29 de marzo de 2024
29 de marzo de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Servicio de Conciliación previa en las Relaciones de Consumo
La Cámara Comercial revocó un fallo que ordenaba continuar con la mediación prejudicial tras la falta de acuerdo entre las partes
La Sala D de la Cámara Comercial coincidió con el dictamen de la fiscal general y titular del Programa para la Protección de Usuarios y Consumidores Gabriela Boquin, quien había considerado que “la realización de una nueva mediación implicaría una demora injustificada para la solución del conflicto”.

La Sala D de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial revocó el fallo del Juzgado Comercial n° 30 Secretaría n° 60 que entendió que el plazo de caducidad de la mediación realizada en los términos de la ley 26.589 se encontraba cumplido, por lo que previo a dar curso a la demanda interpuesta se ordenó que se realice una nueva ante el Servicio de Conciliación previa en las Relaciones de Consumo.

Para así decidir, hizo especial remisión a los fundamentos y conclusiones que surgen del dictamen formulado por la Fiscal General y Titular del Programa para la Protección de Usuarios y Consumidores, Gabriela Boquin, quien había destacado que en atención a las particularidades del caso “la realización de una nueva mediación implicaría una demora injustificada para la solución del conflicto”

Asimismo, sostuvo que la demanda que involucra un reclamo de consumo torna especial la situación debatida, toda vez que los principios rectores en materia de derecho de consumidores y usuarios le imponen a los magistrados adoptar una postura más activa en el desarrollo del pleito para lograr soluciones lo más justas y rápidas posibles.

Ante ello, destacó que “ponderando que el conflicto de autos fue efectivamente sometido a mediación, trámite que culminó sin acuerdo por decisión de las partes, el reenvío de la controversia a la instancia prejudicial resultaría un ritualismo inútil, que sólo conduciría a dilatar el accionar en este proceso con afectación de los principios de economía y celeridad”.

Es decir, tanto la Fiscal General Boquin como los integrantes de la sala D de Cámara Nacional de Comercio, consideraron que carece de utilidad remitir las actuaciones a una nueva instancia de mediación cuando puede preverse su fracaso, dado lo actuado anteriormente y de acuerdo a las manifestaciones formuladas por el actor.

Finalmente, la Sala ordenó revocar la decisión del magistrado de primera instancia y continuar con el trámite correspondiente a la demanda planteada.