26 de abril de 2024
26 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Actividad organizada por la Dirección General de Capacitación y Escuela del MPF
La UFEM dictó una capacitación sobre herramientas de investigación para casos de femicidios
El curso propone brindar los instrumentos necesarios para una investigación eficaz de los homicidios cometidos en razón del género de la víctima.

Los integrantes de la Unidad Fiscal Especializada de Violencia contra las Mujeres (UFEM),  Mariano Gaitán,  Déborah Rifkin y Josefina Durán, comenzaron la semana pasada un curso sobre “Herramientas de investigación y litigio en casos de muertes violentas por razones de género (femicidio)” dirigido a magistrados, funcionarios y empleados del Ministerio Público Fiscal.

El objetivo de las jornadas es brindar las herramientas teóricas y prácticas a los integrantes del MPF para una investigación eficaz de los homicidios cometidos en razón del género de la víctima.

La UFEM es el área del Ministerio Público destinadas al abordaje especializado de los fenómenos criminales vinculados a las manifestaciones de violencia contra mujeres, niños, niñas y adolescentes y otras poblaciones que sufren violencia y discriminación sistemática por razones de género y orientación sexual.

“La violencia contra la mujer constituye una violación a los derechos humanos y las libertades fundamentales y limita total o parcialmente a la mujer el reconocimiento, goce y ejercicio de tales derechos y libertades”, definieron.

Agregaron que “esa violencia constituye una ofensa a la dignidad humana y es una manifestación de las relaciones de poder históricamente desiguales entre mujeres y varones, además de trascender las variables de clase, raza o grupo étnico, nivel de ingresos, cultura, nivel educacional, edad y religión”.

“La violencia es estructural y se ejerce en todos los ámbitos de las relaciones sociales. El Estado es responsable de prevenir, investigar, sancionar y reparar la violencia en todos los ámbitos donde se produce”, señalaron.

Como concepto teórico político, el femicidio “está fundado en una cultura de violencia y discriminación de género, tiene características específicas de acuerdo al contexto sociocultural particular en el cual se da y no son casos aislados, sino ejemplares de una situación de discriminación y desigualdad estructural”, concluyeron.

Antes de comenzar a analizar casos prácticos, los docentes hicieron una breve reseña del origen de la palabra femicidio: en 1976, relataron,  la sudafricana Diana Russell, doctora en psicología social, utilizó por primera vez el término Femicide en el Tribunal Internacional de Crímenes contra Mujeres de Bruselas, definiéndolo como “el asesinato de mujeres a manos de hombres debido a que son mujeres”.

En los años noventa, en el marco del debate por los crímenes cometidos en Ciudad Juárez, México, Marcela Lagarde, antropóloga mexicana, tradujo el término como Feminicidio, que es la culminación de la violencia contra las mujeres.

El concepto de feminicidio tiene tres elementos principales, explicaron: condiciones sociales que toleran la violencia extrema contras las mujeres, carácter de crimen de odio e impunidad del Estado frente a estos crímenes.

 Los contextos femicidas

Los contextos captan los modos en que tiende a manifestarse la violencia de género en cada caso, afirmaron los docentes,  por lo que  “son útiles para orientar la investigación y producir medidas específicas para probar el femicidio”.

Los femicidios íntimos y familiares se caracterizan por la existencia de una relación previa entre el agresor y la víctima. “En la motivación de la conducta del agresor prevalece la concepción de la mujer como una posesión y se manifiesta como un continuo de agresiones verbales, psicológicas, físicas, sexuales o económicas que implican la subordinación de la mujer y culminan con su muerte”, detallaron.

Los femicidios sexuales se identifican por la presencia de un ataque sexual directo, es decir, cuando la conducta del agresor tiene un contenido sexual manifiesto,  o puede ser simbólico, cuando el comportamiento, sin tener un contenido sexual directo, tiende a satisfacer una fantasía sexual del atacante.

Por último, los femicidios por odio, que se caracterizan por la especial motivación del o los victimarios, consistente en el odio o rechazo al género, la identidad de género o la orientación sexual de la víctima. La conducta del o los agresores suele perseguir un fin ejemplificador y correctivo de las personas que se apartan de los roles de género tradicionales.

Existen otros contextos femicidas que incluyen todos los demás en los que un varón mata a una mujer mediando violencia de género. “Estos casos son los más complejos y su correcta identificación requiere un análisis integral y con perspectiva de género de toda la prueba”, concluyeron.