28 de marzo de 2024
28 de marzo de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Franco Casco: reiteraron el pedido para que la justicia federal investigue la “desaparición forzada”
Marcelo Degiovanni y Abel Córdoba apelaron la resolución del juez federal de Rosario, Marcelo Bailaque, quién había rechazado la solicitud de investigar el caso. El joven había desaparecido el 7 de octubre en Rosario y fue encontrado muerto 22 días después en el Río Paraná. La Cámara Federal de Apelaciones de Rosario deberá dirimir la cuestión.

Marcelo Degiovanni, a cargo de la Fiscalía Federal Nº1 de Rosario y titular de la Procuraduría de Violencia Institucional (Procuvin), Abel Córdoba, apelaron la medida del juez federal Marcelo Bailaque, quien había declarado la incompetencia de la justicia federal para investigar la “desaparición forzada” de Franco Casco. El joven fue visto con vida por última vez en la Comisaría 7ª de Rosario el 7 de octubre. El cuerpo fue encontrado por Prefectura Naval Argentina en el río Paraná el 29.

El 6 de noviembre, Bailaque había tomado la decisión de declinar su competencia, sin “correr vista” al Ministerio Público para que dictamine sobre la denuncia. “No se advierte que la ejecución de la acción que podría tener de sujeto pasivo a Casco se haya desarrollado en un contexto de colaboración o aquiescencia de la propia organización burocrática estatal”, sostuvo entonces. Además, expresó que la causa que investiga la búsqueda y desaparición de Franco aún esta en trámite. Se remitió a un informe del fiscal general de la acusación de la 2ª Circunscripción, donde todavía se está intentando determinar las causas de la muerte.

La apelación

Degiovanni y Córdoba destacaron dos elementos dentro de lo denominado como “desaparición forzada”, presentes en la causa y que el juez no ponderó en su resolución. Primero, la intervención estatal, “sea a partir de la privación de libertad producida por un funcionario público o por una persona/grupo de personas que actúan con la autorización, apoyo, o aquiescencia del Estado”. El otro factor es la falta de información a la familia: “Hubo una negativa a reconocer la privación de libertad, o la negativa a informar sobre el paradero de la persona”.

Para los representantes del Ministerio Público, el ocultamiento de la privación de la libertad del joven “se configuró desde el inicio de su detención mediante su incomunicación”. Argumentaron que no existen constancias de que se le haya posibilitado comunicarse ni con su familia, ni con abogados. Sostuvieron que la participación de la policía está acreditada: “Fueron instituciones provinciales las que tuvieron disposición sobre su vida y libertad”.

”La voluntad de los coautores era consumar la desaparición de modo eterno arrojándolo al río”, consideraron los fiscales, al respecto de la aparición, más de 20 días después, de Franco en el Río Paraná. Además, descartaron la posibilidad de que alguna persona haya liberado al joven de la policía y lo haya retenido para luego intentar hacerlo desaparecer.

“Es indudable que a la víctima, en el recorrido a su desaparición forzada, se la privó de todo auxilio público, se la incomunicó, se la suprimieron todas las garantías procesales”, indicaron. Además, detallaron que estas acciones sólo pudieron llevarse a cabo porque se contaba con zonas liberadas, recursos materiales y de tiempo, de los que pueden disponer los funcionarios públicos, en este caso, los agentes de policía de Santa Fe.

Degiovanni y Córdoba citaron el reciente fallo de la Cámara de Casación Penal en la causa Luciano Arruga y lo dictaminado por la procuradora general de la Nación en el caso por la desaparición forzada de Iván Torres: “Constituye una grave violación de derechos humanos, con características complejas, y que la existencia de motivos razonables que hagan sospechar que una persona ha sido víctima de este delito generan el deber estatal de investigar bajo la figura de la desaparición”.

Con respecto a la investigación que se lleva a cabo en la justicia provincial, para Degiovanni y Córdoba es un argumento “insuficiente” como para determinar la competencia provincial. Además, se pronunciaron sobre la decisión del magistrado de no permitir al fiscal expedirse sobre la causa antes de fallar: “Se lo privó de ejercer facultades propias, como es instar la acción penal de los hechos denunciados, lo que provoca la nulidad de la resolución impugnada”. Ahora, será la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario quién deba decidir si el caso es investigado o no por la justicia federal.

Los hechos

Franco Casco había viajado a Rosario a visitar a sus primos por el fin de semana. Debía regresar el 7 de octubre a Retiro, donde lo estaría esperando su madre, Elsa Godoy. Como nunca llegó, ella se comunicó con sus familiares, quienes les aclararon que había salido de la casa pero no había regresado.

Según pudo establecerse, antes de emprender el viaje de vuelta, el joven fue privado de su libertad por personal de la Comisaría 7ª de la Provincia de Santa Fe. Los funcionarios lo mantuvieron en una situación de aislamiento y de incomunicación forzada. El mismo día de la desaparición, la familia presentó una denuncia ante la Comisaría 20ª, sin respuesta. El 30 de octubre, Prefectura Naval Argentina encontró en el río Paraná el cuerpo, que fue reconocido por la familia. Ese mismo día, Procuvin presentó un habeas corpus, que nunca tuvo respuesta.

Pudo comprobarse que Franco fue registrado en los libros de la Comisaría con otro apellido, una maniobra que demuestra la intención de ocultar su detención. Para Procuvin, “el hallazgo de su cuerpo vino a confirmar que la ausencia no respondió a su voluntad sino que estuvo a disposición de la misma fuerza de seguridad que dominó la totalidad de los hechos”.