29 de marzo de 2024
29 de marzo de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Intervienen el Fiscal Federal Eduardo Villalba y la Procuvin, con la colaboración de la Dirección General de Recuperación de Activos y Decomiso de Bienes
"Régimen de hambre" en la cárcel de Salta: embargo millonario para recuperar fondos destinados a alimentos
El juez federal de Salta, Miguel Antonio Medina, hizo lugar al pedido del Ministerio Público Fiscal para inmovilizar automotores de alta gama a fin de asegurar el decomiso del producto del delito, estimado en casi 2 millones de pesos.

En la causa se investiga la posible “administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública, en concurso real con el delito de vejaciones” por una sobrefacturación de $1.957.725,5 en la compra de mercaderías por más de 42 millones de pesos a la empresa “Servicios Integrales de Alimentación S.A. (SIAL)” para proveer alimentos a la población carcelaria y personal del Complejo Penitenciario Federal de NOA. La maniobra significó la efectiva percepción de un lucro indebido y, por tanto, representó un perjuicio al patrimonio de Estado, constituyendo dicha suma el producto del delito investigado.

El pasado 24 de febrero, el titular del juzgado federal N° 2 de Salta dispuso las declaraciones indagatorias y ordenó embargos contra los bienes de los directivos de SIAL por el monto sobrefacturado, pero lo hizo de manera genérica y sin afectar bienes concretos. Como la medida cautelar dictada en esos términos podía causar un gravamen de difícil reparación, el titular de la Fiscalía Federal N°2, Eduardo José Villalba y la titular de la Dirección Gral. de Recuperación de Activos y Decomiso de Bienes, María del Carmen Chena, hicieron una presentación en la que individualizaron, con fines de embargo preventivo, tres automotores de alta gama pertenecientes a los directivos de SIAL que, de acuerdo a sus valuaciones, alcanza para cubrir el monto fijado y que es la suma detectada como sobrefacturada.

En esa ocasión, los representantes del MPF destacaron que el dictado de una cautelar sin afectar bienes implica el serio peligro de que cuando eventualmente se disponga el decomiso del producto del delito y se ordene su ejecución no haya bienes para responder porque los involucrados, alertados con el devenir de la causa, podrían haberse desprendido de ellos tornando la sentencia de imposible cumplimiento. Atendiendo a esos argumentos, el magistrado dispuso inmediatamente el embargo de los automóviles y su urgente inscripción en el registro correspondiente.