09 de septiembre de 2024
09 de septiembre de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Intervino el fiscal Pablo Garciarena
Mendoza: condenas de cinco a siete años a un matrimonio por almacenamiento de estupefacientes y lavado de activos
El hecho ocurrió en 2013, cuando en un allanamiento en su domicilio conyugal se incautaron 1300 kilos de marihuana, dinero en efectivo, celulares y autos cero kilómetro.

El Tribunal Oral Federal N°1 de Mendoza condenó a un matrimonio por los delitos de almacenamiento de estupefacientes y lavado de activos. Los acusados recibieron penas de cinco a siete años, en sintonía con lo solicitado por el fiscal federal Pablo Garciarena, después de que en el domicilio conyugal de los imputados en la localidad de Bowen personal policial de la provincia incautara 1299 kilos de cannabis sativa, gran cantidad de dinero en efectivo, celulares, automóviles, motos y herramientas de pesaje y maquinaria. Uno de ellos estaba investigado como sospechoso de tráfico de estupefacientes.

El hecho se originó en 2013, con un sumario de prevención instruido por la División Lucha contra el Narcotráfico de General Alvear de la Policía de Mendoza. Tras la pesquisa en el domicilio del matrimonio, se decretó la competencia para investigar la presunta comisión del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización y, al mismo tiempo, se ordenó un segundo allanamiento en otro docimilio que figuraba a nombre de uno de ellos, en donde se encontraba una vivienda en construcción.

De la investigación no sólo se pudo constatar que, según sendos reportes de la AFIP-DGI, ninguno de los dos acusados poseía un nivel de ingresos que justificase las cantidades de dinero incautado y los rodados de los que figuraban como titulares, sino que además la mujer del matrimonio buscó constituir con su cuñado una sociedad de hecho para una empresa de transporte, cuya constitución no pudo completarse por problemas impositivos.

De esta manera, no sólo quedó acreditado el almacenamiento de estupefacientes, sino también la instrumentación de un sistema para la conversión de dinero de origen ilícito mediante la adquisición de bienes. Los acusados actuaban de este modo en asociación junto a sus cuñados como un grupo de personas organizado, con una distribución de tareas y cierta estructura jerárquica. El matrimonio realizaba los ilícitos de los que se proveían de fondos, que a su vez trasladaban a sus hermanos para que realizaran la adquisición de bienes con fines de lavar ese dinero.

Si bien Garciarena solicitó penas para los hermanos de los acusados, ambos fueron absueltos por falta de acusación fiscal y duda. En tanto, sobre el matrimonio cayeron penas de cinco años y seis meses y siete años (a la mujer y el hombre, respectivamente) por el delito de almacenamiento de estupefacientes (artículo 5 inciso c) de la ley 23737 y lavado de activos conforme artículo 303 inciso 1) del Código Penal.