28 de marzo de 2024
28 de marzo de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Intervinieron el titular de la Protex Marcelo Colombo y el fiscal general Javier De Luca
Ordenaron seguir investigando en una causa por trata de personas con fines de explotación laboral
Lo resolvió la Cámara Federal de Casación Penal al revocar el sobreseimiento de tres imputadas. Las víctimas se desempeñaban en granjas avícolas de la Provincia de Buenos Aires.

La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Ana María Figueroa, Mariano Hernán Borinsky y Gustavo Hornos, hizo lugar al recurso interpuesto por la querella y anuló el sobreseimiento de tres mujeres dispuesto por la Cámara Federal de San Martín, en una causa en la que se les imputa el delito de trata de personas con fines de explotación laboral. En la resolución, se ordenó que, “con la celeridad que el caso impone”, se continúe con la investigación.

La causa se inició a raíz de una denuncia realizada por la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (Protex) -por entonces Unidad Fiscal de Asistencia de Secuestros Extorsivos y Trata de Personas (UFASE)- , cuyo titular Marcelo Colombo participó de la audiencia celebrada en esa instancia junto al fiscal general Javier De Luca. En el expediente, se analizan las condiciones laborales en que trabajaban las víctimas en diversas granjas avícolas de la Provincia de Buenos Aires, quienes, según testimonios e informes incorporados, se habrían desempeñado en extensos horarios laborales, de lunes a domingo; sin las condiciones mínimas de higiene y salubridad; y habrían arribado desde sus provincias de origen y el exterior, principalmente desde Misiones y Entre Ríos y Bolivia, respectivamente.

En su intervención, Colombo y De Luca consideraron por un lado que existe una “conexión innegable” entre la explotación a la que fueron sometidas un hombre y su familia, con la posibilidad de que la afección que sufre su hija en el riñón se haya originado en el uso de la sustancia “cipermetrina”, empleada sin la vestimenta y condiciones apropiadas, y con los casos de nuevas familias que ingresaron a los predios de la firma “Nuestra Huella S.A.” con posterioridad a abril de 2008. También, entendieron que en el caso el delito de trata de personas concursa en forma aparente con el de reducción a servidumbre, según reseñaron en su sentencia los magistrados de Casación.

Por otra parte, los representantes del Ministerio Público consideraron que la resolución de la Cámara Federal de San Martín -que concluyó que los hechos investigados no constituirían el delito de trata de personas- resultó prematura. Al respecto, señalaron que no se tuvieron en cuenta los “claros indicadores de contexto de trabajo forzado” -que surgen de los informes del Programa de Rescate- y elementos del Manual para los Inspectores del Trabajo. Programa Especial de Acción para Combatir el Trabajo Forzoso” (Ginebra 2009) y el informe “Una alianza global contra el trabajo forzoso” (Ginebra 2005) -ambos elaborados por la Organización Interamericana del Trabajo (OIT)-, que no fueron debidamente atendidos y valorados, entre otras cuestiones. Además, consideraron que resultan de aplicación al caso los compromisos internacionales asumidos por la Argentina en el Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional (Ley 25.632, “Protocolo de Palermo”).

En la denuncia que originó la causa, una de las víctimas explicó que había ingresado a trabajar para la empresa “Nuestra Huella S.A.” en el 2007, en una vivienda  que  en realidad era un galpón con venenos, comedero y despicadoras.  Tanto sus hijos como su pareja debieron trabajar a pesar de no recibir salario alguno. El hombre denunció que fue echado por reclamar la ropa reglamentaria para fumigar y que allí trabajaban otras cinco familias bajo condiciones similares. Narró que su tarea comenzaba a las 6 de la mañana y algunas veces terminaba a las 20 ó 20:30, con sólo una hora para comer, sin días libres ni posibilidad de salir libremente del lugar. Finalmente, relató que otras personas también habían tenido problemas por el uso de agroquímicos.