19 de abril de 2024
19 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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El tribunal coincidió con el fiscal Ariel Yapur
Condenaron a prisión perpetua al policía que mató a un joven en Boedo
Los jueces afirmaron que "la violencia institucional puede considerarse como una grave violación a los derechos humanos". El 21 de enero de 2012, el agente de la Policía Federal Martín Naredo le disparó en la cabeza a John Camafreitas, quien falleció cuatro días después en el Hospital Ramos Mejía.

El Tribunal Oral en lo Criminal Nº23 condenó ayer, por mayoría, al ex agente de la Policía Federal Martín Naredo a prisión perpetua por considerarlo culpable del delito de "homicidio agravado por haber sido cometido en ejercicio de su función como personal policial". Tanto la Fiscalía representada por Ariel Yapur como la querella habían solicitado esa pena para el ex agente, quien le disparó en la cabeza a John Camafreitas, de 18 años, en enero de 2012. El joven agonizó por cuatro días y finalmente murió el 25 de enero, en el Hospital Ramos Mejía.

"La violencia institucional puede considerarse como una grave violación a los derechos humanos", dijo Héctor Magariños, presidente del Tribunal, luego de comunicar la condena. Junto a Pablo Jantus, ordenaron, además, revocar la excarcelación de Naredo y dispusieron su inmediata detención, ya que afirmaron que el caso "presenta características como para sostener la presunción legal de una posible fuga". Su colega Javier Anzoátegui votó en disidencia. Los fundamentos de la sentencia se conocerán el próximo jueves 11 de septiembre a las 16:30.

En el veredicto, decidieron que se extraigan testimonios de la causa sobre lo relacionado a cuatro agentes policiales por el delito de "privación ilegítima de la libertad" realizada contra el amigo menor de edad de Camafreitas. Entre los perjudicados por esta medida, se encuentran el compañero de Naredo, Juan Moreyra, y el ex subcomisario de la Comisaría 8ª. Ahora, será la Cámara de Apelaciones Criminal y Correccional la que deberá sortear el juzgado que intervendrá.

Los alegatos

Alrededor de las 13:00, Yapur inició su exposición. En la sala, estaba presente la Procuvin, que asistió a la Fiscalía N°21 ante los Tribunales Orales Criminales en la causa.  El fiscal comenzó explicando que tenía por acreditado que Naredo le había disparado a Camafleitas con su arma reglamentaria en la cabeza, apoyándola en la gorra del joven, lo que le produjo heridas severas que le ocasionaron la muerte. "No hay ninguna duda de que Camafleitas falleció por lo que hizo Naredo, las pruebas científicas así lo indican", dijo.

El representante del MPF puntualizó que el ex agente mintió en su declaración al decir que estaban enfrentados al momento del hecho, ya que, según dijeron los peritos, esto era casi imposible. "Es falso que el arma se cayó durante el hecho, no encaja con ninguno de los testimonios", expresó para descartar de lleno la teoría que ensayó el ahora condenado. Además, recordó que el personal de la comisaría 8ª le ocultó información a la Gendarmería y que tomó declaración a los testigos aunque no estaban habilitados a hacerlo.

Para Yapur, no fue "accidental" que Naredo haya accionado "la cola del disparador" (es decir, gatillado) y afirmó que no había ninguna justificación para sacar la pistola ni para emplearla de esa manera contra un joven desarmado. "Esto es un claro ejemplo de violencia institucional", concluyó el fiscal cuando solicitó la perpetua para Naredo.

A las 11:00, había sido el turno de la querella a cargo María del Carmen Verdú, quien representa a la madre de la víctima. Para la abogada, el homicidio fue un "fusilamiento" y se basó en los relatos de los testigos para demostrar la "irrazonablidad" de sacar el arma en esa situación. "Casualmente, se disparan accidentalmente siempre van a la nuca, a la espalda o a la cabeza", denunció Verdú. Luego, también sostuvo que Naredo mintió en su declaración indagatoria y se respaldó en lo expresado por los peritos durante la audiencia anterior. "Este delito fue posible porque se actuó al amparo de una chapa y un arma", concluyó.

Para cerrar la ronda de alegatos, la defensa expresó que la inocencia del ahora condenado "no había podido ser rebatida" durante el juicio. El abogado de Naredo mantuvo la hipótesis del disparo accidental y del forcejeo, tal como su defendido expresó en su testimonio. "No soy un asesino, fue un accidente", cerró el ex policía, durante sus últimas palabras.

La causa

El hecho sucedió el 21 de enero de 2012 a la madrugada, cuando un patrullero (en el que viajaban Naredo y el agente Juan Moreyra, ambos de la comisaría 8ª) se dirigió hacia la Plaza Boedo, alertados por unos supuestos disturbios. John Camafreitas estaba junto a un amigo, menor de edad, en Sánchez de Loria e Independencia. Al verlos, los agentes bajaron del auto e intentaron detenerlos, por lo que los jóvenes corrieron hacia la avenida.

Naredo corrió a Camafreitas, mientras que Moreyra detuvo rápidamente al otro joven. Según el requerimiento de instrucción firmado por la fiscal Betina Vota, el imputado habría llevado el arma en su mano cuando redujo a la víctima, "la habría preparado para el disparo y se la colocó sobre la cabeza". En su indagatoria durante la instrucción, Naredo dijo que "en algún momento" sacó la pistola mientras intentaba reducir a Camafreitas pero que se le cayó al suelo. "Hubo un forcejeo por agarrarla, después siento un chasquido y ahí se quedó todo", expresó el uniformado.

La representante del Ministerio Público concluyó que Naredo, cuando alcanzó a la víctima, tenía el arma en su mano y que la apoyó (o por lo menos la acercó bastante) a la cabeza de Camafreitas y que desde ahí le disparó. El joven se desplomó en la calle y llegó al Hospital Ramos Mejía en estado de coma. Agonizó durante cuatro días.