07 de diciembre de 2025
07 de diciembre de 2025 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Presentación conjunta del fiscal general Alberto Adrián María Gentili y la Defensora de Víctimas Inés Jaureguiberry
San Martín: solicitaron la liquidación de los bienes decomisados a cuatro miembros de una secta condenados por trata de personas para reparar a sus víctimas
El pedido impulsado por los representantes de los dos ministerios públicos abarca los inmuebles, vehículos y dispositivos electrónicos que estaban en poder de los integrantes del culto “Abba Krishna”, con el objetivo de afrontar las reparaciones económicas de la querella y de otras siete víctimas.

El fiscal general Alberto Adrián María Gentili y la defensora pública de las Víctimas de la provincia de Buenos Aires, Inés Jaureguiberry, solicitaron ayer al Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°2 de San Martín que disponga la liquidación de los bienes muebles e inmuebles decomisados a cuatro integrantes del culto “Abba Krishna” condenados por trata de personas agravada el 3 de julio de 2024, para indemnizar a las ocho víctimas del caso, una de ellas menor de 18 años al momento de los hechos.

Al dictar aquella sentencia, el tribunal integrado unipersonalmente por el juez Walter Antonio Venditti, condenó a Francisco Aurelio Pugliese, Leonardo Abel Gandarinho, Carina Lorena Cardoso y Lisa Beatriz Baissetto a cuatro años de prisión, accesorias legales y costas, como partícipes secundarios del delito de trata de personas agravado por haber sido cometido mediando engaño y aprovechamiento de la situación de vulnerabilidad de las víctimas, contra más de tres víctimas, con la participación de más de tres personas y la intervención del ministro de un culto no reconocido.

También los condenó como partícipes secundarios por el de abuso sexual agravado por haber sido cometido con acceso carnal, en forma gravemente ultrajante, por parte del ministro de un culto no reconocido, con la intervención de más de tres personas y contra una persona menor de 18 años, aprovechando una situación de convivencia preexistente. El considerado líder de la organización no pudo ser juzgado, pues fue apartado del proceso por incapacidad sobreviniente.

En la sentencia el TOF N°2 de San Martín dispuso la reparación económica de la querella y de las restantes víctimas del caso y ordenó el decomiso de cuatro inmuebles ubicados en el partido bonaerense de La Matanza, de un automóvil Citroën C3 Aircross, de una camioneta Renault Trafic, de una tableta Samsung, de seis teléfonos celulares -cinco Samsung y uno LG-, de $459.960 y de U$S600.

Para asegurar los bienes, ordenó la inscripción de los inmuebles y los vehículos en los registros correspondientes a nombre del Estado Nacional con asignación al Consejo Federal para la Lucha contra la Trata y Explotación de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas y la transferencia del dinero a las cuentas del Fideicomiso de Administración del Fondo de Asistencia a Víctimas de Trata.

El fiscal Gentili y la defensora pública de Víctimas argumentaron que la tramitación del recurso de queja ante la Corte Suprema no resulta un obstáculo para la ejecución de la sentencia y pusieron de relieve el derecho que tienen las víctimas de trata de personas a obtener un pronunciamiento dentro de un plazo razonable.

La sentencia fue recurrida por la defensa de Pugliese, pero la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó su presentación, lo que motivó un recurso extraordinario que también fue desestimado. Por ello, en diciembre pasado la defensa del condenado interpuso un recurso de queja ante el máximo tribunal, que aún no fue resuelto. En el ínterin, en agosto de 2024, la querella requirió la adopción de medidas cautelares y de administración respecto de los bienes y el dinero decomisados, que no fueron resueltas hasta el momento.

En este estado, el fiscal general Gentili y la defensora Jaureguiberry, como representante de la querella, solicitaron ayer el pronto cumplimiento de lo resuelto en la sentencia, de acuerdo con la normativa procesal que dispone que la tramitación del recurso de queja no resulta un obstáculo para la ejecución de la sentencia y el derecho que tienen las víctimas de trata de personas a obtener un pronunciamiento dentro de un plazo razonable.

En ese sentido, requirieron que se dispusieran “a la mayor brevedad posible las medidas necesarias” para llevar a cabo la venta de los bienes “a través de subasta pública por intermedio de la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE)” y que el producido se destine al pago de la reparación de las víctimas prevista en la sentencia, mientras que propusieron el prorrateo del dinero en efectivo.

En su presentación, Gentili y Jaureguiberry destacaron que, si bien el Poder Ejecutivo Nacional disolvió el Fondo de Asistencia Directa a las Víctimas de Trata de Personas a través del Decreto 1048/2024, se mantuvo la continuidad del Programa Nacional para la Instrumentación de las Reparaciones Integrales a Víctimas del Delito de Trata de Personas bajo la órbita de la Subsecretaría de Política Criminal del Ministerio de Justicia de la Nación, al cual había que dar intervención para hacer efectiva la reparación dispuesta en la sentencia.

El caso

La investigación se inició a partir de un correo electrónico remitido por una de las víctimas ante la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (PROTEX), a cargo de Alejandra Mángano y Marcelo Colombo, en el que dio cuenta de los diferentes hechos sufridos en el templo “Abba Krishna”.

En febrero de 2021, la PROTEX formuló su denuncia ante la Fiscalía Federal N°1 de Morón, que le solicitó al juez Jorge Rodríguez, a cargo del Juzgado Federal N°2 de esa jurisdicción, una serie de medidas de investigación, que culminaron con la individualización de las cuatro personas que, posteriormente, fueron condenadas.

En ese contexto, se les imputó el haber colaborado en la captación y acogimiento, desde una fecha indeterminada y hasta el 5 de diciembre de 2021, de un número desconocido de personas entre las cuales fueron identificadas ocho víctimas, mediante engaño y aprovechándose de su situación de vulnerabilidad, para finalmente obtener réditos económicos de ellos mediante la reducción a la servidumbre, además de someterlos a distintas prácticas de índole sexual.

De acuerdo con la investigación, Pugliese, Gandarinho, Cardoso y Baissetto se ampararon en el culto “Abba Krishna", que contaba con rasgos sectarios, se ganaban la confianza de los fieles y les imponían distintas pautas en concepto de “avance espiritual”.

El 5 de diciembre de 2021 se concretaron una serie de allanamientos, que derivaron en la detención de cinco personas y en el secuestro de sumas de dinero, municiones, armamentos, medicamentos y documentación.

El líder de la secta fue desvinculado del proceso por “incapacidad sobreviniente”, aunque se demostró en el debate que logró disponer de las víctimas en todos los aspectos de su vida, desde la utilización de su tiempo, el control laboral, económico, social, alimenticio, sentimental y sexual.