30 de abril de 2024
30 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Delitos contra la integridad sexual
Un hombre fue condenado a 20 años de prisión por abusar de dos adolescentes
Los hechos se produjeron en 2011, en el barrio porteño de Villa Pueyrredón, El tribunal consideró probado que el hombre fue responsable de dos abusos sexuales. Los fundamentos de la sentencia se conocerán el 23 de septiembre.

Con la intervención de la fiscal Dafne Palópoli, interinamente a cargo de la Fiscalía General N° 21 ante los Tribunales Orales Criminales, el Tribunal Oral en lo Criminal N°23 condenó a Sebastián Dos Santos a la pena de 20 años de prisión, por encontrarlo responsable de dos abusos sexuales con acceso carnal agravados por el uso de arma y resistencia a la autoridad. El imputado fue absuelto por la tentativa de abuso sexual y tentativa de robo agravado contra otra de las tres víctimas.

La audiencia de debate se inició cuando el Tribunal –integrado por los jueces Anzoategui, Jantus y Magariños- rechazó el pedido presentado por el defensor oficial Diego Armando, quien había solicitado informes a los medios de comunicación, respecto a imágenes de cámaras de seguridad que habrían grabado el accionar de Dos Santos y su detención. Tras sostener que Artear y C5N no tenían informes al respecto y que el Gobierno de la Ciudad tampoco contaba con las imágenes –pues se archivan durante 45 días-, el Tribunal denegó el pedido de la defensa y procedió a brindar los resultados del informe socio-ambiental efectuado a Dos Santos, quien prefirió retirarse de la sala.

La audiencia continuó con el alegato de la representante del Ministerio Público, quien solicitó que se aplicara a Dos Santos una pena de 24 años de prisión, por considerarlo responsable de dos abusos sexuales con acceso carnal, agravados por el uso de arma de fuego, una tentativa de abuso sexual con acceso carnal agravado por el uso de arma, y resistencia a la autoridad. Asimismo, Palópóli solicitó que se dejara constancia en el Registro de Nacional de Datos Genéticos, recientemente creado por Ley 26.879.

En su exposición, Palópoli dio por probados los abusos sexuales con acceso carnal –agravados por el uso de arma blanca- en perjuicio de S.C. y W.G.B.. Asimismo, la fiscal acreditó la tentativa de abuso sexual con acceso carnal contra B.L., y la resistencia a la autoridad al momento de ser detenido –el 28 de octubre de 2011- por el oficial de la Policía Metropolitana, Diego Cantero. Respecto del hecho que perjudicó a B.L., la fiscal sostuvo que si bien no había pruebas concretas, tenían suficientes indicios para responsabilizar al imputado, pues todos los hechos ocurrieron en Villa Pueyrredón, los días viernes alrededor de las 7 de la mañana, todas las víctimas eran jóvenes estudiantes de secundaria, todas fueron abordadas por un hombre con las características de Dos Santos a punta de cuchillo, y todas fueron abusadas en los pórticos de casas o en un parque.

Para fundamentar su pedido de pena, Palópoli consideró como atenuantes que Dos Santos hubiera reconocido los hechos que perjudicaron a S.C. y W.G.B. –aunque no admitió su participación en el que perjudicó a B.L.- y la resistencia contra Cantero; que haya colaborado retirándose de la sala para no afectar a las víctimas cuando declararon y que haya manifestado estar arrepentido.

La defensa de Dos Santos pidió que se reviera la calificación del hecho que afectó a B.L. por considerar que no fue suficiente la prueba producida en el debate, por cuanto la víctima reconoció parcialmente a su agresor. Asimismo, respecto de W.G.B. recalcó –al igual que la fiscalía- que haya sido el único hecho donde se contara con material genético que, cotejado con muestras tomadas al imputado, fue coincidente; al tiempo que pidió que se calificará el hecho como abuso simple por no haberse acreditado penetración.

Previo a dictar la sentencia, el tribunal ofreció a Dos Santos sus últimas palabras, pero el imputado se negó a declarar. Tras un cuarto intermedio, el Tribunal leyó el veredicto que condenó a Dos Santos a cumplir 20 años de prisión, por considerarlo autor del delito de abuso agravado por acceso carnal –en perjuicio de S.C. y W.G.B- en concurso real con resistencia a la autoridad en contra del oficial Cantero, al tiempo que fue absuelto de los delitos de tentativa de abuso sexual agravado –en perjuicio de B.L.- y  tentativa de robo agravado por el uso de arma en perjuicio de W.G.B. Asimismo, el Tribunal dispuso que se comunicará la condena al Registro Nacional de Datos Géneticos.

Tras la sentencia Palópoli sostuvo que “el juicio exitoso fue posible gracias a la disposición, profesionalismo y eficiencia en la articulación de las licenciadas María del Carmen Tucci y Susana Larcamon, de la Oficina de Asistencia a la Víctima –a cargo de Eugenio Freixas- quienes contuvieron psicológicamente a las damnificadas para que pudieran declarar en la audiencia”