20 de abril de 2024
20 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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A partir de un informe preliminar realizado por la Procelac y la OFINEC
Pidieron investigar a los responsables del prostíbulo Madaho´s por lavado de activos y evasión tributaria
El fiscal federal de Mar del Plata Pablo Larriera solicitó que se analice si los dueños del prostíbulo, quienes están procesados por trata de personas, realizaron maniobras financieras para ingresar al mercado legal el dinero derivado de la explotación sexual.

El titular de la Fiscalía Federal N°2 de Mar del Plata, Pablo Larriera, quien lleva adelante la pesquisa por posible trata de personas en el prostíbulo Madaho’s, requirió al juez federal de esa jurisdicción, Santiago Inchausti, que se investigue a un grupo de personas, entre quienes se encuentran los responsables del local, por los delitos de lavado de activos y evasión tributaria. Asimismo, solicitó el embargo de distintos bienes a fin de determinar si fueron producto de la explotación sexual de personas, por la que ya fueron procesados algunos de los sospechosos.

Larriera cuenta con la asistencia de la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (PROCELAC), a cargo del fiscal general Carlos Gonella, y de la Oficina de Investigación Económica y Análisis Financiero (OFINEC), que dirige la contadora Judith König. Ambas unidades trabajaron conjuntamente para individualizar cuentas bancarias y bienes de los imputados, lo cual plasmaron en un informe preliminar presentado al fiscal que sirvió de base para su dictamen.

En su presentación, el fiscal federal consideró que el delito investigado tiene como fin obtener beneficios económicos a partir del “aprovechamiento de la vulnerabilidad y necesidades de sus víctimas, demostrando una actitud de total desapego por la dignidad humana, lo cual, más allá de la aplicación de una pena, merece el desapoderamiento, por parte del Estado, de los bienes producto del ilícito”.

Asimismo, el representante del Ministerio Público sostuvo que lo manifestado al juez Inchausti debe tomarse como una hipótesis de que la conducta investigada pueda implicar un supuesto de crimen organizado, entendiéndose como “la actividad de un grupo de personas que conforma por tiempo indefinido una estructura criminal de tipo piramidal y orientación empresaria, con distribución de funciones entre sus miembros [que en los niveles medios y bajos se caracterizan por su fungibilidad] y una rígida disciplina interna, que busca satisfacer sus fines de lucro a través de la comisión de delitos de cierto impacto económico, utilizando para lograr sus fines y garantizar su supervivencia la violencia [actual o potencial] y la corrupción”.