La Cámara Federal de Apelaciones de Rosario confirmó el rechazo a los planteos de prescripción formulados por la defensa de uno de los siete imputados procesados en la causa iniciada en 2011 que investiga el robo de armamento del exBatallón de Arsenales 603, donde funciona la Fábrica Militar de la localidad santafesina de Fray Luis Beltrán. El tribunal de alzada ratificó la decisión de primera instancia y sostuvo los argumentos del Ministerio Público Fiscal (MPF) para considerar provisoriamente la figura de contrabando agravado, a partir del hallazgo de algunas de las armas en países limítrofes como Brasil y Paraguay.
El caso tomó estado público el 2 de febrero de 2011, cuando la Policía Federal Brasileña secuestró en Aracatuba un fusil automático liviano con numeraciones diferentes insertas en sus piezas (figuraban los números 15214, 07148, 15627 y 47202), grabado con el Escudo Nacional Argentino y la inscripción “Ejército Argentino”. A partir de ese hallazgo se verificó el faltante de 43 fusiles FAL, más de 1.300 piezas de armamento y otros elementos del predio del exBatallón 603, lo que derivó en la apertura de la causa y en un proceso que puso en cuestionamiento la seguridad y el control de los arsenales militares en el país.
La investigación se dirige contra militares que cumplían funciones en esa unidad al momento de los hechos. Entre los principales imputados se encuentran Arnaldo Efraín Trossero, José Marcelo Dilsizian y Marcelo Pablo Cloux, junto con otros cuatro exoficiales y suboficiales.
Después de 14 años, el 23 de mayo de 2025, el entonces titular del Juzgado Federal N°4, Marcelo Bailaque -hoy imputado y con prisión domiciliaria en una serie de causas por corrupción-, dictó el procesamiento de los tres mencionados y de Alejandro Holm, Gustavo Montiel, Héctor Mastrachio y Federico Otero, como probables coautores de los delitos de malversación de caudales públicos, falsificación de documentos y violación de los deberes de funcionario público, todos en concurso ideal.
El rechazo a la prescripción y el rol del MPF
El 30 de septiembre de 2025, se rechazaron los planteos de prescripción impulsados por diversas defensas. Solo la defensa de Cloux apeló la resolución, argumentando que la fiscalía había variado tardíamente la calificación al incorporar a las figuras de peculado e incumplimiento de deberes de funcionario público, la de contrabando agravado, cuya pena máxima asciende a 12 años de prisión.
El fiscal general Javier Arzubi Calvo, con funciones de coordinación en la Fiscalía de Distrito Rosario, sostuvo en la instancia que la conducta atribuida fue oportunamente detallada y comunicada a los imputados durante las indagatorias y que los hechos investigados se vinculan directamente con el ejercicio de sus funciones públicas. Para ello, aportó los legajos laborales de los acusados, permitiendo determinar las fechas en que dejaron la actividad: entre febrero y julio de 2012. El detalle, para cada imputado, es el siguiente: Dilsizian, el 12 de julio de 2012; Holm, 22 de febrero de 2012; Trossero, 29 de marzo de 2012; Cloux, el 13 de abril de 2012; Montiel, el 27 de abril de 2012; Mostrachio, el 29 de febrero de 2012; Otero, el 30 de junio de 2012; y Szptyma, el 31 de marzo de 2012.
Según lo expuesto por el MPF, el plazo de prescripción comenzó a correr el 12 de julio de 2012, fecha del último retiro registrado. Las citaciones a declaración indagatoria fueron impulsadas por la fiscalía el 4 de noviembre de 2021, y el primer llamado se concretó el 3 de abril de 2023. Con la pena prevista para el contrabando agravado -12 años-, la acción penal no se encuentra prescripta.
El MPF también resaltó la gravedad y proyección internacional de las maniobras, dado que diversas armas procedentes del exBatallón 603 fueron secuestradas en operativos en Brasil, incluida una reciente incautación en Río de Janeiro, donde, en el marco de los operativos contra la organización criminal Comando Vermelho, se recuperó un fusil de origen argentino que podría ser del mismo lote y sobre el cual ya se ordenaron peritajes.
La decisión de la Cámara Federal
La Sala B de la Cámara Federal de Rosario -con los votos de los jueces Fernando Barbará y Silvina Andalaf Casiello- confirmó la resolución apelada y rechazó el planteo de prescripción de la acción penal impulsado por la defensa de Cloux. La decisión se fundamenta en gran medida en la postura sostenida en esa instancia por la fiscalía.
Con el voto inicial del juez Barbará -y la adhesión de Andalaf Casiello-, se recordó jurisprudencia que indica que, para el cómputo del plazo de prescripción, debe considerarse la “posible calificación más gravosa que razonablemente pueda corresponder”.
En ese marco, se sostuvo la calificación provisoria de contrabando agravado, lo que extiende el plazo de prescripción y mantiene activa la causa. De este modo, los imputados continuarán sometidos al proceso judicial.
Un caso emblemático
El proceso judicial se dirige contra militares que, al momento de los hechos, tenían responsabilidades en el Batallón de Arsenales 603. La imputación sobre ellos gira en torno a su presunta participación o colaboración en la sustracción de las 43 unidades de fusil FAL calibre 7,62 completos, más cientos de piezas para armamento pesado y liviano (como 109 conjuntos cajón de mecanismo y cañón, 259 cajones de mecanismo y 253 cerrojos para FAL, entre otros), cuyo valor fue estimado, a finales de 2010, en 2.250.841,70 pesos.
El caso tomó un giro internacional y se consolidó como emblemático cuando, a pocos días de que se detectara el faltante en Fray Luis Beltrán, autoridades argentinas recibieron información desde la Embajada de Brasil que indicaba que la Policía Federal de ese país había secuestrado un fusil automático liviano con el grabado del Escudo Nacional Argentino y la inscripción “EJÉRCITO ARGENTINO D.G.F.M. F.M.A.P”, en Aracatuba, San Pablo, con la numeración 15214, coincidente con uno de los FAL que el Ejército había instruido verificar.