07 de diciembre de 2025
07 de diciembre de 2025 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Interviene la fiscal federal Alejandra Mángano
Procesaron a cinco personas acusadas de la explotación sexual de ocho mujeres en un bar de Flores que usaban como fachada
Los procesados /as son tres hombres y dos mujeres. Para el juez, obtuvieron “un provecho económico de la explotación sexual de las víctimas”. Según la investigación, tenían en el bar un sistema de pago de “copas” y “pases”, para llevar luego a las víctimas a un hotel cercano. Se quedaban con la mitad del monto acorado por el servicio. La investigación se inició con un llamado anónimo a la Línea 145.

Tres hombres y dos mujeres fueron procesados/as por el delito de trata de personas, bajo la acusación de explotar sexualmente entre 2022 y 2023 a al menos ocho mujeres en un bar del barrio porteño de Flores, en el marco de una causa iniciada por un llamado anónimo a la Línea 145 y que fue investigada por la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº12, interinamente a cargo de la fiscal federal Alejandra Mángano. Según la investigación, la modalidad era usar el bar como fachada y mediante un sistema de pago de “copas” y “pases”, llevar a las víctimas a un hotel cercano.

Los procesamientos -sin prisión preventiva-, fueron dispuestos por el titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº7, Sebastián Casanello, quien además les prohibió la salida del país y trabó embargos sobre los bienes de los cinco imputados por una suma total de 300 millones de pesos.

Para arribar a la suma de los embargos se tuvieron en consideración los ingresos ilícitos obtenidos por la explotación que resultaron del siguiente cálculo: el período en el que la víctima fue explotada multiplicado por el promedio de clientes/prostituyentes por unidad de tiempo y por el promedio de la ganancia para el tratante/explotador por cada acto de explotación sexual de la víctima. De igual modo, el lucro cesante se calculó conforme la siguiente fórmula: el período en el que la víctima fue explotada por el salario mínimo o predominante aplicable para el tiempo y el lugar, más las horas extras.

De los cinco acusados, dos hombres y una mujer quedaron procesados y procesada como coautores del delito de trata de personas con fines de explotación sexual agravado por mediar situaciones de vulnerabilidad de las víctimas, por ser ellas más de tres y por haber participado más de tres personas en su comisión. Dicha figura está contemplada en los artículos 145 bis y 145 ter del Código Penal, según las modificaciones de la Ley 26.842, y prevé una pena de hasta 12 años de prisión.

En el caso de otro hombre y otra mujer, sus procesamientos fueron como presuntos partícipes necesarios del mismo delito. En tanto, una tercera mujer que había sido imputada, fue sobreseída por el magistrado.

A su vez, Casanello ordenó el embargo preventivo sobre inmuebles y bienes muebles registrables identificados en una investigación patrimonial paralela, a fin de que, eventualmente, puedan ser objeto de una acción de decomiso en una etapa posterior del proceso.

Según la imputación, los cinco acusados recibieron y acogieron al menos a ocho mujeres en situación de vulnerabilidad para explotarlas sexualmente y obtener beneficios económicos, a través de un bar llamado “Enigma”, ubicado en la calle Argerich 36, en el barrio porteño de Flores. Los hechos habrían ocurrido al menos desde el 2 de mayo de 2022 hasta el 6 de mayo de 2023, fecha en la que se llevó adelante un allanamiento con personal del Escuadrón de Investigación de Delitos Complejos y Procedimientos Judiciales Buenos Aires de Gendarmería Nacional, y se clausuró el local.

Un llamado anónimo a la Línea 145, el inicio de la investigación

La investigación se inició a raíz de una denuncia anónima realizada el 2 de octubre de 2022, ante la Línea 145 del Programa Nacional de Rescate y Acompañamiento a las Personas Damnificadas por el Delito de Trata de Personas. En esa oportunidad, se hizo saber que en el bar “Enigma”, ubicado en Argerich 36, de Floresta, se llevaban a cabo actividades relacionadas con el delito de trata de personas.

El bar que la organización empleaba como fachada para la explotación de las víctimas, fue clausurado el día del allanamiento. Foto: Gendarmería Nacional

Más precisamente, la persona denunciante señaló que observó a una adolescente de 15 años salir del bar con un hombre y dirigirse a un hotel ubicado a pocas cuadras, sobre la calle Ramón L. Falcón al 300. Agregó que el lugar funcionaba desde 2010 y que allí habría siete mujeres que estarían siendo explotadas sexualmente.

Al brindar más detalles, el denunciante mencionó los apodos o nombres de pila de un hombre y una mujer a quienes sindicó como encargado y encargada del lugar y agregó que había un hombre de contextura grande que oficiaba de seguridad y que, en algunas oportunidades, acompañaba a las mujeres desde el bar al mencionado hotel.

