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La Sala F de la Cámara Comercial confirmó parcialmente la resolución del Juzgado N°28 y elevó la suma a 3 millones de pesos por no haber brindado información al cliente y no entregar el vehículo pactado.
La Sala E de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial rechazó la apelación de la empresa demandada y confirmó lo dispuesto por el juez de primera instancia.
Así lo dispuso la Sala B de la Cámara Comercial, al rechazar la apelación interpuesta por la aseguradora y confirmar la sentencia de primera instancia que estableció que la compañía demandada omitió la obligación del artículo 4° de la Ley N°24.240.