19 de abril de 2024
19 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Continúa el juicio por la represión en Plaza de Mayo durante la presidencia de Fernando de la Rúa
19 y 20 de diciembre: con el rechazo a la recusación de uno de los jueces, comenzaron las indagatorias
Un Tribunal especial no aceptó el desplazamiento del juez Rodrigo Giménez Uriburu, solictado por las defensas durante la audiencia pasada. Los jueces empezaron con la lectura de las indagatorias del ex jefe de la Policía Federal Argentina Rubén Jorge Santos.

Pasadas las 11 de la mañana, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°6, integrado por José Martínez Sobrino, Rodrigo Giménez Uriburu y Javier Anzoátegui, comenzó con las declaraciones indagatorias a los acusados por los hechos ocurridos el 19 y 20 de diciembre en los alrededores de Plaza de Mayo. Antes de esto, la secretaria repartió la resolución del Tribunal especial compuestos por María del Carmen Roqueta, Adriana Palliotti y Guillermo Costabel donde se rechazaba la recusación del juez Giménez Uriburu, solicitada por las defensas durante la audiencia anterior.

El primero en declarar debía ser el ex Secretario de Seguridad de la Nación Enrique Mathov pero su abogado le comunicó a los jueces que no estaba en condiciones para hacerlo y solicitó que modifique el orden para que su cliente hable en la próxima sesión.

Los jueces aceptaron el pedido y llamaron a declarar al ex jefe de la Policía Federal Argentina (PFA) Rubén Jorge Santos, quién explicó que no hablaría ahora porque "algunas pruebas aún no se han materializado". "Ha pasado mucho tiempo, 12 años desde los episodios, estoy rememorando lo vivido", expresó Santos. Luego de estas palabras, el TOF N°6 le realizó una serie de preguntas sobre datos personales y comenzó con la lectura de todas las indagatorias que realizó el ex jefe de la PFA durante la instrucción de la causa.

En una declaración espontánea de 2002, calificó a los que se manifestaban en Plaza de Mayo como "un grupo de exaltados", y que "cierta sociedad pacífica sirvió como protección de los grupos violentos". Allí, habló también de la reunión del Comité de Crisis del Consejo de Seguridad Interior, luego de la cual, según los jueces federales María Servini de Cubría y Claudio Bonadío a cargo de la instrucción, se produjeron los hechos más graves.

Para Santos, los policías actuaron "con la ejecutividad que requerían las circunstancias", y aclaró allí que "no resultaba posible consultar cada decisión", en el ámbito de crisis de aquellas jornadas. Además, en esa presentación, negó su responsabilidad sobre los homicidios, ya que "no hubo ninguna orden directa para que se produzcan".

Luego, se le dio lectura a otras declaraciones, entre las que se destaca un careo entre Santos y el ex jefe de operaciones Norberto Gaudiero, donde se deja constancia de diversas contradicciones entre ellos.

El juicio continuará el próximo viernes 4 de abril a las 9 en los Tribunales de Comodoro Py, donde se proseguirá con las declaraciones de los acusados.

Incidente de Recusación

Los jueces María del Carmen Roqueta, Adriana Palliotti y Guillermo Costabel fueron designados durante la semana por la Cámara de Casación Penal para resolver sobre la recusación de Giménez Uriburu que solicitaron las defensas. En el fallo, realizaron una breve descripción del conflicto sucedido, cuando el juez Javier Anzoátegui solicitó su excusación por tener "inconciliables discrepancias" con Giménez Uriburu. En base a esa solicitud (y luego de que fuera rechazada por sus colegas de Tribunal) todas las defensas plantearon la recusación de Giménez Uriburu por "temor de parcialidad".

En el escrito que presentó el juez Giménez Uriburu, consideró ese temor "absolutamente infundado" y realizó un relato pormenorizado de las circunstancias por las cuales entendió que su colega había solicitado su propio apartamiento. Según el informe, Giménez Uriburu le planteó a Anzoátegui que debía realizar una nueva evaluación en cuanto al planeo de nulidad interpuesto por la defensora del subcomisario Omar Bellante.

En el informe, relató que luego de reexaminar su decisión, se comunicó con el juez para comunicarle su cambio de opinión, y éste le reprochó que cambiara el mismo día que debía reiniciarse la audiencia. "Pese a mis explicaciones, mi colega no aceptaba mis razones", detalló Giménez Uriburu.

"No existe ni ha existido causal alguna para para justificar las expresiones vertidas en el pedido de apartamiento de mi colega", sostuvo y aclaró que pese a la "poco feliz presentación", no dejará de intervenir en el debate.

Roqueta, Palliotti y Costabel aclararon que, a pesar de que el temor a imparcialidad no está contemplado en las causales previstas por el Código Procesal Penal en cuanto a recusaciones, tratarían y se expedirían sobre la misma. "No se ha acreditado en el caso motivo alguno para conceder la recusación", sostuvieron.

Según el Tribunal los pedidos se fundaron "únicamente de una inadecuada interpretación que aventuraron a hacer en torno de los conceptos vertidos por el Dr. Anzoátegui, pero que de ninguna manera supone la posibilidad de extraer de esas expresiones, la efectiva acreditación de circunstancia alguna que pueda considerarse como de imparcialidad manifiesta".

En base a esto, los tres jueces sostuvieron que el temor de parcialidad con el que argumentaron las defensas "no puede encontrar lógico asidero", y que un pedido de recusación "deberá reflejarse en hechos objetivos que la parte recusante debe demostrar para fundar seriamente su pretensión, lo cual no aconteció".

Por último, también le manifestaron a los magistrados y a las partes del juicio que "deben extremar los recaudos de prudencia y templanza", y que deben tener en cuenta  "la importante tarea que les toca desarrollar en una causa de trascendencia social e institucional que exige la mejor y pronta respuesta a las víctimas e imputados de los graves sucesos acontecidos en el mes de diciembre del año 2001 en nuestro país".