30 de abril de 2024
30 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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La actual Procuraduría de Investigaciones Administrativas
A 60 años de la norma que creó la Fiscalía Nacional de Investigaciones Administrativas
El 29 de octubre de 1962 se publicó en el Boletín Oficial el decreto ley 11.265, que dio origen a la Fiscalía Nacional de Investigaciones Administrativas. Desde entonces, es el órgano especializado en la investigación de hechos de corrupción y de irregularidades administrativas cometidas por agentes de la Administración Pública Nacional.

La Procuraduría de Investigaciones Administrativas (PIA) cumplió este sábado 60 años desde la publicación en el Boletín Oficial del decreto ley 11.265, dictado el 29 de octubre de 1962, que creó la Fiscalía Nacional de Investigaciones Administrativas (FIA).

Aquella norma puso en funciones a una nueva estructura, que tuvo su antecesora en la denominada Comisión Ejecutiva Investigadora de Irregularidades en la Administración, creada en junio de 1962, y que tenía a su cargo la investigación de oficio, o con motivo de denuncias, de supuestas irregularidades cometidas en órganos de la Administración Pública Nacional. Pocos días después de su conformación, aquél organismo tomó el nombre de Comisión Nacional de Investigaciones y se reglamentaron sus funciones, a partir de lo cual obtuvo “plena autonomía”.

En esta línea de progreso, la promulgación del decreto ley 11.265 dio origen a la FIA. Esta fiscalía se creó para continuar las investigaciones que eran competencia de la Comisión, bajo el reconocimiento de que la investigación de aquellos actos debía llevarse a cabo por órganos permanentes e independientes del Poder Ejecutivo, dotados de facultades que aseguren su eficacia. Por ello, se insertó a la FIA en la órbita del Ministerio Público, bajo la superintendencia del procurador general de la Nación.

La FIA estuvo integrada por un fiscal general y tres fiscales adjuntos con competencia para investigar la conducta de funcionarios públicos de la Administración Nacional, sus entidades descentralizadas y empresas del Estado. La principal atribución que se le otorgó al organismo, además del deber de denunciar ante el juez competente los hechos que a consecuencia de sus investigaciones fueran considerados delitos, fue la de ejercer la acción pública.

Desde entonces, se forjaron una serie modificaciones reglamentarias que subrayaron paulatinamente las diferentes facultades de la FIA para ampliar las competencias en materia administrativa, así como en los procesos penales.

Aquello se vio fortalecido con la reforma constitucional de 1994, que introdujo el artículo 120, dirigido a garantizar la independencia del Ministerio Público de los demás poderes del Estado, incluso del Poder Judicial, al determinarlo como órgano extra poder. En 1998, la ley 24.946, Orgánica del Ministerio Público, explicitó la ubicación de la FIA dentro de la órbita del MPF y preservó así la configuración que tenía hasta el momento.

Un aspecto particular de esta fiscalía especializada se vincula al cargo del fiscal nacional de Investigaciones Administrativas, figura que preside la dependencia. A esa función se accede por concurso público de antecedentes y oposición. Su titular goza de estabilidad hasta que cumpla los 75 años y mientras dure su buena conducta.

En 2015, de cara a la implementación de un proceso acusatorio, en virtud de lo establecido por la ley 27.148, Orgánica del Ministerio Público Fiscal, y mediante resolución de la Procuración General, se dispuso la conversión de la FIA en Procuraduría de Investigaciones Administrativas y fueron delimitadas sus funciones y competencias actuales.

En 2016, de acuerdo a lo prescripto por la ley orgánica, se aprobó el Reglamento Interno de la PIA, que modifica su estructura a un modelo organizacional flexible, con una única unidad interna que contiene al conjunto de las y los investigadores, ideada para permitir la conformación de equipos de trabajo adhoc que se ajusten a las necesidades de cada caso. El dinamismo de esta estructura y la creación de áreas con funciones delimitadas permitió que la PIA concentre sus esfuerzos con un alto grado de especialización en los asuntos complejos de mayor relevancia institucional y social detectados en materia de corrupción, conforme a estándares internacionales.

En la actualidad, la PIA es el organismo especializado en la investigación administrativa disciplinaria y penal de hechos de corrupción. Es autónomo, independiente y con garantías de estabilidad funcional.

En este sentido, se ajusta al cumplimiento de los compromisos internacionales asumidos por Argentina en la incorporación de los instrumentos vinculados a la lucha contra la criminalidad en la Administración Pública. Entre ellos, la Convención Interamericana contra la Corrupción aprobada por ley 24.759 de 1996, la Convención de la OCDE contra el soborno transnacional de 1997, la Convención de Palermo de 2000 contra la delincuencia organizada transnacional, y la Convención de la Naciones Unidas contra la Corrupción aprobada por la ley 26.097 de 2006, entre otras.