El juez federal Santiago Inchausti, a cargo del Juzgado Federal N°3 de Mar del Plata, procesó con prisión preventiva a una mujer siria de 52 años, un ciudadano tunecino de 32, otro marroquí de 49 y un argentino de 61, por facilitar la permanencia ilegal de, al menos, cuatro extranjeros en el territorio nacional, en infracción a la Ley 25.871 de Migraciones. Además, dictó la falta de mérito a otra mujer, argentina y de 45 años, que se casó con uno de los imputados para asegurar su permanencia en el país.
La decisión, que incluyó el embargo de sus bienes hasta cubrir la suma de 200 millones de pesos, se dio en el marco de la investigación desarrollada por los fiscales federales Santiago Eyherabide, Alejandra Mángano y Santiago Marquevich, del Área de Transición de la Unidad Fiscal Mar del Plata, la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (PROTEX) y la Unidad Fiscal Especializada en Criminalidad Organizada (UFECO), respectivamente.
Además, el magistrado consideró que la prisión preventiva dispuesta respecto de los tres hombres podía cesar con la integración de cauciones personales de 30 y 100 millones de pesos, respectivamente.
El caso
La causa se inició en marzo de 2024, por una investigación preliminar de la UFECO, a raíz de la denuncia presentada por el Dirección Nacional de Inteligencia Criminal (DNIC) del Ministerio de Seguridad Nacional, respecto a un ciudadano egipcio que ingresó a la Argentina en noviembre de 2022 y pidió su admisión como “refugiado”. Según la información original, ese hombre tendría vínculos con un exagente operativo de la organización Al-Qaeda, que era buscado por las autoridades de Egipto, por su intervención en actividades terroristas.
Meses después, el ciudadano egipcio radicó ante la Delegación Mar del Plata de la DNM el trámite para obtener la ciudadanía y declaró como familiar a su cónyuge, una mujer domiciliada en la ciudad balnearia. También se determinó que el hombre trabajaba para el ciudadano marroquí imputado.
Así, la UFECO -con colaboración de agencias internacionales- comenzó a investigar si el egipcio y sus vínculos en nuestro país podrían realizar actividades vinculadas al crimen organizado, con centro en la ciudad de Mar del Plata. Por ello, se radicó la investigación ante la Fiscalía Federal N°2 de esa ciudad, y ante la implementación del sistema acusatorio en esa jurisdicción, pasó a intervenir el Área de Transición de la Unidad Fiscal marplatense.
Las labores encomendadas a la Central de Investigaciones de la Prefectura Naval Argentina, que incluyeron tareas de campo, análisis de bases de datos, documentación migratoria, legajos administrativos y comunicaciones -algunas en árabe-, permitieron identificar a los principales implicados y los vínculos entre sí.
“Lo más conveniente, legal y tranquilo es el matrimonio. Te casas por un año y medio, luego te divorcias”, explicó una de las imputadas en una de las escuchas telefónicas incorporadas a la causa.
En ese contexto, se determinó que se trataría de una organización delictiva integrada por personas originarias de países árabes -nacionalizadas argentinas- que habría intervenido en distintas maniobras destinadas a facilitar el ingreso, permanencia y radicación de ciudadano extranjeros en el país, a cambio del pago de sumas de dinero. Entre esas maniobras se detectaron la simulación de matrimonios con ciudadanas/os argentinas/os para iniciar trámites de residencia y, eventualmente, acceder a la ciudadanía; la provisión de rutas de acceso a través de pasos fronterizos no habilitados; o, cuando se ingresó mediante puntos habilitados, la realización de acciones tendientes a permanecer en el país eludiendo los controles migratorios.
También se estableció que la organización, que operaría desde 2022, mantenía fluidas comunicaciones con individuos radicados en Medio Oriente, que actuaban como puntos de contacto para coordinar los ingresos de ciudadanos extranjeros y realizar las diversas gestiones vinculadas al tráfico ilícito de migrantes, por lo que se dio intervención a la PROTEX.
Finalmente, se advirtió que la organización apelaba a la figura de “refugio” como vía para obtener residencias precarias y avanzar en trámites migratorios y sortear los controles administrativos, en vez de su empleo como mecanismo de protección internacional.
