El responsable de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N°30, Pablo Recchini, solicitó que un hombre de 37 años vaya a juicio oral acusado de haber provocado la muerte de un ciudadano de origen coreano a quien golpeó en la calle tras un altercado ocurrido la madrugada del 9 de julio pasado, en el barrio porteño de Flores y a quien, además, le robó sus pertenencias. La víctima falleció, al día siguiente, a consecuencia de una hemorragia cerebral, producto del golpe recibido en la cabeza.
En su dictamen, el representante del Ministerio Público Fiscal le imputó a Gonzalo Andrés Aragón, de 37 años, vendedor ambulante y quien hace tres años se encuentra en situación de calle, el “homicidio preterintencional en concurso real con el delito de robo simple” de Rafael Chu.
La calificación responde a que, para la fiscalía, la muerte “no fue querida ni prevista como posible” por el imputado, pero fue consecuencia de que, en la caída, la víctima golpeó su cabeza contra el asfalto, lo que produjo las lesiones que luego ocasionaron el deceso. El homicidio preterintencional, contemplado en el artículo 81, inciso "b", del Código Penal, prevé de 1 a 6 años de prisión para quien "con el propósito de causar un daño en el cuerpo o en la salud, produjere la muerte de alguna persona, cuando el medio empleado no debía razonablemente ocasionar la muerte".
La clave para esclarecer el caso fueron los videos del hecho conseguidos y analizados por la División Homicidios de la Policía de la Ciudad y que el agresor fue reconocido en esas imágenes por un oficial de esa fuerza de seguridad que ya lo había identificado varias veces antes, cuando cumplía funciones en la Comisaría Vecinal 7C, por hechos cometidos en las inmediaciones de la plaza Flores.
Además, la médica forense que hizo la autopsia también analizó los videos y concluyó que las lesiones constatadas en la víctima, presentan un mecanismo productor compatible a la agresión registrada en esas imágenes.
El caso
Las actuaciones se iniciaron la medianoche del 10 de julio pasado, cuando Chu falleció en el Hospital Alemán del barrio porteño de Recoleta y los médicos pidieron intervención policial, ya que detectaron que había sufrido traumatismos craneoencefálicos.
La esposa de la víctima -que ignoraba la agresión de la que había sido víctima su marido horas antes-, explicó en su primer contacto con la policía que el hombre había salido el 8 de julio con un grupo de amigos -primero a un supermercado de un conocido, luego a un billar y de allí a una pizzería- y que lo oyó llegar a su casa de Flores en horas de la madrugada del 9 de julio.
Al verlo en su dormitorio, lo encontró durmiendo en el piso, junto a la cama, “lo cual no le llamó la atención ya que era una situación habitual en su marido”. Sin embargo, pasado el mediodía, la mujer advirtió que el hombre escupía sangre por la nariz y la boca, respiraba con dificultad y estaba inconsciente, por lo que le avisó a una amiga, que llamó al Sistema de Atención Médica de Emergencia (SAME), que lo trasladó al Hospital General de Agudos Dr. Teodoro Álvarez.
Posteriormente, Chu fue derivado por su obra social al Hospital Alemán, donde los médicos le indicaron a la mujer que su esposo presentaba dos derrames cerebrales “y que no podían determinar que los daños fueran producto de un ACV, ya que observaron signos de trauma”, en virtud de lo cual dieron intervención a la policía.
Tras el fallecimiento de Chu, la autopsia practicada por el Cuerpo Médico Forense determinó que murió a consecuencia de una hemorragia meningo-encefálica producto del traumatismo cráneo-encefálico que presentaba.
Así, a instancias de la fiscalía, la División Homicidios de la Policía de la Ciudad comenzó a trabajar para esclarecer los hechos. En ese contexto, luego de tomar testimoniales con las que reconstruyeron los lugares de Flores por donde había estado Chu aquella madrugada, relevaron las cámaras de seguridad particulares y del Centro de Monitoreo Urbano y así encontraron los videos clave que registraron la agresión que la víctima sufrió en la avenida Rivadavia 7200.

Tras la agresión, el momento en el que el imputado revisa las ropas de la víctima para tomar sus pertenencias. Foto: captura de video de la causa
Al describir el hecho, el fiscal sostuvo que ocurrió alrededor a las 3.58 de la madrugada del 9 de julio pasado en esa cuadra de Flores, donde Aragón “mantuvo un altercado con Rafael Chu y le propinó un golpe de puño en el rostro, lo que provocó que éste cayera pesadamente en la vía pública y quedara inconsciente en total estado de indefensión”.
“Tal situación fue aprovechada por el imputado para sustraerle efectos personales que la víctima resguardaba entre sus prendas y, seguidamente, lo escupió en la cara, le propinó dos cachetadas, lo insultó y zapateó junto a su cabeza, tras lo cual se retiró del lugar en compañía de una persona aún no identificada”, relató el fiscal.
Del relevamiento fílmico surgió que “fue la propia víctima la que persiguió al imputado (con quien aparentemente mantuvo un altercado) y al estar enfrentados, el imputado le propinó el golpe”.
Momentos después, un grupo de personas que pasaba por el lugar vio a Chu y dio aviso a la policía, que llegó al lugar. Sin embargo, el hombre se reincorporó y se fue a su casa, en la calle Aranguren al 3600.
