26 de abril de 2024
26 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal
Dictaminan en contra de las inconstitucionalidades presentadas por el fiscal Campagnoli
El fiscal Miguel Angel Gilligan consideró que, debido a las "falencias argumentativas" realizadas por la parte demandante, debe rechazarse el pedido de inconstitucionalidad de los artículos 4°, 5° y 6° inciso 1° de la ley que regula las medidas cautelares en las causas en las que es parte o interviene el Estado nacional.

El fiscal de feria ante ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal Miguel Angel Gilligan sostuvo que deben desestimarse las inconstitucionalidades presentadas por el suspendido fiscal José María Campagnoli al respecto de los artículos 4°, 5° y 6° inciso 1° de la ley 26.854, que regula las medidas cautelares en las causas en las que es parte o interviene el Estado nacional.

Gilligan explica en su dictamen los alcances del articulo 4° de la ley, donde dice que el juez, previo a resolver sobre una medida cautelar, debe pedir informes a la parte demandada y fija los plazos y condiciones para realizarlo. Al respecto de esto, el fiscal sostiene que que no encuentra "razones suficientes para descalificarla con base constitucional".

Agrega además que "el accionante ni explica en sus agravios de qué modo el anoticiamiento del Estado Nacional respecto de la medida cautelar impetrada, podría en este caso tornala ineficaz". Opina que la actora "no ha precisado el gravamen o perjuicio concreto" que el requerimiento del informe previo podría ocasionarle.

En otro de los párrafos del escrito, el representante del Ministerio Público cita el artículo 5° de la mencionada ley, donde se describe la vigencia temporal de las medidas cautelares frente al Estado. Al respecto de ello, considera que de los argumentos expuestos por Campagnoli "no surgen agravios suficientemente concretos como para determinar la inconstitucionalidad pretendida"

Gilligan agrega que los magistrados cuentan con la posibilidad de prorrogar las medidas cautelares teniendo en cuenta el interés público y la actitud procesal. Sostiene también que rechaza lo sostenido por la parte demandante ya que "semejante calificación judicial merece la manifiesta observancia de un perjuicio o lesión suficientemente inmediato o directo a la garantía constitucional que alegan vulnerada".

Por último, el fiscal señala, al respecto de la declaración de inconstitucionalidad del artículo 6° inciso 1° que "no surge de la escueta o nula argumentación, agravios que puedan afectar garantías o preceptos constitucionales".

La causa

La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal, conformada por Carlos Grecco, Jorge Argento y Sergio Fernández, remitió ayer la causa a la fiscalía para que se expida sobre las inconstitucionalidades, luego de haber habilitado la feria judicial. El fiscal general Fernando Uriarte se había opuesto a esta medida.

Jose María Campagnoli fue suspendido el 12 de diciembre pasado por el Tribunal de Enjuiciamiento quién consideró que no debía mantenerse en sus funciones mientras se realiza el proceso para dilucidar si corresponde su remoción por “abuso de poder” y “mal desempeño”.