La causa fue delegada en la Fiscalía Federal N°12, a cargo de Mángano, que ordenó una serie de medidas que permitieron establecer la participación que tuvo cada uno de los imputados.

Esas tareas investigativas producidas por la fiscalía derivaron en un allanamiento del bar investigado, que se llevó a cabo el 6 de mayo de 2023. En el procedimiento, además de Gendarmería, intervino el Programa Nacional de Rescate y Acompañamiento a las Personas Damnificadas por el Delito de Trata de Personas.

Los y las cinco imputados/as fueron indagados por el delito de trata de personas con fines de explotación sexual, configurada mediante la recepción y acogimiento de al menos ocho personas, siete de ellas de nacionalidad argentina y una paraguaya.

El funcionamiento

Según la investigación, el objetivo de los imputados era explotar sexualmente y ocultar esa explotación, mediante el funcionamiento del bar. Los elementos secuestrados en el local allanado permitieron vincularlos en forma directa con el ofrecimiento de los servicios sexuales de las víctimas a los clientes y/o prostituyentes que se encontraban en el lugar, como así también con la administración del bar.

La modalidad utilizada era un sistema de “copas” y “pases”. Las mujeres debían acercarse a los clientes con el objetivo de ofrecer servicios sexuales, luego acordaban la modalidad y monto y, previo a retirarse, informaban a los encargados del bar el precio acordado y éstos les retenían el 50% del valor. Finalmente, se dirigían a algún hotel cercano para concretar el “servicio”.

Roles

A través de las diferentes tareas investigativas, se pudo establecer que una de las imputadas era la encargada de la caja del bar y quien efectuaba los cobros y retenciones de las “copas” y/o “pases” a las mujeres que ofrecían los servicios sexuales.

Otros dos imputados hombres eran el dueño y el titular registral del bar usado como fachada. Este último fue quien registró la habilitación del local bajo el rubro de “casa de lunch, café bar, despacho de bebidas, whiskería, cervecería y confitería”, sin la cual el lugar no podría haber funcionado.

Los cinco imputados abusaron de la situación de vulnerabilidad de ocho víctimas, “toda vez que se aprovecharon de las diversas carencias y necesidades que atravesaban, para someterlas al circuito prostituyente que administraban”, sostuvo el juez.

Por su parte, otro de los imputados era quien se encargaba de la seguridad del lugar: autorizaba o denegaba el acceso a los clientes y alertaba de cualquier situación riesgosa que pudiera advertirse en las afueras del inmueble. Finalmente, otra de las imputadas fue señalada como una de las controladoras de la actividad de las víctimas.

Los fundamentos del juez

Para el juez, se pudo constatar que participaron de la organización delictiva -con diferentes aportes y funciones- “al menos cinco personas, entre las cuales existió un plan común y una división de tareas para obtener un provecho económico de la explotación sexual de las víctimas”.

Además, sostuvo que se pudo comprobar que los cinco imputados abusaron de la situación de vulnerabilidad de ocho víctimas, “toda vez que se aprovecharon de las diversas carencias y necesidades que atravesaban, para someterlas al circuito prostituyente que administraban”.

“De conformidad con las constancias de la causa, se determinó que los imputados ofrecieron servicios sexuales ajenos por medio del bar en cuestión, consumaron la explotación a raíz de la retención económica que le hacían a las víctimas y obtuvieron ganancias económicas”, aseguró Casanello.

El juez fundamentó su posición conforme las obligaciones contraídas por el Estado Argentino como la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW); la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Belém Do Pará) , que identifica a la trata de personas -entre otras figuras delictuales- como formas de violencia contra la mujer; y el Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, especialmente de Mujeres y Niños (Protocolo de Palermo), que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional.

“Investigar, juzgar y condenar incorporando esta perspectiva, implica comprender que el fenómeno de la violencia de género atenta contra el principio de igualdad y el respeto a la dignidad humana, produciendo en las mujeres, niñas, adolescentes y ancianas un daño físico, psicológico y/o sexual, que acarrea múltiples formas de vulneración del derecho a la vida, a la libertad e integridad, a la consecución económico-socio-cultural, a la autodeterminación, entre otras posibles, como producto de un esquema patriarcal de dominación -que es consecuencia de un diseño estructural de desigualdad de género-“, señaló Casanello.

“A raíz de todo lo expuesto, queda claro que todos los indicadores de vulnerabilidad de las mujeres fueron aprovechados por los encausados para acogerlas y lograr su subordinación, lo que configura el abuso aquí exigido, a la luz de los lineamientos establecidos por los organismos nacionales e internacionales expertos en la materia”, concluyó.