a consistir el trabajo por el cual les prometían una buena paga, lugar para vivir y comida. Además, les ofrecían la protección de taxistas para cuando salían a realizar lo que denominaban “servicios a domicilio”. También les imponían tarifas para esa actividad: $300 por hora; de los cuales el 50% era para las mujeres y la otra mitad para los proxenetas.

Sin embargo, al poco tiempo, la pareja comenzó a descontarles dinero y a aplicarles multas arbitrarias debido a múltiples motivos tales como la comida, la bebida, aparecer en una web, el alquiler del lugar para vivir y por los casilleros que se encontraron en el domicilio allanado, por los teléfonos a los que llamaban los “clientes”, por la ropa interior y los cosméticos que debían usar en ese lugar. Incluso debían pagarle al fotógrafo por producciones para las cuales, en ocasiones, eran obligadas a posar para después publicar en el portal.

Esas “multas” o descuentos arbitrarios que les aplicaban a las mujeres consistían en un castigo monetario que debían pagar por el “servicio” perdido cuando no querían acceder a tener sexo con un “cliente”. Esto también ocurría cuando se sentían mal o se querían ir más temprano (la jornada se extendía desde las cinco de la tarde hasta las ocho de la mañana, incluso hasta el mediodía). Este sistema generaba que muchas veces las mujeres perdieran todo el dinero que recaudaban, de modo que volvían sin dinero a sus casas a pesar de cumplir con todas las exigencias.

En relación a González Brizuela, el fiscal sostuvo en el requerimiento de elevación que su rol no se limitó a la mera recepción de llamados telefónicos, sino que además participó directamente en el negocio ilícito que se les atribuyó: obligó a las víctimas a realizar determinados “pases”, manejó el dinero que obtenían las mujeres y realizó “los descuentos”, y cobró los alquileres de las mujeres que vivían en el departamento de la calle 24 de noviembre.

Por último y respecto a Segovia Navone, se dio por acreditado en esa oportunidad que era el responsable de llevar a las mujeres a los encuentros sexuales, inclusive brindándoles protección para que puedan continuar siendo explotadas. Esto incluía en algunos casos llevar el dinero que recaudaban las mujeres a los administradores cuando continuaban con los pases de forma continuada.