Así, el 13 de noviembre pasado, a instancias del Ministerio Público Fiscal, personal de la Prefectura Naval Argentina realizó siete operativos simultáneos y una orden de presentación realizados en Mar del Plata, Santa Clara del Mar y Buenos Aires, en los que se detuvo a las cuatro personas y se incautaron armas sofisticadas, municiones, pólvora y documentación. Además, en un domicilio allanado en la calle Gascón, de la ciudad balnearia, se encontró a una pareja de origen turco.
Procesamientos y falta de mérito
En base a las pruebas recolectadas, el juez Inchausti decretó el procesamiento con prisión preventiva de la mujer siria y los tres hombres -a quienes concedió la posibilidad de entregar una caución personal- “en orden al delito previsto en el artículo 117 de la Ley 25.871 de Migraciones, en virtud de haber promovido y/o facilitado la permanencia ilegal de extranjeros en el territorio de la República Argentina con el fin de obtener un beneficio lo cual se ve agravado por haber hecho de ello una actividad habitual”.
En tal sentido destacó que, de las constancias de la causa, “puede apreciarse cómo los imputados se encontraban vinculados a una serie de maniobras tendientes a captar migrantes de origen -en principio- árabe que se mostraban interesados en radicarse en la Argentina y brindarles asesoramiento a fin de facilitar sus trámites migratorios, lo cual muchas veces implicaba engañar a la Dirección Nacional de Migraciones mediante la simulación de circunstancias falsas. Todo ello, claro está, a cambio de una contraprestación dineraria".

Efectivos de la Prefectura Naval Argentina en uno de los allanamientos. Foto: UFECO
El juez incluyó en su resolución algunos extractos de transcripciones de escuchas telefónicas en las que quedó acreditado que la organización ofrecía matrimonios -ficticios o convenidos- para favorecer la obtención de residencia y ciudadanía argentina, a un costo que iba desde los 5.000 dólares solo por el casamiento y 2.800 por el posterior divorcio, hasta los 26.000 o 30.000 dólares por todo el trámite completo (matrimonio y ciudadanía).
Algunos fragmentos de esas escuchas telefónicas en los que habla la imputada siria, son los siguientes:
En su resolución, el magistrado entendió que la imputada siria era “la encargada de administrar, gestionar y encargase, eventualmente de la logística y del asesoramiento de las personas que requieren sus servicios para obtener su residencia en el país, por lo que deberá considerarse autora de la maniobra imputada”.
Por su parte, a los ciudadanos tunecino y marroquí, los procesó como partícipes necesarios “por cuanto han realizado aportes que demuestran también un dominio generalizado de la maniobra delictiva” desde el momento en que la mujer la “iniciaba mediante contactos telefónicos, hasta la recepción de extranjeros en el país para alojarlos en el domicilio de calle Gascón”, como también en “el asesoramiento en trámites y cuestiones migratorias que incluían los engaños a la Dirección Nacional de Migraciones mediante la simulación de relaciones falsas”.
Agregó que el ciudadano tunecino “era administrador del inmueble de Gascón mencionado y asesoraba a las personas que pedían ser residentes”, mientras que el otro imputado marroquí “fue testigo de uno de los casos”, administraba la citada propiedad y “auspició como empleador falso” de uno de los inmigrantes.
En cuanto al ciudadano argentino, el juez lo procesó como partícipe secundario ya que, a su entender, su aporte se limitaba “a haberse prestado para oficiar de testigo en el matrimonio convenido” entre uno de los inmigrantes y la mujer que fue beneficiada con la falta de mérito.
Finalmente, el juez analizó el caso de la mujer que contrajo matrimonio con uno de los inmigrantes y dictó su falta de mérito.
En ese sentido, recordó que no había concluido sus estudios, trabajaba desde muy joven, era viuda y tenía 7 hijos, uno de los cuales padecía una discapacidad. En virtud de todo ello, entendió que su situación “debe ser evaluada atendiendo a las especiales condiciones y circunstancias de vida de la nombrada, como así también con un enfoque integrador que incluya la perspectiva de género, considerando que nos hallamos ante un supuesto de especial vulnerabilidad de la mujer en un contexto de necesidad económica del que se habrían aprovechado los imputados, que ameritaría que la acusadora evalué en los términos de los bienes jurídicos tutelados a la luz de lo estipulado en el art. 34 inc. 3º del Código Penal a los fines de establecer si existe un estado de necesidad disculpante que justifique el accionar ilícito”.