Uno de los oficiales que relevó las imágenes -y que había trabajado durante cuatro años en la Comisaría Vecinal 7C-, reconoció a Aragón como la persona que atacó a Chu. En tal sentido, destacó que se trataba de un hombre “en situación de calle y permanecía por la zona de Plaza Flores, Yerbal y Terrada, la avenida Rivadavia y Lafuente y por la intersección de las avenidas San Pedrito y Alberdi” de ese barrio porteño y al cual ya había identificado en otras oportunidades por otros hechos cometidos en la zona.
Procesamiento y apelación
Oportunamente, la responsable del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N°1, Alejandra Alliaud, procesó a Aragón como autor del delito de “homicidio preterintecional en concurso real con el delito de robo simple”, pero la defensa del hombre recurrió la decisión y cuestionó que se considerara el testimonio del oficial como prueba
A su turno, el auxiliar fiscal Gabriel Páramos, de la Fiscalía General N°3 ante al Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal, que encabeza el fiscal general Mauricio Viera, solicitó que se rechazara el planteo de la defensa. En tal sentido, consideró que la labor desplegada por la División Homicidios permitió esclarecer el hecho e identificar a Aragón como su autor.
“Cabe destacar que un golpe de este tipo no resulta ser un medio idóneo para causar la muerte (como efectivamente ocurrió), sin embargo, conforme dijeran profesionales del Cuerpo Médico Forense de la Nación, las lesiones observadas en la autopsia practicada al cuerpo de Chu resultaron ser compatibles con las imágenes fílmicas recopiladas en la causa, poseyendo entidad suficiente para causar su muerte”, indicó Recchini.
Agregó, a contrario de lo que sostuvo la defensa, el agente policial no ha sustentado su reconocimiento -o, al menos, no exclusivamente- en la circunstancia de que el imputado, al momento del hecho, vestía la misma campera que tenía cuando, días más tarde -el 20 de julio del corriente año-, fue detenido en el marco del procedimiento realizado por la Comisaría Vecinal 7C de la Policía de la Ciudad”, en el marco de una investigación de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N°56, a cargo de Edgardo Orfila, por un hecho ocurrido, también, en la avenida Rivadavia al 7300.
Concluyó que, frente a las pruebas recabadas y a la firme imputación, el descargo del imputado no era razonable ni estaba respaldado por ninguna de las pruebas reunidas en la causa.
En base a todo ello, los jueces de la Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal, Julio Lucini e Ignacio Rodríguez Varela, confirmaron el procesamiento de Aragón, por considerar que “la materialidad de los hechos, captados tanto por cámaras públicas como privadas, cuyas grabaciones fueron agregadas al legajo digital, no fue controvertida” y que “lejos de la certeza negativa que requiere un pronunciamiento desvinculante como el que pretende la defensa, la evaluación conjunta de los elementos de prueba e indicios colectados, a luz de la sana crítica, la lógica, el sentido común y la experiencia, permite acreditar, con la probabilidad de esta etapa preliminar, la responsabilidad del imputado en los sucesos que se le atribuyen”.
A juicio
Ahora, el fiscal Recchini consideró clausurada la instrucción y le solicitó a la jueza Alliaud la elevación a juicio de la investigación contra Aragón como autor “de los delitos de homicidio preterintencional en concurso real con el delito de robo simple”.
El fiscal entendió que, si bien “la voluntad del imputado estuvo dirigida a un suceso determinado”, que fue golpear a Chu, “el evento que se produjo fue más grave”, ya que desencadenó su muerte, horas más tarde.
“Cabe destacar que un golpe de este tipo no resulta ser un medio idóneo para causar la muerte (como efectivamente ocurrió), sin embargo, conforme dijeran profesionales del Cuerpo Médico Forense de la Nación, las lesiones observadas en la autopsia practicada al cuerpo de Chu resultaron ser compatibles con las imágenes fílmicas recopiladas en la causa, poseyendo entidad suficiente para causar su muerte”, indicó Recchini en su requerimiento.
Agregó que la imputación está respaldada por “las filmaciones obtenidas de las cámaras de seguridad públicas y privadas, las que dan cuenta de los acciones llevadas adelante por el imputado, a lo que se suma el peritaje de la Dra. (Patricia) Ares, quien tras haber efectuado la autopsia en cuerpo de Chu y detallar las lesiones en el cuerpo de éste, observó las filmaciones adjuntadas a la causa e indicó que las mismas eran compatibles con un mecanismo productor tal como las de los video, a lo que sumó que poseían entidad suficiente para causar la muerte”.
Frente a las contundentes pruebas, el fiscal también desestimó el descargo de Aragón, quien negó ser la persona que se veía en los videos y que la campera que vestía -del equipo River Plate-, la había encontrado en la calle, días después.
Así, destacó el testimonio del oficial al que consideró que “lejos estuvo de expedirse con animosidad, lo cual se corrobora a la luz de las reiteradas detenciones que Aragón tuvo en la zona indicada por éste (jurisdicción de la Comisaría 7C de la PC)” y porque sus características -observadas en los videos- coincidían con las de su detención. “No se trata de una campera por lo que se lo identifica, sino por el relato de alguien que lo conocía y casualmente lo observó en los videos”, concluyó el fiscal.