19 de abril de 2024
19 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Los hechos investigados se llevaron a cabo desde abril hasta el 27 de noviembre del año pasado
Solicitaron que Bomparola vaya a juicio oral por comercialización de estupefacientes
El fiscal Pollicita, consideró finalizada la etapa de instrucción y envió al Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº 5 el requerimiento de elevación a juicio de la causa donde se investiga a Bomparola y a otros 11 imputados.

La Fiscalía Federal N°11, a cargo de Gerardo Pollicita, consideró finalizada la etapa de instrucción y envió al Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº 5 el requerimiento de elevación a juicio de la causa donde se investiga a Rodolfo Bomparola (hermano de la diseñadora Evangelina Bomparola) y a otros 11 imputados por el delito de "comercialización de sustancias estupefacientes".

Para el fiscal, se encuentra probado que Bomparola, Yesica Abigail Oyarzabal, Zahina Rojas, Ricardo García, Silvana Donatti, Leandro Orueta, Ruth Soria, Pedro Flores, Gastón Mercau, Claudio Garrido Pineda, Osvaldo Drata y Mario Arrospide intervinieron "en forma organizada y con habitualidad en la venta de drogas", y que sus conductas deben encuadrarse en la figura de "comercialización de estupefacientes agravada por la intervención de tres o más personas en forma organizada".

Los hechos, según el requerimiento entregado al juez Norberto Oyarbide, se llevaron a cabo al menos desde abril de 2013 hasta el 27 de noviembre, cuando se realizaron los allanamientos a los domicilios de los acusados. En los operativos, se secuestraron "diferentes tipos y cantidades de drogas incluidos elementos de corte y dinero".

Bomparola, junto con Oyarzabal y Rojas, realizaban actividades de venta de drogas y se proveían para ellos de dos "cadenas independientes de distribución", integradas por un lado por García, Alejandro Chávez (que se suicidó durante uno de los allanamientos), Donatti (novia del último) y Orueta; y por otro Soria, Flores, Mercau, Garrido Pineda, Drata y Arrospide.

El comercio

Los pedidos se realizaban mediante comunicaciones telefónicas previas y en clave con sus clientes. De las escuchas telefónicas y los seguimientos encubiertos realizados por la Policía Federal Argentina (PFA), se pudo determinar que Bomparola proveía de las drogas a Rojas y Oyarzabal para que ellas las comercializaran entre las personas de sus respectivos entornos.

A través de la intervención de los teléfonos de los acusados, pudo establecerse que Bomparola obtenía las sustancias de parte de Chavéz y Garrido Pineda, quienes integraban dos cadenas de distribución independientes de la droga. Durante el allanamiento de noviembre del año pasado en la casa de Bomparola se encontró cocaína, marihuana, éxtasis, una balanza y una máquina picadora, entre otros objetos destinados al comercio de drogas.

La distribución

Una de las cadenas de distribución mencionadas estaba integrada por Ricardo Valentín García; el fallecido Alejandro Chávez; Silvana Paula Donatti y Leandro Javier Orueta. Según estableció el fiscal, García comercializaba las drogas y se los proveía a Chávez, quien a su vez repetía la actividad con la colaboración de Donatti y Orueta.

A partir de las comunicaciones de Bomparola, se pudo determinar que Chávez y su novia Donatti despelgaban, por lo general a bordo de una moto, "actividades compatibles con el comercio de estupefacientes". Donatti aportaba su domicilio y se encontraba, según el requerimiento, "en pleno conocimiento de las actividades" y se encargaba de "adoptar los recaudos necesarios para evitar que la misma sea descubierta".

Chavéz le proveía a Orueta de las "sustancias" para comercialización y éste lo transportaba como "chofer delivery" para llevar adelante la actividad. En el domicilio de Chavéz se secuestró cocaína, balanzas, elementos de corte, teléfonos celulares y dinero en efectivo mientras que en el Donatti se encontraron 21 mil pesos en billetes de cien y pequeñas cantidades de marihuana.

Acorde a lo expuesto en el documento, la policía determinó que García, quien vivía en Martinez, era el proveedor de lo que comercializaba Chavéz y fue visto con él en reuniones acordadas previamente por teléfono. Cuando se allanó el domicilio de García, se encontró una balanza y una máquina selladora al vacío, junto con casi 500 gramos de marihuana.

La otra cadena de distribución estaba integrada por Soria, Flores, Mercau, Garrido Pineda, Drata y Arrospide. Según la Fiscalía y en base a la investigación, se logró determinar que Soria y Flores abastecían a Mercau, quien a su vez comercializaba entre sus clientes y abastecía a Garrido Pineda, quien desplegaba la actividad de comercio con el aporte de Arrospisde y Drata y proveía también a Bomparola.

El comercio de estupefacientes que Garrido Pineda realizaba en diferentes puntos de la Capital Federal fue descubierto a partir del seguimiento efectuado sobre Bomparola. Drata, por su parte, ayudaba con la distribución de la droga, le prestaba su vehiculo a Garrido Pineda y en algunas ocasiones hasta lo llevaba a los encuentros que concertaba. Por su parte, Arrospide se encontraba en una situación similar a la de Drata.

Por otro lado, Mercau era quien proveía de la droga a Garrido Pineda, y tenía como actividad habitual la comercialización de sustancias, también previa comunicación telefónica con sus potenciales clientes para acordar la compra. En el allanamiento a uno de sus domicilios, se secuestraron 6 kilos de cocaína, dos balanzas eléctricas y pastillas de éxtasis.

Finalmente, según consta en el requerimiento de elevación a juicio, Soria y Flores eran quienes le suministraban los estupefacientes a Mercau.

Elevación a Juicio Oral

Para la Fiscalía, según las observaciones realizadas por la policía, el tipo de conversaciones que constan en la causa, la calidad de estupefaciente y los demás elementos encontrados, se encuentra demostrados que "los coautores y partícipes, con ánimo de lucro y con habitualidad, se dedicaban a vender sustancias psicoactivas".

"Los imputados, en pleno conocimiento de los alcances de sus respectivos aportes a la maniobra reprochada, se dedicaron con habitualidad y en forma organizada al comercio de drogas", afirmó Pollicita. También aclaró que, a pesar de que no todos los imputados tuvieran droga al momento de sus detenciones, "no es un obstáculo para sostener la tipicidad en orden a la figura escogida" (comercialización de sustancias estupefacientes).

Es que dados los diferentes roles que cumplían los involucrados, a efectos de responsabilizarlos por sus respectivas participaciones no es indispensable que se los individualice ejecutando personalmente un acto de comercio o incluso con droga en su poder pues igualmente se obtuvieron otros elementos de prueba que resultaron concluyentes sobre la intervención de los diferentes encausados en la actividad ilícita investigada.

El representante del Ministerio Público consideró que, en el marco de las investigaciones sobre esta actividad ilicíta, todos deberán responder en calidad de coautores, a excepción de Arrospide, Drata y Donatti, quienes se limitaron a prestar "una colaboración que no devino indispensable para consumar los planes delictivos de la organización" y por lo cual deberían ser considerados como participes secundarios.

Según la ley 23.737 de tráfico y tenencia de estupefacientes, quienes "comercien con estupefacientes o materias primas para su producción o fabricación o los tengan con fines de comercialización, o los distribuyan, o almacenen o transporten" podrán tener una pena de cuatro a quince años de prisión.